ELECCIONES AL CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES (CRE)
9 DE MAYO DE 2026
Fecha y lugar de celebración
Las elecciones para la renovación del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la demarcación del Consulado General de España en La Habana, convocadas el 15 de enero de 2026, tendrán lugar el sábado 9 de mayo de 2026, de 10:00 a 15:00 horas, en la sede del Consulado General situada en la calle Zulueta, nº 2, esquina a Cárcel.
Electores
Podrán votar los ciudadanos españoles que figuran inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero correspondiente al Consulado General de España en La Habana a 31-12-2025 y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes del 9 de mayo de 2026.
Candidatos
Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, que tuvo lugar el 15 de marzo de 2026, la Comisión Electoral ha aprobado las dos listas de candidatos que se indican a continuación:
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Procedimiento
Cada elector podrá votar por una de las listas indicadas.
En virtud del resultado de la votación, se elegirá a los quince consejeros del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la demarcación del Consulado General de España en La Habana.
Para poder ejercer su derecho al voto, los electores deberán identificarse con su documento de identidad.
Información adicional
Tal como establece el artículo 4 del Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero, las funciones del CRE son las siguientes:
a) Ser cauce de comunicación entre las comunidades de españoles en el exterior y las correspondientes oficinas consulares.
b) Debatir y proponer a las oficinas consulares las medidas relacionadas con su función consular que contribuyan a mejorarla en el ámbito de su circunscripción.
c) Asesorar e informar a la oficina consular en los asuntos que afecten a la comunidad española.
d) Difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones públicas en aquellos temas que afecten a los españoles residentes en la circunscripción.
e) Cooperar con la oficina consular o con otras instituciones españolas o locales para dar mayor carácter institucional a aquellas actividades que se desarrollen en beneficio de los españoles.
f) Colaborar con la oficina consular en los procesos electorales de los propios Consejos de Residentes Españoles.
g) Participar, en la forma que reglamentariamente se establezca, en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones establecidas a favor de los españoles en el exterior.