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ACUERDO ANULACION CONVOCATORIA
De acuerdo con el artículo 10 de la Orden AEC/2172/201 O, de 13 de julio y transcurrido el plazo de dos meses desde la convocatoria señalado en el artículo 7 de la citada orden sin que se haya presentado ninguna candidatura se procede a la anulación de la convocatoria.
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