PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO - PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN

PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO - PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN

​PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO

PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN 

23 de diciembre de 2025
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​La importación temporal de armas de fuego para su uso en España está regulada en el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, que traspone al ordenamiento juridico interno la Directiva CEE 91/477 de 18.6.1991 sobre control y adquisición de armas. Queda excluida de dicha regulación la importación de armas con destino a las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad.



The temporary importation of firearms for use in Spain is regulated by R.D 137/1993 of January 29, which
approves the Weapons Regulations, transposing into Spanish law Directive 91/477/EEC of June 18, 1991, on the control and
acquisition of weapons. The importation of weapons intended for the Armed Forces and Security Forces is excluded from
these regulations.

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