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Convocadas elecciones a la Asamblea de Madrid: 4 de mayo de 2021

15 de marzo de 2021
Convocadas elecciones a la Asamblea de Madrid: 4 de mayo de 2021
Si desea votar en las elecciones que se celebrarán el día 4 de mayo de 2021 debe solicitarlo no más tarde del día 05 de abril
 
 
Se diferencian entre dos colectivos, que deberán seguir procedimientos distintos para poder ejercer su derecho al voto:
 
      I.        Los españoles residentes en los estados de Santa Catarina o Rio Grande do Sul, que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en la Comunidad Autónoma de Madrid.
     II.        Los españoles que residan en la Comunidad Autónoma de Madrid, inscritos en el censo electoral de residentes en España (CER), y que temporalmente se encuentren en Brasil, en los estados de Santa Catarina o Rio Grande do Sul.
 
I.  Electores residentes en Brasil, en los estados de Santa Catarina o Rio Grande do Sul, inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) de estas elecciones

El censo electoral para estas elecciones es el cerrado a 1 de enero de 2021. Este censo incorpora a los electores que tengan la mayoría de edad el día de la votación pero no incluye a los electores que hayan cambiado de municipio de inscripción electoral en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.

 
¿Cómo comprobar la inscripción en el CERA?

Las listas electorales podrán ser consultadas en el Consulado General de España en Porto Alegre del 17 a 24 de marzo, ambos inclusive, de 8:30 a 14:30 horas, los días laborables; y de 09:00 a 12:00 horas sábado (20 de marzo) y domingo (21 de marzo). También existe un servicio de consulta telemática a través de la dirección: https://sede.ine.gob.esSe abre en ventana nueva para quienes dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, por ejemplo un DNI electrónico.

Únicamente dentro de dicho plazo, cualquier interesado podrá presentar en el Consulado General de España en 
Porto Alegre la oportuna reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos. 
La exposición de las listas electorales, con las posibles rectificaciones del censo, tendrá lugar el 29 de marzo

 
¿Cómo solicitar (rogar) el voto?
 
Tanto si figura correctamente en las listas como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación para votar directamente (sin mediación del Consulado General).
 
1. Por correo postal o por fax: remitiendo el impreso oficial debidamente firmado a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral Se abre en ventana nuevaque corresponda a su municipio de inscripción vigente para estas elecciones, no más tarde del 05 de abril. Este impreso también se podrá obtener en el Consulado General de España en Porto Alegre a través de los siguientes enlaces:
 
 
 
 
Al impreso de solicitud se acompañará cualquiera de los siguientes documentos: fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, Certificado de Residencia expedido por el Consulado General de España en Porto Alegre (su expedición es gratuita).
 
2. Por internet: se requiere estar inscrito en el censo de electores residentes ausentes (CERA). Los interesados deberán acceder al trámite Solicitud de voto CERA disponible en la sede electrónica del INE, mediante una de las siguientes opciones:
 
·         Un certificado electrónico reconocido y asociado a su DNI. En este caso únicamente se deberá marcar la casilla de confirmación para realizar el envío.
·         La clave de tramitación telemática CTT a través de la página web del INE, desde el mismo día de la convocatoria y sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la OCE com el impresso oficial de solicitud, y que lleva impresa esa misma CTT.
      Con su identificador (DNI o Pasaporte español o Certificado de Residencia expedido por el Consulado General de España en Porto Alegre) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en el siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1259952700944&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout&param1=saber el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.
Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.
 
 
 
Tras recibir la solicitud, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá a la dirección del elector la documentación para votar no más tarde del 14 de abril o, si hay impugnación de candidatos, del 22 de abril. Con la documentación también recibirá una hoja informativa sobre cómo proceder.
 

¿Cómo votar?
Modalidades para ejercer el derecho de sufragio

Una vez recibida la documentación para votar, el elector podrá ejercer su derecho de sufragio eligiendo una de las siguientes opciones:
 
1.     Depositar personalmente el voto en urna en el Consulado General de España en Porto Alegre los días 30 de abril, 1 y 2 de mayo.
 
En este caso, el elector deberá incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa.

En el momento de depositar su voto en urna
, el elector acreditará su identidad mediante el pasaporte o el DNI españoles o el Certificado de Residencia expedido por el Consulado General de España en Porto Alegre.
 
El elector entregará un certificado de inscripción en el censo electoral al funcionario consular (el otro certificado deberá ir dentro del sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial que le corresponda). Una vez que el funcionario consular haya estampado en ese sobre el sello del Consulado General y la fecha del depósito, el elector lo introducirá en la urna.
 
2.     Enviar su voto por correo certificado al Consulado General de España en Porto Alegre, siguiendo rigurosamente las instrucciones de la hoja informativa, no más tarde del día 29 de abril.
 
En este caso, el elector utilizará dos sobres:

Sobre 1 dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente, en el que incluirá la documentación indicada en la hoja informativa.  
 
Sobre 2 dirigido al Consulado General de España en Porto Alegre, en el que introducirá:
a.     Sobre 1 dirigido a la Junta Electoral Provincial cerrado. 
b.     Segundo certificado de inscripción en el censo electoral.
c.     Solicitud de reintegro de los gastos de franqueo, si así lo desea.
Este Sobre 2 se remitirá al Consulado General de España en Porto Alegre por correo certificado, no más tarde del día 29 de abril.
 
3.     Votar en España: Si algún elector CERA inscrito a efectos electorales en un municipio de Madrid se encontrara temporalmente en España durante el proceso electoral, podrá solicitar el voto por correo hasta el 24 de abril inclusive. Para ello, el elector cumplimentará una solicitud disponible en cualquier Oficina de Correos de España y la dirigirá a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. El elector firmará la solicitud y comprobará que el empleado de Correos estampa en ella la fecha y el sello. Una vez recibida la documentación electoral, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, no más tarde del día 30 de abril. Estos electores NO podrán votar personalmente en la mesa electoral.
 
 
 
II.       Electores residentes en España que estén temporalmente en Brasil en los estados de Santa Catarina o Rio Grande do Sul.  

Los electores residentes en Madrid que se encuentren temporalmente en Santa Catarina o Rio Grande do Sul y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar 
desde esta demarcación consular. Para ello, deberán figurar inscritos como no residentes en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España en Porto Alegre.

Estos electores solicitarán mediante 
impreso oficial Se abre en ventana nuevala documentación para votar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 05 de abril. El elector entregará personalmente la solicitud en el Consulado General de España en Porto Alegre. Si no estuviera inscrito, se le inscribirá en el Registro de Matrícula Consular en ese momento, presentando su DNI o pasaporte españoles.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remitirá al elector, a su domicilio en el extranjero, por correo certificado, la documentación necesaria para votar, no más tar
de del 14 de abril o, si hay impugnación de candidatos, del 22 de abril.

Una vez recibida la documentación, EL ELECTOR ENVIARÁ SU VOTO DIRECTAMENTE A LA MESA ELECTORAL, POR CORREO CERTIFICADO, no más tarde del 30 de abril.
 
 
Más información:
 
 

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