Campaña Migración Circular 2026

Ayer


Se publica esta comunicación con el objetivo de preparar las solicitudes de visado en el marco de la CAMPAÑA migración circular 2026.

1. Lista de solicitantes y plazo

a) Lista de solicitantes 

Les rogamos que nos facilite una lista numerada, en formato Excel, con los nombres y apellidos y número de pasaporte de las personas que solicitarán un visado TEC para trabajar como socorristas en España en la temporada 2026. Recuerde que únicamente deberán incluir aquellos solicitantes nuevos que no hayan participado en las temporadas 2024 y 2025. ​

Información de la tabla
​NºApellidosNombres​Nº Pasaporte
1 ​
 
 
2   
3 
  
4   
5   
6   
Etc. 
  


La lista deberá ser remitida a la dirección de correo cog.lima.vis@maec.es, indicando en el “asunto" “CAMPAÑA MIGRACIÓN CIRCULAR 2026 - Citas". 

Por favor, no solicite citas a través de otras vías (BLS) ni reitere su solicitud de cita a través de esta u otras vías. Este tipo de comportamientos retrasa el procedimiento y puede desembocar en una expedición tardía del visado.

En la lista numerada deberán figurar únicamente las personas que cuenten con todos los requisitos y documentación exigida, especialmente la resolución de concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo. Por favor, absténganse de incluir solicitantes que no cumplan todos los requisitos o no tengan toda la documentación.

b) Plazo

Se ruega que remitan la lista numerada de solicitantes a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes del 18 de mayo de 2026.

​2. Citas

Una vez recibidas las listas, se citará a los solicitantes en grupos por orden estricto de las peticiones de citas recibidas en este Consulado General.

Este Consulado General ha previsto que las citas tengan lugar entre el 1 y el 12 de junio de 2026, siempre que las empresas promotoras hayan enviado las listas de solicitantes a tiempo y que éstos dispongan de todos los requisitos y documentación o, como mínimo, de la resolución de concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo. En caso de no enviar las listas numeradas a tiempo o no disponer de la documentación imprescindible para iniciar el expediente, los solicitantes serán atendidos cuando corresponda de acuerdo con el calendario de citas disponibles en cada momento, sin que esta oficina consular pueda garantizar en ningún caso que la misma sea dada antes del inicio de la actividad.

Recibirán la información sobre las citas en la misma dirección de correo electrónico desde la que han enviado la lista. Por favor, verifique ese buzón de correo electrónico.

3. Forma de presentación 

Este Consulado General acepta dos formas de presentación de solicitudes: 

  • Individualmente, por cada uno de los solicitantes de visado. En caso de que se trate de citas individuales, ustedes serán los responsables de transmitir la información sobre las citas a cada persona.
  • Grupalmente, a través de representante. En este caso, el representante deberá cumplir con lo indicado en el artículo 28 de la Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026. A este respecto, deberá aportar poder de representación o el anexo II a dicha Orden sellado por el órgano que corresponda, así como el consentimiento de datos personales de los solicitantes. Este Consulado General es el órgano competente para sellar el Anexo II solamente en los casos en los que el representante legal de la empresa que firma la designación del representante pueda comparecer en esta demarcación. 

En caso de que una persona, individualmente o como representante, no acuda a su cita o de que acuda sin cumplir los requisitos/documentación exigidos, la cita no se reprogramará y la persona o representante será atendida cuando corresponda de acuerdo con el calendario de citas disponibles en cada momento, sin que esta oficina consular pueda garantizar en ningún caso que la misma sea dada antes del inicio de la actividad. ​

4. Requisitos y documentación

A continuación, se recuerda la lista con los requisitos y documentación exigidos.

Los solicitantes de visado deben presentar en ventanilla, ya preparados y correctamente cumplimentados, un paquete de documentos con todos los originales, y otro con todas las fotocopias, en el siguiente orden:

  • Pasaporte, con una vigencia mínima de 4 meses y al menos dos páginas en blanco.
  • Formulario de solicitud de visado nacional, con foto tipo pasaporte (en color, sobre fondo blanco), pegada. Rellenado y firmado.
  • Resolución de concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo emitida por la Delegación/ Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que trabajará el solicitante.
  • Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  • Certificado médico legalizado en el colegio de médicos de Lima, y apostillado en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. El certificado debe haber sido expedido dentro de los tres meses anteriores a la fecha de solicitud de visado. Revise en nuestra página web los centros médicos autorizados.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. El certificado debe haber sido expedido dentro de los tres meses anteriores a la fecha de solicitud de visado.
  • Compromiso de retorno, cumplimentado y firmado.
  • Tasa de S/. 352,10 soles. Se abona el monto exacto en efectivo en ventanilla en el momento de presentar su solicitud. El monto puede variar con el tiempo. Les rogamos consulten nuestra página web.

     

     
    Consulado General de España en Lima

       Departamento de Visados


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