El Número de identificación Fiscal (NIF) es necesario para realizar trámites ante la Agencia Tributaria cuando no se dispone de DNI o NIE.
Pueden obtener un NIF a través de la Oficina Consular:
- Los españoles residentes en el extranjero que no tengan DNI y estén inscritos en el Registro de Matrícula Consular (NIF L)
- Los extranjeros residentes en la demarcación consular que no tengan NIE (NIF M)
- Las personas jurídicas con sede social en la demarcación consular (NIF N)
Procedimiento
La solicitud se puede presentar personalmente o a través de representante.
ESPAÑOLES RESIDENTES INSCRITOS EN EL REGISTRO DE MATRÍCULA CONSULAR DE ESTE CONSULADO GENERAL QUE NO TENGAN DNI (NIF L)
Si aún no se ha inscrito como residente en el Consulado, debe hacerlo antes de solicitar cita previa para el NIF.
Se debe solicitar cita previa por correo electrónico.
En el asunto se debe hacer constar solamente: SOL CITA NIF.
En el cuerpo del correo se debe indicar el nombre y apellidos, en mayúsculas, y la fecha de nacimiento de la persona para la que se desea la cita, y tres días, de lunes a viernes, excepto festivos, en los que dicha persona tiene disponibilidad para acudir personalmente al Consulado entre las 08:30 y las 13:00 horas.
Se debe adjuntar pdf con copia del pasaporte. No se admiten otros formatos de archivo.
Los correos que se reciban sin respetar lo anterior no serán tramitados.
Una vez analizada la solicitud de cita, el Consulado, o bien confirmará la solicitada, o bien propondrá otra alternativa si aquella no fuese posible.
El día de la cita se debe mostrar el correo de confirmación del Consulado para poder ser atendido. Si no se puede acudir a la cita, se ruega se comunique para poder asignar la cita a otro ciudadano.
Se debe acudir a la cita con toda la documentación requerida indicada más abajo.
EXTRANJEROS RESIDENTES EN LA DEMARCACIÓN CONSULAR DE ESTE CONSULADO GENERAL QUE NO TENGAN NIE (NIF M)
No es posible solicitar su NIF en este Consulado General si su residencia no radica en la demarcación consular de este Consulado General.
Ciudadanos alemanes - Se debe solicitar cita previa por correo electrónico.
Ciudadanos NO alemanes - Se debe solicitar cita previa por correo electrónico.
En el asunto se debe hacer constar solamente: SOL CITA NIF.
En el cuerpo del correo se debe indicar el nombre y apellidos, en mayúsculas, y la fecha de nacimiento de la persona para la que se desea la cita, y tres días, de lunes a viernes, excepto festivos, en los que dicha persona tiene disponibilidad para acudir personalmente al Consulado entre las 08:30 y las 13:00 horas.
Los ciudadanos alemanes deben adjuntar pdf con copia de su documento de identidad alemán por ambas caras (Personalausweis). No se admiten otros formatos de archivo.
Los ciudadanos de otras nacionalidades distintas a la alemana deben adjuntar pdf con copia de su documento identificativo y de certificado de empadronamiento alemán (Meldebescheinigung) expedido en los tres meses anteriores a la fecha de envío del correo electrónico. No se admiten otros formatos de archivo.
Los correos que se reciban sin respetar lo anterior no serán tramitados.
Una vez analizada la solicitud de cita, el Consulado, o bien confirmará la solicitada, o bien propondrá otra alternativa si aquella no fuese posible.
El día de la cita se debe mostrar el correo de confirmación del Consulado para poder ser atendido. Si no se puede acudir a la cita, se ruega se comunique para poder asignar la cita a otro ciudadano.
Se debe acudir a la cita con toda la documentación requerida indicada más abajo.
PERSONAS JURÍDICAS CON SEDE SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN CONSULAR DE ESTE CONSULADO GENERAL (NIF N)
No es posible solicitar NIF de persona jurídica si los representantes legales o los socios que se hagan constar en la solicitud no tienen NIF español, por lo que en ese caso deberán tramitar antes la solicitud de su NIF particular según lo indicado en esta página.
