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Servicios consulares

Pasaportes - Requisitos y procedimiento para obtenerlo

Requisitos para obtener un pasaporte

  • Ser español.
  • Estar de alta en el Registro de Matrícula consular.
  • Comparecer físicamente ante la Oficina Consular, abonar la tasa y presentar los documentos requeridos.

Documentos necesarios para solicitar un pasaporte

  1. Pasaporte anterior.
  2. DNI en vigor, si se posee.
  3. Si no tiene ninguno de los dos documentos anteriores o si éstos están caducados desde hace 3 años o más, certificado literal de nacimiento expedido a los solos efectos de obtener pasaporte. Este documento debe ser expedido por el Registro civil español competente en los 6 meses anteriores a la solicitud de pasaporte.

    Si el nacimiento está inscrito en esta Oficina Consular no será necesario presentar este certificado.

  4. 1 fotografía (32 x 26 mm.) reciente, a color, sobre fondo blanco, tomada de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara-.
  5. Documentos opcionales:


    e.1) Para recibir el pasaporte por correo, un sobre franqueado "pre-paid Special Delivery Guaranteed" en el que consten claramente escritos el nombre y la dirección del solicitante.


    e.2) Para obtener el pasaporte por primera vez o en casos de cambio de identidad, será necesario presentar un certificado literal de nacimiento si el solicitante no ha nacido en esta demarcación consular.


    e.3) Para comprobar la residencia en la demarcación consular el Consulado podrá solicitar una prueba del "settlement" o del "pre-settlement" o del "indefinite leave to remain".


    e.4) En determinados casos de doble nacionalidad, el Consulado podrá solicitar otros documentos para verificar que no se ha perdido la nacionalidad española.


  6. Pago de la tasa. El importe es de 25,75 libras. Sólo se acepta el pago con tarjeta bancaria.
  7. Para menores de edad o personas incapacitadas se exigen documentos adicionales. Ver apartado “Pasaportes para menores de edad y personas incapacitadas”.
  8. En su caso, ver apartado “Sustracción o pérdida de pasaporte”.

El pasaporte se puede renovar siempre que quede menos de 1 año para su caducidad.

NOTA IMPORTANTE: Para verificar los datos de identidad y la nacionalidad española, la Oficina Consular podrá solicitar otros documentos, entre ellos, el certificado mencionado en el apartado 3).

Procedimientos para obtener un pasaporte

Para solicitar el pasaporte es necesario obtener cita a través de este enlaceSe abre en ventana nueva.

Para obtener la cita es necesario estar inscrito en el Registro de Matricula Consular y disponer del número de inscripción en este Registro. El procedimiento para obtener una cita se describe en el siguiente enlace: Procedimiento para obtener cita. Se abre en ventana nueva

El número de inscripción se puede obtener escribiendo un correo electrónico a: cog.londres.nac@maec.es

Para tramitar una solicitud de pasaporte, es necesaria la presencia física del solicitante (incluso la del menor de edad o persona incapacitada), aportar los documentos requeridos y abonar la tasa.

Durante el procedimiento, la Oficina Consular tomará las huellas dactilares de los solicitantes mayores de 12 años. Asimismo, se digitalizará la firma de los mayores de 14 años y de los menores de esa edad e incapacitados siempre que puedan firmar.

A la finalización del trámite, se entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.es/Home.aspxSe abre en ventana nueva

Plazo de tramitación y entrega

El plazo medio para la entrega del pasaporte ordinario es de 3 semanas desde la fecha de la solicitud. Este plazo es indicativo y puede alargarse por razones de fuerza mayor.

La retirada del pasaporte se puede realizar, sin necesidad de cita, de lunes a viernes únicamente de 13.30 a 14.30 horas. Los pasaportes que no sean retirados en un plazo de 6 meses serán destruidos.

El pasaporte se retira personalmente, entregando copia del resguardo de solicitud y el pasaporte a sustituir, para su anulación al recibir la nueva libreta. Se permite conservar el pasaporte anulado.

Es posible autorizar a un tercero para la retirada de un pasaporte, firmando una autorización a este fin.Para ello, debe rellenar y firmar esta autorizaciónSe abre en ventana nueva y acompañarla del resguardo que se le entregó en el momento de la solicitud y de la fotocopia de su DNI o pasaporte.

Si se envió un sobre "pre-paid", el pasaporte se recibirá en el domicilio indicado en el sobre. El Consulado no es responsable de los retrasos, extravíos o daños que se produzcan en el envío por correo postal o mensajería. Las consultas sobre el estado del envío se realizan por el correspondiente portal web del servicio postal o mensajería contratado por el solicitante.