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MUY IMPORTANTE - Conservación de la nacionalidad española [para evitar la pérdida]

Conservación de la nacionalidad española para aquéllos que adquieren voluntariamente otra nacionalidad o que sean nacidos en el extranjero de padre o madre también nacido en el extranjero

15 de mayo de 2018

Artículo 24 del Código Civil

Pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación. La pérdida se producirá una vez que transcurran tres años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación. No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentro del plazo indicado [tres años a partir de la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación] declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del Registro Civil [Consular].

Asimismo, los españoles residentes en el extranjero que hayan nacido en el extranjero a partir del año 1985 y que, a su vez, sean hijos de padres españoles nacidos en el extranjero, deben expresar su voluntad de conservar la nacionalidad española ante el Encargado  del Registro Civil Consular. Esta declaración se podrá realizar en el plazo de tres años a partir de la mayoría de edad. Si no realizan esta declaración antes de cumplir los 21 años de edad, perderán la nacionalidad española y sólo podrán recuperarla si fijan su residencia en España (artículo 26 del Código Civil).

No es preciso hacer ninguna declaración de conservación de la nacionalidad española si la nacionalidad extranjera que se adquiere es la de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

En este Consulado General sólo se tramitarán las conservaciones de personas con residencia en los departamentos del Hérault, el Gard, la Lozère y el Aveyron.

Documentación para la conservación de la nacionalidad:

  • Escrito dirigido al Sr. Encargado del Registro Civil del Consulado manifestando su deseo de conservar la nacionalidad española firmada por el interesado.
  • Original y fotocopia del DNI o pasaporte español
  • Original y fotocopia del documento de identidad (francés)
  • Certificación literal de nacimiento original del solicitante
  • Original y fotocopia del "Certificat de Nationalité Française" expedido con fecha reciente por el Tribunal d'Instance del domicilio del solicitante
  • Fotocopia del libro de familia español del solicitante y/o de sus padres
  • Fotocopia de un justificante de residencia

 

¿Dónde debe dirigir la solicitud?

Se puede solicitar la conservación de nacionalidad enviando la documentación por correo electrónico (cog.montpellier@maec.es) o correo postal (Consulado General de España en Montpellier -Servicio Nacionalidad-, 24 Rue Marceau, 34000 Montpellier) o bien depositarla en la ventanilla del Consulado. No olvide incluir en su solicitud un teléfono fijo o dirección de correo electrónico de contacto.