La documentación requerida debe enviarse escaneada en formato pdf en un único correo electrónico. No se admiten otros formatos de archivo ni el envío en varios correos.
En el asunto se debe hacer constar solamente: DOC SOL NIF N.
Una vez analizada la documentación, el Consulado contactará por correo electrónico:
Si la documentación es suficiente, se ofrecerá cita para la aportación de los originales y la obtención del NIF. Si la documentación no es suficiente, se requerirá la subsanación de la misma. Documentos necesarios para obtener el NIF L o M (NIF para persona física)
- Solicitud mediante modelo 030. Se completará en línea el formulario para cada solicitante, imprimiendo y firmando los dos ejemplares (uno para la Administración y otro para el interesado).
- Pasaporte en vigor. Los extranjeros podrán aportar pasaporte o documento de identidad en vigor.
-
Certificado de empadronamiento original alemán (Meldebescheinigung) expedido en los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cita previa para el NIF. No es necesario si el solicitante es alemán y se identifica con documento de identidad alemán (Personalausweis) en el que figura su domicilio.
- Documento oficial expedido por la autoridad fiscal alemana que acredite el NIF alemán ("Steueridentifikationsnummer").
- En el caso de menores de edad y personas incapacitadas, copia del libro de familia o del certificado de nacimiento o del documento de constitución de la tutela. Además, pasaporte o DNI en vigor del progenitor o tutor.
-
Si se solicita a través de representante, documento de identidad o pasaporte en vigor del representante y documento que acredite la representación.
El solicitante deberá facilitar los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- Número o código de identificación fiscal en el país o número de pasaporte
- Nacionalidad
- Sexo
- Lugar y fecha de nacimiento
- Residencia o domicilio fiscal en el extranjero
- En su caso, nombre y apellidos y NIF del representante legal del menor o persona incapacitada
Documentos necesarios para obtener el NIF N (NIF para persona jurídica)
- Solicitud mediante modelo 036. Se completará en línea y se imprimirá y firmará.
- Pasaporte o documento de identidad en vigor de la persona que firme la solicitud.
- Documento acreditativo del NIF del representante.
-
Documento que acredite la existencia de la sociedad y los datos que se deben aportar (ver más abajo)
Extracto del registro mercantil alemán expedido dentro del mes anterior a la fecha de solicitud del NIF que contenga al menos la siguiente información de la entidad:
- Denominación o razón social.
- Forma jurídica.
- Domicilio.
- Fecha de constitución y de la primera inscripción registral.
- Capital social de constitución.
- Identificación de los representantes.
- Identificación de los socios, herederos o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Documento oficial expedido por la autoridad fiscal alemana que acredite el NIF alemán ("Steueridentifikationsnummer") de la entidad.
- Documento que acredite que la persona que firma la solicitud tiene suficiente poder para hacerlo (certificado de la autoridad registral o fiscal del país en el conste que el solicitante es el representante legal o poder notarial otorgado por el representante legal).
-
En caso de representación mancomunada, la documentación referida al representante indicada anteriormente deberá aportarse para cada representante que actúe mancomunadamente en la solicitud, es decir:
- Pasaporte o documento de identidad en vigor.
- NIF. Si no se dispone de él, se debe solicitar previamente antes de solicitar el NIF de la entidad.
- Documento que acredite la representación.
La persona jurídica debe aportar la siguiente información:
- Si dispone o no de personalidad jurídica.
- Denominación o razón social
- Número o código de identificación fiscal atribuido en el país de residencia
- Domicilio fiscal (generalmente, el domicilio social)
- Fecha de constitución y de inscripción en el registro público correspondiente
- Capital social de constitución, en su caso
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y NIF de los representantes legales; nombre y apellidos, razón social o denominación completa, NIF, domicilio fiscal y nacionalidad del representante en España.
- En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero: nombre y apellidos o razón social o denominación completa, NIF, domicilio fiscal y nacionalidad de sus socios, herederos o partícipes.
Nota importante: No se podrá asignar el NIF a la persona jurídica si los representantes legales o los socios que se hagan constar no tienen NIF español.
Plazo de tramitación y entrega
La entrega de la documentación es presencial el día de la cita.
Para obtener más información sobre este trámite, se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria
Normativa
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.