Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Pasaportes - Requisitos y procedimiento para obtenerlo

Requisitos para obtener un pasaporte

  • Ser español.
  • Estar de alta en el Registro de Matrícula consular.
  • Comparecer físicamente ante la Oficina Consular, abonar la tasa y presentar los documentos requeridos.

Documentos necesarios para solicitar un pasaporte

  1. Pasaporte anterior.
  2. DNI en vigor, si se posee.
  3. Si no tiene ninguno de los dos documentos anteriores o si éstos están caducados desde hace 3 años o más, certificado literal de nacimiento expedido a los solos efectos de obtener pasaporte. Este documento debe ser expedido por el Registro civil español competente en los 6 meses anteriores a la solicitud de pasaporte.

    Si el nacimiento está inscrito en esta Oficina Consular no será necesario presentar este certificado.

  4. 1 fotografía (32 x 26 mm.) reciente, a color, sobre fondo blanco, tomada de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara-.
  5. Otros documentos obligatorios (recuerde que debe de presentar original y copias de todos ellos):

    - Formulario de solicitudSe abre en ventana nueva

    - Consentimiento para expedición/renovación de pasaporte a menor

    Este consentimiento ha de ser firmado por ambos progenitores en presencia del oficial de pasaportes en el momento de la solictud.

    - Certificado literal de nacimiento español, indispensable para los nacidos fuera de España y para los ciudadanos americanos. Para los nacidos en España, DNI en vigor o certificado literal.

    - Pasaporte actual extranjero.

    - Tarjeta de residencia de EEUU, o visado correspondiente de larga duración, o en su defecto, el I-94 sellado por inmigración o el justificante del último trámite con Inmigración de EEUU.

    - Licencia de conducir o ID de Florida, Georgia o Carolina del Sur.

    IMPORTANTE: Si usted ha adquirido la nacionalidad estadounidense, debera acudir con el certificado original de naturalización, salvo que ya haya realizado en este consulado, u en otro, el correspondinete trámite de Conservación de la Nacionalidad Española. En este último caso, deberá aportar prueba de dicha conservación.

  6. Pago de la tasa. Se procedera al pago mediante un "Money Order", a nombre del Consulado General de España en Miami por un importe de $33 (importe vigente a partir del 1 de enero de 2024). No se acepta el pago en efectivo o con tarjeta de crédito.
  7. Para menores de edad o personas incapacitadas se exigen documentos adicionales. Ver apartado “Pasaportes para menores de edad y personas incapacitadas”.
  8. En su caso, ver apartado “Sustracción o pérdida de pasaporte”.

El pasaporte se puede renovar siempre que quede menos de 1 año para su caducidad.

NOTA IMPORTANTE: Para verificar los datos de identidad y la nacionalidad española, la Oficina Consular podrá solicitar otros documentos, entre ellos, el certificado mencionado en el apartado 3).

Procedimientos para obtener un pasaporte

LEA LAS INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR SU PASAPORTESe abre en ventana nueva

Se requiere Cita previa para los españoles INSCRITOS en el Registro de Matrícula consularSe abre en ventana nueva

Se requiere Cita previa para los españoles NO INSCRITOS en el Registro de Matrícula consularSe abre en ventana nueva

Lista de comprobación de documentos necesariosSe abre en ventana nueva

Recuerde que ESTE CONSULADO NO FACILITA FORMULARIOS O INFORMACIÓN PRESENCIAL. Toda la información necesaria para la solicitud de pasaportes la encuentra en este Portal Web.

PARA TRAMITES DE PASAPORTES SOLO SE ATENDERÁ A AQUELLAS PERSONAS QUE TENGAN CITA. EL ORDEN DE ATENCIÓN SE FIJARA EN FUNCIÓN DE LA HORA DE LA CITA. POR TANTO, SOLO SE PERMITIRÁ LA ENTRADA EN EL CONSULADO 15 MINUTOS ANTES DE SU CITA. SI CUANDO LLEGUE AL CONSULADO NO TIENE TODA LA DOCUMENTACIÓN, SE SALTARA SU TURNO HASTA QUE TENGA TODA LA DOCUMENTACION

SOLUCION DE ERRORES CON EL ENLACE DE CITASSe abre en ventana nueva

Para cualquier duda, rogamos se ponga en CONTACTO a través del siguiente CORREO ELECTRÓNICO: cog.miami.pas@maec.esSe abre en ventana nueva

Para tramitar una solicitud de pasaporte, es necesaria la presencia física del solicitante (incluso la del menor de edad o persona incapacitada), aportar los documentos requeridos y abonar la tasa.

Durante el procedimiento, la Oficina Consular tomará las huellas dactilares de los solicitantes mayores de 12 años. Asimismo, se digitalizará la firma de los mayores de 14 años y de los menores de esa edad e incapacitados siempre que puedan firmar.

A la finalización del trámite, se entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.es/Home.aspxSe abre en ventana nueva

Plazo de tramitación y entrega

El plazo medio para la entrega del pasaporte ordinario es de 3 semanas desde la fecha de la solicitud. Este plazo es indicativo y puede alargarse por razones de fuerza mayor.

La retirada del pasaporte se puede realizar, sin necesidad de cita, La fecha de la recogida del pasaporte se indicará el día de la solicitud. Por norma general, la recogida del pasaporte se realiza de lunes a viernes de 08:30 a 12:30

El pasaporte se retira personalmente, entregando copia del resguardo de solicitud y el pasaporte a sustituir, para su anulación al recibir la nueva libreta. Se permite conservar el pasaporte anulado.

Es posible autorizar a un tercero para la retirada de un pasaporte, firmando una autorización a este fin.

Cuando usted tramita el pasaporte, se le entrega un papel para su recogida. En el papel pone las fechas en las que su pasaporte estará listo para su recogida. Venga usted en esas fechas. Lamentablemente, debido al altísimo volumen de pasaportes que se tramitan, este consulado no tiene los recursos para dar este tipo de información personalizada. Venga usted a partir del día que pone en el pasaporte.

En el caso de que tenga una emergencia y necesite usted el pasaporte antes de esa fecha, deberá escribir a la dirección de correo: cog.miami.pas@maec.es justificando con pruebas la necesidad de entrega anticipada de pasaporte si ya hubiese sido expedido.

RECOGIDA DE PASAPORTE POR ALQUIEN QUE NO SEA EL SOLICITANTE:

El día que le corresponda recoger el pasaporte, deberá venir PERSONALMENTE a recogerlo, a menos que haya solicitado que se le mande por correo y haya entregado un sobre prepagado para su envío. Si por cualquier motivo, usted no pudiera venir en persona, podrá usted autorizar su recogida a un representante. La persona autorizada para la recogida del pasaporte deberá presentar INEXCUSABLEMENTE una autorización notarial dada por usted ante un notario público . Y deberá además aportar el resguardo que se le entregó a usted cuando tramitó su pasaporte. Si la persona autorizada no trae el resguardo, NO SE LE HARA ENTREGA DEL PASAPORTE y deberá venir usted personalmente (salvo emergencia o caso humanitario demostrado).

En el caso de los pasaportes de menores, el pasaporte solo se entregará a uno de los progenitores (madre o padre) o, en su caso, a la persona que ostente la patria potestad y traiga un título válido que lo pruebe (sentencia judicial).