Los Consulados PUEDEN:
- expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal;
- dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país;
- prestar asistencia a detenidos;
- adelantarle en circunstancias excepcionales la cantidad necesaria para su repatriación, que deberá reintegrar al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la ley;
- prestarle servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos, o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
Los Consulados NO PUEDEN:
- hacer funciones de agencia de viajes;
- conseguirle un trabajo en el extranjero;
- garantizarle en un hospital o en una cárcel un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales de ese país;
- avalarle, prestarle dinero o pagar sus multas;
- poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.
Para mas información puede contactarnos en secretaria@cgmendoza.com.ar