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Servicios consulares

Certificado de baja consular

Para obtener un certificado de baja consular es necesario haber solicitado la baja del Registro de Matrícula Consular (ver apartado “Baja del Registro de Matrícula). La baja del Registro y el certificado de baja consular se pueden solicitar al mismo tiempo.

Documentos necesarios

  1. Solicitud de certificado de baja indicando la finalidad para la que se solicita. Descargar formularioSe abre en ventana nueva.

  2. Copia del DNI o del pasaporte del solicitante.
  3. Si el solicitante es menor de edad, se aportará además, copia del DNI o pasaporte del progenitor que firme la solicitud. Si el progenitor no está inscrito como residente en el Registro de Matrícula consular, se aportará también copia del Libro de Familia o del certificado de nacimiento del menor.

Procedimiento

La solicitud se envía por correo electrónico. También se puede presentar acudiendo personalmente a la Oficina Consular.

La solicitud del certificado de baja se remitirá de forma preferente por correo electrónico a la dirección cog.paris.doc@maec.es.

El certificado, firmado digitalmente, se recibirá por correo electrónico. También se podrá retirar personalmente.

El certificado se recibe firmado electrónicamente en el correo electrónico indicado en el formulario de solicitud en un plazo no superior a 7 días.

Cuando el solicitante se encuentre ya en España, el certificado se podrá solicitar por correo electrónico a la oficina consular donde esté inscrito. La oficina consular lo enviará, firmado electrónicamente, al correo del solicitante.

El certificado de baja es gratuito.