IMPORTANTE VISADO DE ESTUDIOS

25 de octubre de 2025



¿Cómo conseguir cita previa para tramitar visado de estudios en el Consulado General de Guadalajara?


 CITA PREVIA VISADO DE ESTUDIOS


¿Qué documentación es necesaria entregar el día de la cita?

 

LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN ORIGINAL Y COPIA.

 

Todos los documentos extranjeros deben presentarse legalizados o apostillados, y en caso de estar confeccionados en idioma distinto al español, acompañados de la correspondiente traducción.

1.     Formulario de solicitud de visado nacional: cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus representantes legales.

Solicitud de visado ESTUDIOS.pdf

2.     Fotografía: Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.

3.     Pasaporte válido y en vigor: original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte debe tener una validez mínima de un año y tener al menos dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.

4.     Prueba de la admisión y del pago de la matrícula para la actividad..

Original y una copia del documento que pruebe:

·         En caso de estudios superiores, estudios de educación secundaria postobligatoria y actividades formativas, documentos que acrediten la admisión y el pago de la matrícula en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios Para estudios superiores, es necesario adjuntar el RECIBO DE ABONO PARCIAL O TOTAL DEL CURSO. 

Para intercambio, es necesario adjuntar CARTA DE LA UNIVERSIDAD donde se indica que la colegiatura será pagada en las Universidades de México. EL ART.42 DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA HA SIDO MODIFICADO DE MODO QUE LA HABILITACIÓN PARA TRABAJAR SE CONCEDERÁ DE FORMA AUTOMÁTICA CON LA AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA PARA LAS SIGUIENTES CATEGORÍAS DEL ART.37.1: -ESTUDIOS SUPERIORES NOTA: SOLO SE PODRÁ SOLICITAR VISADO DE ACOMPAÑANTE DE FAMILIARES DE PERSONAS QUE CURSEN ESTUDIOS SUPERIORES DE LARGA DURACIÓN O EN EL ÁMBITO SANITARIO.

·         La admisión en un programa de movilidad de alumnos: en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos

·         El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado

5.     Prueba de la disponibilidad de medios económicosoriginal y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. 

Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad.Es necesario demostrar SOLVENCIA ECONÓMICA por un mínimo de 600 EUROS (aproximadamente 12.000 pesos MXN) por cada mes de permanencia en España. Ejemplo: Si su estancia es de 6 meses, debe comprobar una solvencia por 72.000 pesos MXN. 

Si se comprueba por medio de ESTADOS DE CUENTAS, DE CHEQUES AHORRO o INVERSIÓN en el SALDO FINAL del último mes debe tener mínimo la cantidad solicitada (presentar solo CARÁTULA). Si los comprobantes están a nombre de PADRES, HERMANOS, CÓNYUGES o ABUELOS del interesado deberán presentar: -CARTA COMPROMISO SIMPLE FIRMADA POR EL TITULAR DE LA CUENTA Y COPIA DE IDENTIFICACIÓN DEL MISMO. En caso de TÍOS y sus CÓNYUGES, así como TUTOR LEGALMENTE AUTORIZADO PARA PERSONAS DISCAPACITADAS: CARTA COMPROMISO NOTARIADA CON COPIA DE IDENTIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN DE PARETESCO.

6.     Seguro de enfermedad: original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España, con prestaciones similares las concedidas por la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, válido para la duración de la estancia prevista. Seguro de GASTOS MÉDICOS MAYORES (NO DE VIAJE) sin carencias ni copagos (deducible). Debe incluir el 100 POR 100 DE LOS GASTOS MÉDICOS y con una cobertura MÍNIMA DE 500.00 DÓLARES. Debo de cubrir un mes antes de la fecha de inicio de curso y 15 días después dela fecha de fin de curso. Anexar RECIBO DE PAGO.

7.     Certificado de antecedentes penales: cuando la duración de la estancia supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Certificado de antecedentes penales ESTATAL Y APOSTILLADO.

8.     Certificado médico: original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

9.     Prueba de la residencia en la demarcación consular: se acreditará mediante original y fotocopia de documento que acredite la residencia en la demarcación de esta Oficina Consular.

10. Prueba la identidad y capacidad del representante: si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación.

11. Autorización de los representantes legales: si la persona extranjera fuera menor de edad, y cuando estuviera a cargo de un tercero que no ostentara la patria potestad ni la tutela, deberá contar con la autorización de ambos progenitores o de quien ostente la patria potestad o tutela con carácter exclusivo para la estancia prevista en España a efectos de realizar la actividad de que se trate, con constancia del centro, la organización, entidad u organismo responsable de la actividad para la que ha sido autorizado y del periodo de estancia previsto.



¿Qué tasa hay que abonar el día de la cita?

 

1.905 MXN EN EFECTIVO Y SE PAGA EN ESTA CANCILLERÍA EL DÍA DE LA CITA. 


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