INSTRUCCIONES PARA EL ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN:
- Completar la PLANILLA DE DATOS
. Si es solo un interesado, ingresar sus datos; si es un grupo familiar, debe colocar los datos de todos los interesados.
- Rellenar y firmar:
- D.N.I. del solicitante con domicilio en esta demarcación consular.
- Certificado literal de nacimiento del solicitante (expedida por el Registro Civil de donde nació) debidamente legalizado y apostillado, cuya expedición no supere máximo un año.
- Certificado literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela exiliado del solicitante. Si nació en España puede solicitarla en este enlace.
- Documentación que acredite la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela*
*La acreditación de la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela mediante la aportación de alguno de los siguientes documentos:
- A) Documentación que acredite haber sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la Administración española a los exiliados que prueba directamente y por sí sola el exilio.
- B) Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los Estados de acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.
- C) Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualesquiera otras entidades o instituciones, públicas o privadas, debidamente reconocidas por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que estén relacionadas con el exilio, bien por haber padecido exilio sus integrantes, o por haber destacado en la defensa y protección de los exiliados españoles, o por trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.
Los documentos numerados en los apartados B) y C) anteriores constituirán prueba del exilio si se presentan en unión de cualquiera de los siguientes documentos:
- Certificación del registro de matrícula de la Oficina Consular española
- Pasaporte o título de viaje con sello de entrada en el país de acogida.
- Certificaciones del Registro Civil Consular que acrediten la residencia en el país de acogida, tales como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, entre otras.
- Certificación del Registro Civil local del país de acogida que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.
- Documentación de la época del país de acogida en el que conste el año de la llegada a dicho país o la llegada al mismo por cualquier medio de transporte.
- Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, debiendo acreditarse, en estos supuestos, la salida del territorio español mediante cualquiera de los documentos enumerados en este punto.
- Deberá acreditarse la condición de exiliado cuando la salida de España se hubiera producido entre el 1 de enero de 1956 y el 28 de diciembre de 1978.
7. Se deberá presentar también la documentación que acredite el estado civil de los padres (acta de matrimonio, libretas de familia o partidas de nacimiento, si no estuvieran casados). Estos documentos no necesitan Apostilla de la Haya.
8. Si el solicitante NO es nacido en esta demarcación consular, se recomienda que revise los requisitos exigidos por el Consulado General de España que le corresponda por nacimiento por si necesitara aportar algún requisito adicional.
ÚNICO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CITA
Paso 1: El Consulado revisará la documentación que Usted envío antes del 23/10/2025. Si es correcta se le enviará las credenciales (a la dirección del correo electrónico que informó) un usuario y una contraseña con los que podrá acceder al enlace de solicitud de CITA de la Ley de Memoria Democrática. Solo se enviará este correo electrónico si toda la documentación está completa. [POR FAVOR, REVISE SU BANDEJA DE CORREO NO DESEADO]Paso 2: Una vez recibido el email con su usuario y contraseña, deberá pedir su CITA LMD AQUÍ.
(si la web de citas no se termina de cargar, pruebe a entrar a través de su celular o pruebe a cerrar y abrir de nuevo su navegador web). RECUERDE PONER SU DNI CON PUNTOS A LA HORA DE BUSCAR CITA.
Si el sistema le indica "error" a la hora de seleccionar su cita, posiblemente esté siendo seleccionada por otro solicitante simultáneamente, por lo que deberá volver a intentarlo.
-El día de la cita, deberá acudir personalmente al Consulado, a la hora indicada con los originales y copia de TODO el expediente. EL INICIO DE LA INSTRUCCIÓN DE SU EXPENDIENTE COMENZARÁ A PARTIR DE LA ENTREGA DE ESTA DOCUMENTACIÓN DE MANERA PRESENCIAL.
-Si el día de la cita NO se presentan todos los documentos solicitados, tendrá un plazo de subsanación de 30 días naturales. En caso de no completar el expediente, su solicitud se dará por desistida y se dictará resolución en este sentido.
ADVERTENCIA: Se recuerda que TODOS los solicitantes deberán contar con su justificante de credencial CSV el día que acudan a la cita consular para entregar su documentación de nacionalidad LMD, independientemente de la carpeta de Grupo Familiar que se vaya a presentar en el Consulado. Sin dicho justificante CSV, no podrá ser atendido.
¿Qué deberá tener en cuenta?
1. Acudir solo con 5 minutos de anticipación al horario de su cita.
2. No podrá ingresar a la sala con acompañantes.
3. Traer la documentación en el orden descripto en el inicio de esta página.
Debido a la gran afluencia de gente, su turno podría verse demorado.