PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO - PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN

PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO - PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN

​PERMISOS PARA LA ENTRADA EN ESPAÑA DE ARMAS DE FUEGO

PERMITS FOR THE ENTRY OF FIREARMS INTO SPAIN 

23 de diciembre de 2025


​La importación temporal de armas de fuego para su uso en España está regulada en el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, que traspone al ordenamiento juridico interno la Directiva CEE 91/477 de 18.6.1991 sobre control y adquisición de armas. Queda excluida de dicha regulación la importación de armas con destino a las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad.



The temporary importation of firearms for use in Spain is regulated by Royal Decree 137/1993 of January 29, which
approves the Weapons Regulations, transposing into Spanish law Directive 91/477/EEC of June 18, 1991, on the control and
acquisition of weapons. The importation of weapons intended for the Armed Forces and Security Forces is excluded from
these regulations.

















Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies.