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Reforma del ejercicio del voto españoles en el exterior

29 de noviembre de 2022

​El pasado mes de octubre ha entrado en vigor la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma la Ley Orgánica del Régimen Electoral que regula el ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero.


Esta nueva norma introduce importantes modificaciones en el sistema de voto de los ciudadanos españoles en el exterior, pudiéndose destacar:

  •  La supresión del voto rogado: todos los electores recibirán la documentación electoral de oficio en su domicilio en el extranjero, sin tener que solicitarla previamente.
  •  Adelanto del envío de la documentación electoral: facilitará que se reciba la documentación en plazo
  •  Disponibilidad de documentación electoral durante el periodo de voto en urna: habrá papeletas oficiales de voto y sobres de votación en el Consulado General.
  •  Voto en urna: se amplía de tres a seis días el periodo de votación en urna en el Consulado General.

Para poder ejercer su derecho al voto, es fundamental que todos los españoles residentes en esta circunscripción consular de Lisboa estén debidamente inscritos en nuestro Registro de Matrícula Consular y se aseguren de que los datos están correctos. 

Si quiere verificar que su inscripción en nuestro Registro de Matrícula Consular y datos censales son los correctos, puede escribir a cog.lisboa.nac@maec.es y le informaremos también, en su caso, cómo hacer para actualizarlos.

Enlace a la LO 12/2022, de 30 de septiembre:


Y en este otro enlace encontrará un video del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, D. Félix Bolaños García, presentando la modificación al régimen electoral: 

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