Elecciones a las Cortes de Aragón de 08 de febrero de 2026

​El 08 de febrero de 2026 se celebrarán elecciones a las Cortes de Aragón.


Ayer

Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones.

También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular y figuren en el censo electoral de residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA). A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones.

A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)

Consulta del censo electoral y reclamaciones

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de octubre de 2025. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.

A estos efectos, durante los días 22 a 29 de diciembre de 2025, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:

  • Presencialmente, sin necesidad de cita previa, en el Consulado General de España en Ginebra (Avenue Blanc 53, 2ª planta, 1202 Ginebra), en el siguiente horario:
    • 22, 23 y 29 de diciembre: de 8:30h a 13:30h
    • 24, 25, 26, 27 y 28 de diciembre: de 10:00h a 12:00h
  • A través de medios informáticos, previa identificación, escribiendo a cog.ginebra@maec.es.
  • Por vía telemática, mediante identificación con el sistema Cl@ve, en https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES.

Dentro del plazo de consulta, entre el 22 y el 29 de diciembre, cualquier persona podrá presentar reclamación ante la Oficina Consular contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción si hubieran cambiado tras el cierre del censo.

Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial facilitado por la Oficina Consular y acompañarse de DNI, pasaporte, permiso de conducir o, en su defecto, certificación de nacionalidad española o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar

Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.

La Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación electoral del 03 al 09 de enero de 2026.

Las papeletas se enviarán entre el 14 y el 18 de enero de 2026, pudiendo demorarse hasta el 24 de enero de 2026 en caso de impugnación de candidaturas.

Las papeletas también podrán descargarse hasta el 05 de febrero de 2026 en http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones.

  • Voto por correo certificado a la Oficina Consular, no más tarde del 03 de febrero de 2026.
  • Depósito del voto en urna del 31 de enero al 05 de febrero de 2026, en el siguiente horario:
    • Sábado 31 de enero y domingo 1 de febrero: de 09:30h a 13:00h
    • Del lunes 2 al jueves 5 de febrero: de 8:30h a 15:30h

Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas y sobres de votación durante los días habilitados.

Electores CERA que se encuentren temporalmente en España

Podrán solicitar el voto por correo en cualquier oficina del servicio de Correos en España hasta el 29 de enero de 2026, debiendo enviar el mismo no más tarde del 04 de febrero de 2026.

B) Ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)

Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero deberán constar inscritas como no residentes en la Oficina Consular y solicitar la documentación electoral no más tarde del 10 de enero de 2026.

  • De lunes a viernes no festivos: de 8:30h a 13:30h
  • Del miércoles 24 al domingo 28 de diciembre: de 10:00h a 12:00h
  • Sábado 10 de enero: de 10:00h a 12:00h

Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente.

Una vez recibida la documentación electoral, el voto deberá enviarse por correo certificado a la mesa electoral correspondiente en España no más tarde del 04 de febrero de 2026.

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