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Servicios consulares

Alta de residente y de no residente

El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Las personas de nacionalidad española que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.

Como no residente: Las personas de nacionalidad española que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Esta inscripción no es obligatoria, aunque es muy recomendable.

El alta como no residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.

Alta de residente

Documentos a presentar

  • Formulario de solicitud de inscripción como residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por a persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores, en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En caso de disponer de un DNI o de un Pasaporte, se deberá obligatoriamente consignar uno de ambos números. Si la persona solicitante no poseyera ninguno, podrá dejar en blanco las casillas correspondientes.

  • Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electoralesSe abre en ventana nueva, la persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En este formulario se indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de personas de nacionalidad española que nunca han residido en España

  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia:

    El documento acreditativo de la residencia efectiva en esta demarcación consular, se admitirá cualquier documento que justifique esta circunstancia ( solo uno): facturas de agua o luz, contrato de trabajo acreditativo que está ejerciendo una actividad laboral en la demarcación consular, certificado de matriculación expedido por el centro de estudios en caso de estar estudiando, etc.. ( esta lista no es exhaustiva).

    Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente. UNICAMENTE en caso de españoles que no lo sean de origen, españoles que debieron hacer un acta de conservación de la nacionalidad española al amparo del artículo 24 del Código Civil, personas que carezcan de pasaporte o DNI, o aquellos respecto de los cuales existan dudas sobre su nacionalidad española o si por cualquier causa se deduce que podrían haber incurrido en pérdida de la misma.

    Otros documentos a presentar:

    . En caso de DOBLES NACIONALES (incluidos los dobles nacionales hispano-australianos), en todo caso, copia del pasaporte extranjero. En caso de dobles nacionales no hispano-australianos.

    . El documento expedido por las autoridades australianas que acredite y autorice la residencia del interesado en este país (VEVO).

    IMPORTANTE:

    NO ES POSIBLE la presentación de solicitudes por correo postal, únicamente de forma excepcional en sobre registered post, aquellas solicitudes que presenten españoles que residan a 100 kilómetros o más de Melbourne. En todo caso, las solicitudes presentadas por correo postal, deberán ir acompañadas de un impreso específico de solicitud incluido en la solicitud, que en todo caso deberá ser firmado por el interesado.

    Documento declaración consecuencias de la inscripción consularSe abre en ventana nueva

    Solicitud relativa a la inscripción en el registro de matricula consular RMCSe abre en ventana nueva

  • Con carácter voluntario se podrá aportar una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • Para menores de edad se aportará el certificado literal de nacimiento y, en su defecto, una fotocopia del libro de familia.

Procedimiento

Nota informativa para proceder a su alta consular como residente

La solicitud de inscripción como Residente, habrá de presentarse EXCLUSIVAMENTE por medio de cualquier de las siguientes vías:

-De forma presencial en este Consulado General de lunes a viernes en horario de 9am a 1pm con los festivos reflejados en esta pagina. Esta oficina consular está ubicada en la planta 7, del número 564 en St. Kilda Road en Melbourne 3004.

Para los nacionales de esta demarcación consular que no residan en el estado de Victoria, deberán presentarlo en cualquiera de los Consulados honorarios dependientes del mismo. Ejemplo: Consulado Honorario de España en Perth.

- A través, de la sede electrónica asociada de la Administración General del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

NO ES POSIBLE la presentación de solicitudes por correo postal, únicamente de forma excepcional en sobre registered post, aquellas solicitudes que presenten españoles que residan a 100 kilómetros o más de Melbourne. En todo caso, las solicitudes presentadas por correo postal, deberán ir acompañadas de un impreso específico de solicitud incluido en la solicitud, que en todo caso deberá ser firmado por el interesado.

Normativa básica

  • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

Alta de no residente

Documentación a presentar

  • Formulario de inscripción como no residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.
  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Con carácter voluntario se podrá aporta una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).

Procedimiento

Documentos a presentar para la solicitud de no residentes

Nota informativa para proceder a su alta consular como no residente

La solicitud de inscripción como No Residente, habrá de presentarse EXCLUSIVAMENTE por medio de cualquier de las siguientes vías:

-De forma presencial en este Consulado General de lunes a viernes en horario de 9am a 1pm con los festivos reflejados en esta pagina. Esta oficina consular está ubicada en la planta 7, del número 564 en St. Kilda Road en Melbourne 3004.

Para los nacionales de esta demarcación consular que no residan en el estado de Victoria, deberán presentarlo en cualquiera de los Consulados honorarios dependientes del mismo. Ejemplo: Consulado Honorario de España en Perth.

- A través, de la sede electrónica asociada de la Administración General del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Documento declaración consecuencias de la inscripción consularSe abre en ventana nueva

Solicitud relativa a la inscripción en el registro de matricula consular RMCSe abre en ventana nueva

Normativa básica

  • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

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