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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Permiso de conducción

El titular de un permiso de conducir expedido en España puede solicitar la renovación a través de la Oficina Consular de su lugar de residencia.

También puede solicitar la expedición de un duplicado en caso de sustracción, pérdida o deterioro del original, o cuando se hayan modificado sus datos personales.

Cuando el titular resida en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, estará obligado a solicitar el canje del permiso de conducir español a las autoridades competentes del país de residencia.

En estos casos, no será posible tramitar la renovación ni el duplicado a través de la Oficina Consular, a excepción de los funcionarios españoles destinados en el exterior.

Es recomendable que los españoles residentes en México dispongan del permiso de conducir mexicano, que se obtiene sin examen previo, pero presentando, en original y copia, el carné de conducir español, en las Delegaciones de cada ciudad de México.

Si se está como turista es recomendable tener el permiso internacional.

Renovación del permiso de conducción

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

La renovación no podrá hacerse desde México cuando hayan pasado más de cuatro años desde su vencimiento. En este caso, la renovación sólo puede solicitarse en España.

En caso de robo o extravío es necesario hacer una denuncia previa en una Comisaría de Policía (Ministerio Público en México).

ATENCIÓN: No se atenderán citas entre el 15 de diciembre y el 15 de enero por actualización de las tasas ya que se actualizaría entre la recogida y la realización del trámite en España y eso resulta en rechazo del trámite por parte de la DGT.

Se requiere cita previa para realizar este trámite a través del siguiente enlaceSe abre en ventana nueva.

Obtenida la cita deberá personarse el día y hora señalados en este Consulado General, donde es altamente recomendable el uso de mascarilla FFP2 o quirúrgica, en la ventanilla número 2.

La atención es necesariamente presencial debiendo acudir el solicitante.

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud, mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar la renovación).
  • Permiso de conducir a renovar (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • Credencial IFE/INE que justifique su residencia en esta demarcación consular.

  • Dos fotografías en color, recientes, sobre fondo blanco, tomadas de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara.
  • Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico local, debiendo especificar que el solicitante es apto para la conducción. El informe llevará adherida una fotografía del solicitante, que será idéntica a la que se adjunte al impreso de solicitud (talón-foto). El médico deberá poner su firma por encima de la fotografía. La Oficina Consular legitimará la firma del médico.

    Con el fin de facilitar el reconocimiento de la firma del médico, puede acudirse a:

    • Dr. Jaime Fandiño Izundegui. Calderón de la Barca 359, Polanco, Tel. 55 5250 0697 y 55 5203 6858
    • Dr. José Manuel Gómez López. Ejército Nacional 613, torre Antonino Fernández 10º piso, consultorio 1001, colonia Granada, teléfonos 55 5250 7959, 55 5250 7964 y 55 5203 3224

  • Prueba del pago de la tasa de renovación. El importe exacto de la tasa es: 24,58 € (pendiente de posible actualización para 2024)

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

  • OTRAS TASAS:

    La tasa de compulsa de la documentación vigente desde 1 de enero de 2024 es de 61 pesos por hoja.

    La tasa de reconocimiento de la firma del médico que expidió el certificado vigente a partir de 1 de enero de 2024 es de 122 pesos.

    Estas últimas tasas (compulsa y reconocimiento de firma) deben pagarse en efectivo en la Caja de este Consulado General o, en el caso de presentar la solicitud en un Consulado Honorario, mediante cheque de caja, expedido por una entidad bancaria, a favor de "Consulado General de España en México D.F.", adjuntando, además, una fotocopia del cheque en el que, fuera de la imagen del mismo, hará constar el trámite y el nombre completo del solicitante.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse varios meses.

Dependiendo de cada Jefatura de Tráfico, suelen tardar de 2 a 3 meses. El Consulado le avisará cuando se reciba para que pase a recogerlo.


Duplicado del permiso de conducción en caso de sustracción o pérdida o de modificación de datos

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Se requiere cita previa para realizar este trámite a través del siguiente enlaceSe abre en ventana nueva.

La atención es necesariamente presencial debiendo acudir el solicitante.

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar el duplicado).
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • En caso de robo o extravío, se completará la declaración de pérdida o sustracción de documentos españolesSe abre en ventana nueva, que se podrá completar en la Oficina Consular. Esta declaración no sustituye a la denuncia. La denuncia ante la policía local no es obligatoria, pero sí es muy conveniente, para evitar responsabilidades derivadas del uso fraudulento del documento por parte de terceras personas.
  • En caso de deterioro, original y copia del permiso a sustituir. La copia será compulsada por la Oficina Consular
  • Prueba del pago de la tasa por duplicado. El importe exacto de la tasa es: 20,81 € (pendiente de posible actualización para 2024)

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse de dos a tres meses.

Dependiendo de cada Jefatura de Tráfico, suelen tardar de 4 a 6 meses. El Consulado le avisará cuando se reciba para que pase a recogerlo.

OTRAS TASAS:

La tasa de compulsa de la documentación vigente a partir del 1 de enero de 2024 es de 61 pesos por hoja.

La tasa de reconocimiento de la firma del médico que expidió el certificado vigente a partir del1 de enero de 2024 es de 122 pesos.

Estas últimas tasas (compulsa y reconocimiento de firma) deben pagarse en efectivo en la Caja de este Consulado General o, en el caso de presentar la solicitud en un Consulado Honorario, mediante cheque de caja, expedido por una entidad bancaria, a favor de "Consulado General de España en México D.F.", adjuntando, además, una fotocopia del cheque en el que, fuera de la imagen del mismo, hará constar el trámite y el nombre completo del solicitante.


Canje del permiso de conducir

Cuando el titular de un permiso de conducir expedido en España se encuentre residiendo en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, no se podrá tramitar la renovación ni la expedición de duplicados a través de la Oficina Consular.

El interesado deberá solicitar el canje de su permiso de conducir español por un permiso expedido por las autoridades competentes del país en el que reside.

No existe acuerdo entre México y España, por lo que no puede solicitarse este trámite en este Consulado General.


Para obtener más información se puede consultar la página web de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva.

Normativa