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Aviso del Registro Civil Consular respecto a la conservación de la nacionalidad española de los nacidos en el extranjero después del 09.01.1985

​Las personas nacidas en el extranjero, después del 9 de enero de 1985, de padre o madre españoles nacidos en el extranjero, que ostenten, además de la nacionalidad española, otra nacionalidad extranjera, deberán presentarse en un registro civil español, en el plazo de tres años, desde el día en que cumplan los 18 años hasta el día que cumplan los 21 años, y declarar que desean conservar la nacionalidad española.

1 de febrero de 2024
Quienes residan en la demarcación del consulado general de España en Hamburgo podrán realizar el citado trámite ante el registro civil de este consulado general. Para ello deberán presentar su pasaporte o documento nacional de identidad españoles y una certificación literal de nacimiento española. Si han nacido dentro de la actual demarcación del consulado general en Hamburgo  será suficiente presentar una fotocopia del libro de familia español de sus padres.

Las personas interesadas en realizar el trámite ​pueden ponerse en contacto con la sección de registro civil de este Consulado General al Email cog.hamburgo.rgc@maec.es.