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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Nacimientos

Con carácter general, el nacimiento de los españoles en el extranjero se inscribe en el Registro Civil del país en el que nacen. Posteriormente, el nacimiento se debe inscribir en el Registro Civil español.

Esta Oficina Consular es competente para inscribir los nacimientos de los españoles nacidos en su demarcación consular.

Si el solicitante tiene su domicilio en España, podrá solicitar la inscripción de nacimiento en el Registro Civil Central de Madrid.

Quién puede solicitar la inscripción de nacimiento

Están obligados a promover la inscripción de nacimiento los progenitores, así como el pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad que haya presenciado el nacimiento.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente.

Para conocer el listado específico de los documentos necesarios para realizar este trámite, por favor descargue la ficha que corresponda:

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español de origen, están casados y su matrimonio está registrado en un Registro Civil españolSe abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando alguno de los progenitores NO es español de origen pero existe un matrimonio registrado en un Registro Civil españolSe abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español, de origen o no, y no están casadosSe abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español y están casados, pero no han registrado su matrimonioSe abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español, de origen o no, no están casados y tienen hijos previos en comúnSe abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español, de origen o no, y no están casados entre sí.Se abre en ventana nueva

Inscripción de un nacimiento cuando uno de los progenitores es español, de origen o no, no están casados entre sí y tienen hijos previos en comúnSe abre en ventana nueva

Inscripción del nacimiento de un mayor de edad cuando los progenitores no estaban casados en el momento de su nacimientoSe abre en ventana nueva

Inscripción del nacimiento de un mayor de edad cuando los progenitores están casados y su matrimonio está registradoSe abre en ventana nueva

Inscripción del nacimiento de un mayor de edad cuando los progenitores están casados y su matrimonio NO está registradoSe abre en ventana nueva

Nota: Si el inscrito reside en la demarcación consular o si va a solicitar pasaporte español sin ser residente en la demarcación, se presentará al mismo tiempo la documentación necesaria para el alta en el Registro de Matrícula Consular como residente o no residente, según el caso. (Ver aparatados “Alta de residente” o “Alta de no residente”).

Procedimiento

Todos los trámites de este Registro Civil Consular se inician por correo postal. Siga el procedimiento marcado en cada ficha informativa.

Practicada la inscripción, se entregará un certificado literal de nacimiento y se anotará el nacimiento en el Libro de familia.

La inscripción del nacimiento es gratuita.

Normativa básica