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QUÉ PUEDE/NO PUEDE HACER UN CONSULADO POR USTED

1 de octubre de 2018
Como parte de la Administración del Estado, los Consulados de España tienen unas determinadas competencias. A continuación se resume lo que un Consulado puede y no puede hacer por usted.
 
Los Consulados pueden:​
 
- Expedir pasaportes o salvoconductos debido a caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal. Con el objeto de regresar a España, el Consulado pueden expedirle, durante el horario de oficina, un documento de viaje que tendrá una validez limitada.
- Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país. También puede consultar la sección Vivir en… de la página web de la Representación de España en el país de destino.
- En caso de detención tiene derecho a solicitar a las autoridades locales que le pongan inmediatamente en contacto con el Cónsul de España.
- Prestar asistencia a los detenidos: notificar la detención a sus familiares si el detenido así lo desea, visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correspondencia.
- Proporcionar información acerca de trámites y costes relacionados con el traslado de cadáveres, así como de empresas locales dedicadas a este asunto.
- Adelantarle, en circunstancias excepcionales, la cantidad necesaria para una repatriación, que deberá reintegrarse al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la Ley.
- Prestarle servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
- Asistirle en caso de catástrofe o emergencia.
 
Los Consulados no pueden:
 
- Renovar o expedir el Documento Nacional de Identidad.
- Realizar funciones de agencia de viajes.
- Buscarle un trabajo en el extranjero.
- En caso de detención u hospitalización, garantizarle un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales del país.
- Avalarle, prestarle dinero o pagar sus multas.
- Poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.
- Abonar los gastos de traslado de restos mortales a España o realizar actuaciones relacionadas que en el ámbito de este traslado, corresponden a los familiares.
- Garantizarle la entrada en el país.
- Personarse en su nombre en un litigio o proporcionarle dictámenes jurídicos.

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