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Servicios consulares

Alta de residente y de no residente

El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Los españoles que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.

Como no residente: Los españoles que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Esta inscripción no es obligatoria, aunque es muy recomendable.

El alta como no residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.

Alta de residente

Documentos a presentar

  • Formulario de solicitud de inscripción como residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
  • Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electoralesSe abre en ventana nueva, firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.

    En este formulario se indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de españoles que nunca han residido en España

  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia:

    Prueba de domicilio en la demarcación consular: si no posee ID/licencia de conducir de Florida, Georgia o Carolina del Sur, podrá aportar un documento expedido a su nombre y con la dirección postal actual.· Documentación que acredite su estatus migratorio en Estados Unidos: visado de residencia, tarjeta de residencia estadounidense (Green Card), permiso de trabajo, documento de entrada en los Estados Unidos, etc. EN CASO DE TENER LA NACIONALIDAD ESTADOUNIDENSE, DEBE APORTAR COPIA Y ORIGINAL DEL ACTA DE NATURALIZACIÓN, y si procede, el ACTA DE CONSERVACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.· Certificado literal de nacimiento español. Indispensable para ciudadanos estadounidenses y para los nacidos fuera de España.El Consulado podrá solicitar otros documentos que estime oportunos.

  • Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • Fotocopia del libro de familia en el caso de inscripción de menores de edad.

Procedimiento

1. POR CORREO ELECTRÓNICOPara poder tramitar su alta en el Registro de Matricula Consular a través de esta modalidad, deberá remitir los impresos rellenados y firmados, junto con toda la documentación descrita en este apartado notariada por un notario de los EEUU. Deberá usted enviar escaneada toda la información y remitirla en un UNICO documento en PDF (NO se admiten fotos ni otro formato) y enviarlo a: cog.miami.rmc@maec.esSe abre en ventana nueva (La cuenta de correo electrónico tiene una capacidad de 3MB máximo en los documentos. Les recomendamos que compriman los documentos PDF.2. PRESENCIAL, SIN CITA PREVIATambién podrán solicitar el alta en el Registro de Matrícula Consular, de manera presencial, en la Oficina Consular en Miami (en la planta 2 del Consulado, de lunes a viernes de 08:30 a 09.30 am), aportando la documentación señalada en el apartado "Documentos a presentar"; los originales, una vez cotejados con las copias aportadas, se devuelven en el momento.El Consulado podrá solicitar otros documentos que estime oportunos.Para mayor información puede contactar en cog.miami.rmc@maec.esSe abre en ventana nuevaSe abre en ventana nueva

Normativa básica

  • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.

Alta de no residente

Documentación a presentar

  • Formulario de inscripción como no residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
  • Fotocopia del DNI, si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).

Procedimiento

El procedimiento a seguir es el mismo que para la inscripción como residente.

Normativa básica

  • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.