El próximo 15 de marzo de 2026 se celebrarán elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas, a efectos electorales, en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) correspondiente a estas elecciones.
Asimismo, podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular, figuren inscritas en el Censo Electoral de Residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).
A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones.
A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)
Consulta del censo electoral y reclamaciones
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de noviembre de 2025, al que se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
A estos efectos, del 26 de enero al 2 de febrero, ambos incluidos, se habilitará un servicio extraordinario de consulta del censo electoral, que podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:
1. Presencialmente, sin necesidad de cita previa, en el Consulado General de España en Guadalajara (Avenida Pablo Neruda, 2710, 5.ª planta, 44630 Guadalajara, Jalisco):
- Lunes 26 de enero, de 09:00 a 13:00 horas.
- Martes 27 de enero, de 09:00 a 13:00 horas.
- Miércoles 28 de enero, de 09:00 a 13:00 horas.
- Jueves 29 de enero, de 09:00 a 13:00 horas.
- Viernes 30 de enero, de 09:00 a 13:00 horas.
- Sábado 31 de enero, de 10:00 a 12:00 horas.
- Domingo 1 de febrero, de 10:00 a 12:00 horas.
- Lunes 2 de febrero, de 09:00 a 13:00 horas.
2. Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, a través de la dirección:
https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES ,para ello, los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.
Dentro del plazo de consulta, del 26 de enero al 2 de febrero, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar en la Oficina Consular una reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como solicitar la actualización de sus datos de inscripción, en caso de que hubieran cambiado tras el cierre del censo.
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial facilitado por la Oficina Consular y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona solicitante:
- fotocopia del DNI,
- fotocopia del pasaporte o fotocopia del permiso de conducir,
o bien una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular, en caso de no disponer de ninguno de los documentos anteriores.
Documentación electoral, modalidades de voto y plazos
Se recuerda que ya no es necesario presentar solicitud previa para el ejercicio del derecho de voto.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección que figure en la inscripción de cada elector del 7 al 13 de febrero de 2026, plazo al que deberá añadirse el tiempo de recepción postal en el extranjero.
En este primer envío, los electores recibirán:
- el sobre dirigido a la Junta Electoral competente,
- el sobre dirigido a la Oficina Consular correspondiente,
- el sobre de votación,
- los certificados de inscripción en el censo,
- y una hoja informativa con las instrucciones para votar.
Asimismo, las Delegaciones Provinciales realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 18 y el 22 de febrero de 2026, salvo que se produjeran impugnaciones de candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 28 de febrero de 2026.
Las papeletas también podrán descargarse desde el momento de la proclamación de candidaturas y hasta el 12 de marzo de 2026, a través del siguiente enlace:
http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones
En caso de utilizar esta opción, se recomienda leer detenidamente la información disponible en la página web.
Los electores, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa, podrán votar por alguna de las siguientes vías:
- Voto por correo postal certificado, cuando sea posible, dirigido a la Oficina Consular correspondiente, no más tarde del 10 de marzo de 2026. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
- Depósito del voto en urna en el Consulado General de España en Guadalajara
(Avenida Pablo Neruda, 2710, 5.ª planta, 44630 Guadalajara, Jalisco), del 7 al 12 de marzo de 2026, ambos incluidos, en los siguientes horarios:
- Sábado 7 de marzo, de 09:00 a 13:00 horas.
- Domingo 8 de marzo, de 09:00 a 13:00 horas.
- Lunes 9 de marzo, de 09:00 a 16:00 horas.
- Martes 10 de marzo, de 09:00 a 16:00 horas.
- Miércoles 11 de marzo, de 09:00 a 16:00 horas.
- Jueves 12 de marzo, de 09:00 a 16:00 horas.
Electores CERA que se encuentren temporalmente en España
Podrán solicitar el voto por correo, al igual que los residentes en España, hasta el 5 de marzo de 2026 en cualquier oficina de Correos en España, debiendo remitir el voto no más tarde del 11 de marzo de 2026.
B) Ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero, para poder votar desde el exterior, deberán constar inscritas en la Oficina Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficial en la Oficina Consular, no más tarde del 14 de febrero de 2026. Ambos trámites podrán realizarse de forma simultánea.
A tal efecto, el Consulado General estará abierto, además de los días hábiles ordinarios, de 09:00 a 13:00 horas, en las siguientes fechas:
- Sábado 7 de febrero, de 10:00 a 12:00 horas.
- Domingo 8 de febrero, de 10:00 a 12:00 horas.
- Sábado 14 de febrero, de 10:00 a 12:00 horas.
Una vez recibida la documentación remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral correspondiente en España, no más tarde del 11 de marzo de 2026, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.