Personas nacidas en esta demarcación consular
El certificado se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente, en la Oficina Consular.
IMPORTANTE:
No es necesario solicitar certificaciones de nacimiento para gestiones en este Consulado General de personas inscritas en nuestro Registro Civil.
Procedimiento a seguir por aquellas personas cuyo nacimiento consta inscrito en esta Oficina Consular Registro Civil que no cuenten con un Registro Individual en el nuevo modelo de Registro Civil (es decir, las personas inscritas en libros que recibieron Tomo y Folio; las personas inscritas en DICIREG con Código Personal no lo necesitan por poder usar la certificación literal de inscripción de nacimiento recibida por correo electrónico):
Certificado de nacimiento español
Este certificado sólo se expide a ciudadanos españoles, nacidos en Cuba e inscritos en este Registro Civil Consular. Se solicitará a través del sistema de cita previa.
Solicitar certificación de Nacimiento
El documento solicitado le será notificado vía correo electrónico. En caso de presentar algún problema, puede contactarnos o asistir a nuestro consulado.
La certificación con firma digital que recibirá por correo electrónico es válida para realizar cualquier trámite que la requiera. No es necesario que se presente en nuestro consulado para recibirla en papel.
Certificado de nacimiento español para la obtención del DNI
Este certificado sólo se expide a ciudadanos españoles, nacidos en Cuba e inscritos en este Registro Civil Consular. Solo se expide una vez en la vida y caduca a los 6 meses, contados a partir de la fecha de expedición.
Se informa que NO se adelantarán citas para la expedición/recogida de las certificaciones para DNI, por lo que, se recomienda, no reservar cita si esta es posterior a su fecha de vuelo. Se solicitará a través del sistema de cita previa.
Solicitar certificación de Nacimiento para DNI
El documento solicitado le será notificado vía correo electrónico. En caso de presentar algún problema, puede contactarnos o asistir a nuestro consulado.
La certificación con firma digital que recibirá por correo electrónico es válida para realizar cualquier trámite que la requiera. No es necesario que se presente en nuestro consulado para recibirla en papel.
La Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente. A este fin, es aconsejable anotar en la solicitud un teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.
Se presentarán los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud firmado
. - Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
- En su caso,y siempre que sea posible, se anotará en la solicitud el tomo y página de la inscripción.
- En la solicitud se indicará el tipo de certificado solicitado.
- Si se desea recibir el certificado por correo, se adjuntará un sobre franqueado con la dirección del solicitante.
Además de los documentos anteriores, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente. A este fin, es aconsejable anotar en la solicitud un teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.
Aquellas personas que ya cuenten con un Registro Individual en el nuevo modelo de Registro Civil, podrán igualmente solicitar el certificado en la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
mediante certificado electrónico
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