Para obtener un certificado de baja consular es necesario haber solicitado la baja del Registro de Matrícula Consular (ver apartado “Baja del Registro de Matrícula). La baja del Registro y el certificado de baja consular se pueden solicitar al mismo tiempo.
Documentos necesarios
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Solicitud de certificado de baja indicando la finalidad para la que se solicita. Formulario de solicitud.
- Copia del DNI o del pasaporte del solicitante.
- Si el solicitante es menor de edad, se aportará además, copia del DNI o pasaporte del progenitor que firme la solicitud. Si el progenitor no está inscrito como residente en el Registro de Matrícula consular, se aportará también copia del Libro de Familia o del certificado de nacimiento del menor.
Procedimiento
La solicitud se envía por correo electrónico. También se puede presentar acudiendo personalmente a la Oficina Consular.
Si aún no se ha solicitado la baja en el Registro de Matrícula Consular (RMC), debe solicitarse el certificado a través de este enlace
junto a dicha baja.
No se tramitan solicitudes de certificado de baja en el RMC recibidas por correo postal.
El no seguir estrictamente las instrucciones siguientes supondrá retrasos en la tramitación de la solicitud.
Excepcionalmente, si no se dispone de dirección de correo electrónico, la solicitud se puede presentar personalmente junto al resto de documentación necesaria que se indica a continuación y un sobre con la misma dirección que se indique en el formulario de solicitud y con franqueo suficiente para el envío certificado. Ni la solicitud se comprueba ni el certificado se entrega en el momento. Si la solicitud está incompleta o no se han cumplido los requisitos anteriores y no se ha indicado en el formulario de solicitud un teléfono de contacto, la misma se archivará sin más trámite. Si el envío postal es devuelto por la empresa de correos, el certificado deberá ser recogido personalmente por el solicitante.
Si se dispone de dirección de correo electrónico:
- Cumplimentar a ordenador todos los campos del formulario de solicitud.

Si no se indica una dirección de correo electrónico en el formulario de solicitud o dicha dirección no es la misma desde la que se envíe la solicitud, no se expedirá el certificado.
Si el solicitante es persona menor de edad o incapacitada, el formulario de solicitud debe ser firmado por su representante legal (progenitor o tutor).
Si el formulario de solicitud se firma electrónicamente, debe utilizarse un certificado electrónico reconocido por la Administración General del Estado.
Si el formulario de solicitud no se firma electrónicamente, imprimirlo, firmarlo manualmente y escanearlo en formato pdf.
- Escanear en formato pdf el resto de la documentación necesaria (un archivo pdf por cada documento), dando a cada archivo pdf un nombre representativo de su contenido.
Si el solicitante es persona menor de edad o incapacitada se deben escanear en formato pdf también tanto el documento identificativo del representante que firma el formulario de solicitud como la documentación justificativa de la representación (libro de familia / certificado literal de nacimiento o documento oficial que la establezca).
- No se admitirán otros formatos distintos al pdf ni el envío en varios correos electrónicos. Preparar borrador de e-mail pulsando este enlace. En el asunto del correo se debe hacer constar sólo: “SOL CERTIFICADO BAJA RMC” y los dos APELLIDOS de la persona de baja (ejemplo: SOL CERTIFICADO BAJA RMC GARCÍA PÉREZ).
- Esperar a que el Consulado conteste por correo electrónico, bien requiriendo la subsanación de la solicitud, o bien remitiendo el certificado de baja. Hasta que el Consulado conteste, no se atenderán los correos electrónicos que se reciban sobre el mismo asunto. El plazo de espera puede ser de entre 2 y 4 semanas.
Si el Consulado requiriese la subsanación, deberá repetirse el proceso desde el principio, adjuntando de nuevo toda la documentación necesaria, ya que el Consulado no archiva el correo inicial con la documentación incompleta.
El certificado, firmado digitalmente, se recibirá por correo electrónico. También se podrá retirar personalmente.
Cuando el solicitante se encuentre ya en España, el certificado se podrá solicitar por correo electrónico a la oficina consular donde esté inscrito. La oficina consular lo enviará, firmado electrónicamente, al correo del solicitante.
El certificado de baja es gratuito.