Documentación a presentar
- Formulario de solicitud de baja rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada, indicando claramente cuántos certificados de baja se necesitan y para qué fin se solicitan.
- Fotocopia del DNI o pasaporte del solicitante y, en su caso, del DNI o pasaporte del progenitor o tutor firmante.
- Si la baja se solicita para importación de un automóvil en España, fotocopia del certificado de matriculación del país de origen.
Los españoles que regresen a España se deberán empadronar en el municipio al que trasladen su residencia.
Los españoles que trasladen su residencia a otro país deberán tramitar una nueva alta como residentes en la Oficina Consular del país del destino, que producirá la baja en la Oficina Consular de procedencia.
Se podrá solicitar la baja antes de tramitar la nueva alta, pero esa baja no tendrá efectos padronales hasta que no se solicite el alta en la oficina consular del país de destino o en el municipio de residencia en España.
Procedimiento
AVISO IMPORTANTE
Con motivo de la próxima festividad local del LUNES 3 DE FEBRERO DE 2025, LAS OFICINAS CONSULARES PERMANECERÁN CERRADAS
LAS CITAS YA RESERVADAS DE ALTAS Y BAJAS EN EL REGISTRO DE MATRICULA CONSULAR DEL LUNES 3 DE FEBRERO 2025, SE TRASPASAN AL JUEVES DÍA 6 DE FEBRERO DE 2025.
Se recomienda el uso del siguiente formulario, adaptado a este Consulado General DESCARGA DEL IMPRESO.
Si aporta el impreso del inicio de esta página, deberá aportar también firmada la hoja de protección de datos del trámite. No la necesita si aporta el recomendado en el punto anterior, que ya incorpora la normativa al respecto.
La tramitación de bajas en este Registro de Matrícula Consular se realizará presencialmente en ventanilla 2 de este Consulado General de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas sin necesidad de cita previa.
Para acceder a nuestras oficinas, es obligatorio el uso de cubrebocas FFP2 o quirúrgico.
También podrá presentarla presencialmente en los Consulados Honorarios de esta demarcación. Tenga en cuenta los horarios y la necesidad o no de cita previa:
Consulte los Consulados Honorarios.
De encontrarse ya en España, podrá solicitar su baja consular a través del correo cog.mexico.rmcen@maec.es a donde deberá enviar, además de los dos impresos antes mencionados, copia de identificación española (pasaporte o DNI), indicar en el cuerpo del correo el domicilio con que se halla inscrito en este Consulado y aportar un justificante de encontrarse en España, preferentemente certificado de empadronamiento.
Para baja de menores, será necesario que el formulario lo firme padre/madre/tutor de nacionalidad española aportando libro de familia, acta de nacimiento o documento de certifique la tutela.
Los certificados de baja consular que solicite se le enviarán en un plazo de 24 a 48 horas por correo electrónico a la dirección que indique en el formulario de baja, incorporando firma digital, por lo que no se entregarán documentos con firma manuscrita en el momento de la tramitación.
Normativa básica
- Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.