El certificado de defunción es gratuito.
Procedimiento
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Defunción ocurrida en esta demarcación consular
El certificado se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente en la Oficina Consular.
A) En este Consulado General, si reside en el área metropolitana, la solicitud de actas, deberá realizarse exclusivamente de manera presencial en la ventanilla 3 del Consulado de lunes a viernes de 8:30 a 9:30 horas (salvo festivos).
Si reside fuera del área metropolitana deberá realizar la solicitud de actas en el Consulado Honorario más cercano a su domicilio o por correo electrónico a la cuenta cog.mexico.reg@maec.es , enviando la siguiente documentación:
• Documento de identidad del solicitante.
• Documento que demuestre que el solicitante vive fuera del área metropolitana.
• Documento que pruebe la relación con el fallecido.
Se presentarán los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud firmado
. - Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
- En su caso, y siempre que sea posible, se anotará en la solicitud el tomo y página de la inscripción.
- En la solicitud se indicará el tipo de certificado solicitado.
- Si se desea recibir el certificado por correo, se adjuntará un sobre franqueado con la dirección del solicitante.
Además de los documentos anteriores, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente. A este fin, es aconsejable anotar en la solicitud un teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.
Aquellas personas que ya cuenten con un Registro Individual en el nuevo modelo de Registro Civil, podrán igualmente solicitar el certificado en la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
mediante certificado electrónico
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Defunción ocurrida en otra demarcación consular
El certificado se solicitará directamente a la Oficina Consular correspondiente, de acuerdo con el procedimiento descrito en su página web.
- Defunción ocurrida en España
El certificado se puede solicitar directamente en linea o de forma presencial o por correo postal al Registro Civil en el que se inscribió la defunción, siguiendo las instrucciones que figuran en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
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Asimismo, se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente a través de la Oficina Consular, mediante el procedimiento descrito en el apartado A).
Quién puede solicitar un certificado de defunción
El cónyuge del fallecido, pareja de hecho, ascendientes y descendientes hasta el segundo grado.
El solicitante deberá acreditar su identidad y su interés legítimo en conocer los datos.
No se dará publicidad a los datos especialmente protegidos salvo en los casos previstos en la ley.
Tipos de certificados
Se pueden solicitar varios tipos de certificado de defunción.
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Certificado literal de defunción: Es una copia exacta de la inscripción de defunción, que contiene todos los datos relativos al fallecimiento y los datos de identidad del difunto.
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Certificado de defunción en extracto: Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil relativa al fallecimiento.
El certificado internacional o plurilingüe es un certificado en extracto válido en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976 (Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Serbia, Suiza, Turquía). Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del Convenio y no necesita legalización ni apostilla.
Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del Convenio y no necesita legalización ni apostilla.
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Certificado negativo: Acredita que la defunción de una persona no está inscrita en un Registro Civil determinado.
Normativa básica