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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Certificado de residencia

Los españoles inscritos en el Registro de Matrícula consular como residentes (ver “Alta de residente”) pueden solicitar un certificado de residencia como justificante de su residencia en el extranjero.

Documentos necesarios

  1. Solicitud de certificado de residencia indicando la finalidad para la que se solicita. DESCARGA DEL IMPRESOSe abre en ventana nueva.

  2. Copia del DNI o del pasaporte del solicitante.
  3. Si el solicitante es menor de edad, se aportará además, copia del DNI o pasaporte del progenitor que firme la solicitud. Si el progenitor no está inscrito como residente en el Registro de Matrícula consular, se aportará también copia del Libro de Familia o del certificado de nacimiento del menor.
  4. Prueba de la continuidad de la residencia en la demarcación consular.

    Puede ser con cualquiera de estos documentos: recibo de agua, luz, teléfono fijo, cuenta bancaria, contrato de alquiler de vivienda, contrato de trabajo, inscripción en un centro de estudios para un curso de larga duración y/o forma migratoria. De convivir con otra persona, deberá aportarse cualquiera de los citados documentos a nombre de esa persona, así como una declaración de esta última y copia de su identificación, en la que se afirme que el interesado vive en dicho domicilio (ver modelo).

    En el caso de menores de edad el comprobante de domicilio deberá estar a nombre de alguno de sus padres o tutores.

Procedimiento

La solicitud se envía por correo electrónico. También se puede presentar acudiendo personalmente a la Oficina Consular.

Podrá solicitar su certificado de residencia a través del correo electrónico cog.mexico.rmcen@maec.es, incluso si se encuentra en España.

Deberá incluir copia de identificación española vigente e indicar en el cuerpo del correo su domicilio de residencia actual.

En el caso de los menores de edad e incapacitados, junto a la documentación anterior, el padre o tutor que tenga la nacionalidad española debe acreditar su identidad enviando escaneado por ambas caras su DNI o la página de los datos identificativos de su pasaporte. Asimismo, debe adjuntarse copias escaneadas de las páginas identificativas del libro de familia y de las relativas al menor o incapacitado, o en su caso copia de la partida literal de nacimiento de este último.

El certificado, firmado digitalmente, se recibirá por correo electrónico. También se podrá retirar personalmente.

Los certificados de residencia se le enviarán en un plazo de 24 a 48 horas por correo electrónico a la dirección desde la que los soliciten, incorporando firma digital, por lo que no es necesario que acudan a retirarlos.

Cuando el solicitante se encuentre ya en España, el certificado se podrá solicitar por correo electrónico dirigido a la Oficina Consular donde esté inscrito, aportando los documentos necesarios. La Oficina Consular lo enviará, firmado digitalmente, al correo electrónico del solicitante.

El certificado de residencia es gratuito.

Certificado de residencia para DNI

Es un certificado de residencia expedido sólo a los efectos de obtener o renovar el DNI.

Es necesario en los siguientes casos:

  • Para obtener el DNI por primera vez.
  • En caso de renovación, cuando se produzca un cambio de domicilio. En este caso, el interesado deberá notificar previamente a la Oficina Consular el cambio de domicilio.
  • Cuando se acuda a una oficina de expedición de DNI en España sin cita previa, se podrá solicitar ser atendido durante la estancia prevista en España siempre que se acredite la residencie en el extranjero mediante un certificado de residencia expedido por la Oficina Consular.

Certificado de inscripción como no residente

Los españoles inscritos en el Registro de Matrícula consular como no residentes (ver “Alta de no residente”) pueden solicitar un certificado de inscripción de no residente cuando necesiten acreditar esta condición.

Para obtener el certificado se seguirá el procedimiento descrito para obtener un certificado de residencia y se aportará la documentación señalada en los apartados 1 y 2 y, en su caso, la señalada en el apartado 3.