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Servicios consulares

Baja del Registro de Matrícula

Documentación a presentar

  • Formulario de solicitud de bajaSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada, indicando claramente cuántos certificados de baja se necesitan y para qué fin se solicitan.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte del solicitante y, en su caso, del DNI o pasaporte del progenitor o tutor firmante.
  • Si la baja se solicita para importación de un automóvil en España, fotocopia del certificado de matriculación del país de origen.

Los españoles que regresen a España se deberán empadronar en el municipio al que trasladen su residencia.

Los españoles que trasladen su residencia a otro país deberán tramitar una nueva alta como residentes en la Oficina Consular del país del destino, que producirá la baja en la Oficina Consular de procedencia.

Se podrá solicitar la baja antes de tramitar la nueva alta, pero esa baja no tendrá efectos padronales hasta que no se solicite el alta en la oficina consular del país de destino o en el municipio de residencia en España.

Procedimiento

No se tramitan bajas en el Registro de Matrícula Consular de forma presencial ni las solicitudes recibidas por correo postal. La solicitud de baja debe tramitarse por correo electrónico.

El no seguir estrictamente las instrucciones siguientes supondrá retrasos en la tramitación de la baja.

  1. Cumplimentar a ordenador todos los campos del formulario de solicitud.Se abre en ventana nueva

    Si se solicita certificado de baja y no se indica una dirección de correo electrónico en el formulario de solicitud o dicha dirección no es la misma desde la que se envíe la solicitud, no se expedirá el certificado.

    Si el solicitante es persona menor de edad o incapacitada, el formulario de solicitud debe ser firmado por su representante legal (progenitor o tutor).

    Si el formulario de solicitud se firma electrónicamente, debe utilizarse un certificado electrónico reconocido por la Administración General del Estado.Se abre en ventana nueva

    Si el formulario de solicitud no se firma electrónicamente, imprimirlo, firmarlo manualmente y escanearlo en formato pdf.

  2. Escanear en formato pdf el resto de la documentación necesaria (un archivo pdf por cada documento), dando a cada archivo pdf un nombre representativo de su contenido.
  3. Si el solicitante es persona menor de edad o incapacitada se deben escanear en formato pdf también tanto el documento identificativo del representante que firma el formulario de solicitud como la documentación justificativa de la representación (libro de familia / certificado literal de nacimiento o documento oficial que la establezca).

  4. No se admitirán otros formatos distintos al pdf ni el envío en varios correos electrónicos. Preparar borrador de e-mail pulsando este enlace. En el asunto del correo se debe hacer constar sólo: “SOL BAJA RMC” y los dos APELLIDOS de la persona a dar de baja (ejemplo: SOL BAJA RMC GARCÍA PÉREZ).
  5. Esperar a que el Consulado conteste por correo electrónico, bien requiriendo la subsanación de la solicitud, o bien confirmando la baja y remitiendo, en su caso, el certificado de baja. Hasta que el Consulado conteste, no se atenderán los correos electrónicos que se reciban sobre el mismo asunto. El plazo de espera puede ser de entre 2 y 4 semanas.
  6. Si el Consulado requiriese la subsanación, deberá repetirse el proceso desde el principio, adjuntando de nuevo toda la documentación necesaria, ya que el Consulado no archiva el correo inicial con la documentación incompleta.

Normativa básica

  • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.

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