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Servicios consulares

Otras escrituras

Los Cónsules pueden autorizar escrituras públicas con ciertas limitaciones derivadas de su contenido y de las leyes españolas y las del país en el que ejercen sus funciones.

Además de escrituras de testamentos, poderes o capitulaciones matrimoniales, de las que se informa en otros apartados de esta página web, los Cónsules también pueden autorizar los siguientes tipos de escrituras:

  1. Escritura de ratificación

    Es la escritura que se otorga para ratificar otra escritura pública (de compraventa, de aceptación de herencia, etc.) en la que el otorgante ha sido representado por un tercero que actuó como su mandatario verbal. Para que dicha escritura sea válida, es necesario que el representado la ratifique ante Notario, o ante el Cónsul, mediante una escritura de ratificación.

  2. Escritura de revocación de poder

    El poder general o especial otorgado a una tercera persona o apoderado para que actúe como representante del otorgante en algún acto o negocio jurídico se puede revocar en cualquier momento. Para ello, es necesario otorgar una escritura de revocación de poder ante Notario o ante el Cónsul.

  3. Escritura de renuncia a una herencia

    Es posible renunciar a una herencia otorgando una escritura de renuncia de herencia. La renuncia libera al interesado de todas las obligaciones y derechos relacionados con la herencia. Debe tenerse en cuenta que la renuncia es irrevocable y que la ley no permite renunciar a una herencia de forma parcial ni a plazo ni condicionalmente.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar la solicitud.

Escritura de ratificación

  • Impreso de solicitudSe abre en ventana nueva
  • Copia de la escritura que desea ratificar.
  • Fotocopia de los documentos de identidad del solicitante:
    1. para los ciudadanos españoles: Fotocopia del DNI vigente o fotocopia del Pasaporte vigente.
    2. para ciudadanos miembros de la Unión Europea: Fotocopia del pasaporte o de la Tarjeta Nacional de Identidad, vigentes.
    3. para ciudadanos de otras nacionalidades: Fotocopia del pasaporte vigente, de la tarjeta de residencia francesa.

  • Cheque de 36,07 € de un banco francés a nombre del Consulado General de España.

Escritura de Revocación de poder

  • Impreso de solicitudSe abre en ventana nueva
  • Copia de la escritura que desea revocar.
  • Fotocopia de los documentos de identidad del poderdante:
    1. para los ciudadanos españoles: Fotocopia del DNI vigente o fotocopia del Pasaporte vigente.
    2. para ciudadanos miembros de la Unión Europea: Fotocopia del pasaporte o de la Tarjeta Nacional de Identidad, vigentes.
    3. para ciudadanos de otras nacionalidades: Fotocopia del pasaporte vigente, de la tarjeta de residencia francesa.

  • Cheque de 36,07 € de un banco francés a nombre del Consulado General de España.
  • Escritura de Renuncia a una herencia

  • Impreso de solicitudSe abre en ventana nueva
  • Certificado de defunción del causante.
  • Verificar con el notario español, en el caso de tener hijos, si éstos deben renunciar también.
  • Fotocopia de los documentos de identidad del solicitante:
    1. para los ciudadanos españoles: Fotocopia del DNI vigente o fotocopia del Pasaporte vigente.
    2. para ciudadanos miembros de la Unión Europea: Fotocopia del pasaporte o de la Tarjeta Nacional de Identidad, vigentes.
    3. para ciudadanos de otras nacionalidades: Fotocopia del pasaporte vigente, de la tarjeta de residencia francesa.

  • Cheque de 39,08 € de un banco francés a nombre del Consulado General de España.
  • Procedimiento

    La solicitud de escritura notarial se hace exclusivamente por correo postal enviando los documentos arriba indicados y el cheque. (No se aceptan solicitudes por correo electrónico). En cuanto recibamos su solicitud, y únicamente si ésta está completa, le propondremos una cita para venir a firmar ante el cónsul. Si el solicitante no habla o no entiende ni el castellano ni el francés tendrá que venir acompañado por un intérprete. Para más información puede contactar con el servicio de notaria preferentemente a través del correo electrónico cog.paris.not@maec.es. o llamando al +33 1 44 29 40 27.

    La comparecencia personal es siempre necesaria en el día de la firma del documento. Los otorgantes deberán identificarse con el original de su DNI o pasaporte en vigor.

    Normativa básica