Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Información sobre el Brexit

15 de enero de 2020

¡Novedades!


Ya está disponible en fase de prueba el nuevo servicio de atención a los ciudadanos españoles de la Ventanilla Única Brexit de la Embajada de España en Londres. Si tienes dudas sobre cómo puede afectarte el Brexit, puedes ponerte en contacto con nuestra Centralita Brexit:


Si llamas desde el Reino Unido: +44 (0) 1158 575508 .
Horario: de lunes a jueves de 9 a.m a 4 p.m y viernes de 9 a.m de 2 p.m (hora de Londres).
Si llamas desde España: +34 91 8362248
Horario: de lunes a jueves de 9 a.m a 4 p.m y viernes de 9 a.m de 2 p.m (hora española).


Además, os recordamos que este Consulado General, en coordinación con la Embajada de España en Londres, sigue disponiendo de un servicio de citas para consultas presenciales para los españoles residentes en la demarcación de Edimburgo. Las citas pueden reservarse llamando al número siguiente:
+44 (0)131 220 9721

 

Apoyo a los ciudadanos españoles con el procedimiento 'EU Settlement Scheme'


Después de la fecha Brexit, todos los ciudadanos europeos que deseen residir, trabajar o estudiar (o seguir haciéndolo) en el Reino Unido deberán pasar, obligatoriamente, por un nuevo procedimiento del Ministerio del Interior británico ('Home Office') llamado ‘EU Settlement Scheme’Se abre en ventana nueva.


Plazo para solicitar:


- En caso de acuerdo (‘deal’), los ciudadanos de la UE podrán solicitar en base al ‘EU Settlement Scheme’ hasta el 30 de junio de 2021. Para ello, es necesario que el ciudadano haya residido en el Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020.


- En caso de no acuerdo (‘no deal’), los ciudadanos de la UE podrán solicitar hasta el 31 de diciembre de 2020, pero será necesario que hayan residido en el Reino Unido antes de la fecha Brexit.


El Consulado de España en Edimburgo desea apoyar a los españoles durante este procedimiento. Aquellas personas que deseen o necesiten ser asistidos durante el procedimiento pueden solicitar cita* previa a través del correo electrónico cog.edimburgo.bre@maec.es  


Asimismo, es posible solicitar cita previa en la Embajada de España en Londres a través de la Ventanilla Única del Brexit. Pueden contactar con este servicio de la Embajada a través de emb.londres.brexit@maec.es

 
*Es necesario concertar una cita por persona. La duración aproximada será de 30 min. Todos aquellos que deseen pasar por el procedimiento deberán asistir en persona a la cita (incluidos los menores de edad).
 
En base al ‘EU Settlement Scheme’, se otorgarán dos estatus:
 
• Todos aquellos ciudadanos de la UE y sus familiares que lleven residiendo más de 5 años en Reino Unido de forma continua obtendrán el ‘settled status’ o permiso de residencia indefinido (con algunas excepciones a la regla de los 5 años de residencia).
 
• Aquellos ciudadanos de la UE y familiares que no hayan acumulado 5 años de residencia continua podrán solicitar el ‘pre-settled status’ o permiso de residencia temporal, hasta que cumplan los 5 años de residencia. Aquellos ciudadanos que obtengan el ‘pre-settled status’, cuando hayan alcanzado los 5 años residencia continua en el Reino Unido, deberán intercambiar dicha residencia temporal por el ‘settled status’ (es necesario solicitar el ‘settled status’ antes de que el ‘pre-settled status expire’).
 
El día de la cita deberá traer la siguiente documentación:
 
• Un pasaporte biométrico o un Documento Nacional de Identidad 3.0Se abre en ventana nueva (se recomienda encarecidamente que éstos tengan una fecha de expiración posterior a marzo de 2020).
• Certificado de Residencia Permanente ('Permanent Residence certificate') o el ‘Indefinite Leave to Remain’ (si lo tienen).
• National Insurance Number (si lo tienen).
• Dispositivo Android. De no poseerse, se podría facilitar uno para cumplimentar el trámite.
• Número de móvil y acceso a un correo electrónico. Si no tuviera cuenta de correo electrónico, se ayudaría a abrir una para este fin.
• Los menores de edad pueden registrarse por su propio derecho (presentando las pruebas de residencia correspondientes, tales como los certificados de escolaridad) o a través de sus progenitores (será necesario presentar un certificado de nacimiento o un documento que acredite la relación familiar, preferentemente en inglés).
• Los familiares extracomunitarios del ciudadano de la UE que deseen pasar por el procedimiento durante la fase de prueba pública deberán presentar una tarjeta de residencia biométrica emitida por el Home Office así como un documento que acredite la relación familiar.
 
Tasas:
El pasado 21 de enero de 2019, la Primera Ministra británica anunció que no será necesario pagar ninguna tasaSe abre en ventana nueva. Todos aquellos ciudadanos que ya hayan presentado una solicitud y ya hayan pagado la tasa, se les reembolsará el dinero automáticamente a la tarjeta que se haya facilitado durante la solicitud.
 
Más información y asistencia:
Si tiene más dudas sobre las consecuencias del Brexit y el 'EU Settlement Scheme' puede contactar con el buzón del Brexit de lunes a viernes de 9 h a 14 h a través de cog.edimburgo.bre@maec.es  o llamando a +44 (0) 1312201843.