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Servicios consulares

Pasaportes - Requisitos y procedimiento para obtenerlo

Requisitos para obtener un pasaporte

  • Ser español.
  • Estar de alta en el Registro de Matrícula consular.
  • Comparecer físicamente ante la Oficina Consular, abonar la tasa y presentar los documentos requeridos.

Documentos necesarios para solicitar un pasaporte

  1. Pasaporte anterior.
  2. DNI en vigor, si se posee.
  3. Si no tiene ninguno de los dos documentos anteriores o si éstos están caducados desde hace 3 años o más, certificado literal de nacimiento expedido a los solos efectos de obtener pasaporte. Este documento debe ser expedido por el Registro civil español competente en los 6 meses anteriores a la solicitud de pasaporte.

    Si el nacimiento está inscrito en esta Oficina Consular no será necesario presentar este certificado.

  4. 1 fotografía (32 x 26 mm.) reciente, a color, sobre fondo blanco, tomada de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara-.
  5. Estar inscrita/o como residente en el Registro de Matrícula ConsularSe abre en ventana nueva.

  6. Pago de la tasa. 30 EUR (por tarjeta, cheque o en efectivo).
  7. Para menores de edad o personas incapacitadas se exigen documentos adicionales. Ver apartado “Pasaportes para menores de edad y personas incapacitadas”.
  8. En su caso, ver apartado “Sustracción o pérdida de pasaporte”.

El pasaporte se puede renovar siempre que quede menos de 1 año para su caducidad.

NOTA IMPORTANTE: Para verificar los datos de identidad y la nacionalidad española, la Oficina Consular podrá solicitar otros documentos, entre ellos, el certificado mencionado en el apartado 3).

Procedimientos para obtener un pasaporte

IMPORTANTE:

Para tramitar una solicitud de pasaporte, es necesaria la presencia física del solicitante (incluso la del menor de edad o persona incapacitada), aportar los documentos requeridos y abonar la tasa.

Durante el procedimiento, la Oficina Consular tomará las huellas dactilares de los solicitantes mayores de 12 años. Asimismo, se digitalizará la firma de los mayores de 14 años y de los menores de esa edad e incapacitados siempre que puedan firmar.

A la finalización del trámite, se entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.es/Home.aspxSe abre en ventana nueva

Plazo de tramitación y entrega

El plazo medio para la entrega del pasaporte ordinario es de 3 semanas desde la fecha de la solicitud. Este plazo es indicativo y puede alargarse por razones de fuerza mayor.

La retirada del pasaporte se puede realizar, sin necesidad de cita, en el Consulado de lunes a viernes, de 9:00h a 13:00h. También se puede pedir el envío del pasaporte por correo postal, para lo que se debe aportar un sobre franqueado con un sello de 8 EUR para el envío por correo certificado con acuse de recibo R2 de La Poste.

El pasaporte se retira personalmente, entregando copia del resguardo de solicitud y el pasaporte a sustituir, para su anulación al recibir la nueva libreta. Se permite conservar el pasaporte anulado.

Es posible autorizar a un tercero para la retirada de un pasaporte, firmando una autorización a este fin.En este caso, el/la representante tendrá que presentar esta autorizaciónSe abre en ventana nueva rellenada y firmada por el/la solicitante.