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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Información sobre voto de españoles temporalmente en el extranjero (ERTA)

Los españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero y estén inscritos como no residentes en esta Oficina Consular pueden votar en las elecciones generales, en las elecciones al Parlamento Europeo, en las elecciones locales de su municipio en España y en las elecciones a la Comunidad Autónoma de la que provengan.

Pasos para votar

  1. Estar de alta como no residente en el Registro de Matrícula Consular.
  2. Solicitar el voto. Es necesario acudir a la Oficina Consular, donde se facilitan los impresos y se tramita la solicitud. Es necesario identificarse con DNI o pasaporte.
  3. La documentación para votar se recibirá por correo certificado en el domicilio indicado en la solicitud de voto.
  4. Remitir por correo certificado el voto a la mesa electoral correspondiente en España.

El trámite de inscripción como no residente y la solicitud del voto se pueden realizar simultáneamente en la Oficina Consular, sin necesidad de cita y siempre de forma presencial.

Ver “Plazos para votar”.