El próximo 22 de octubre finaliza el plazo establecido para optar por la nacionalidad española al amparo de la Disposición Adicional Octava de la Ley de Memoria Democrática. Ello significa que a partir de esa fecha se continuará atendiendo exclusivamente a quienes hayan obtenido una credencial a través del sistema en vigor. Quien cuente con una credencial tendrá, así pues, garantizado el ejercicio de su derecho.
En el caso concreto del Consulado General de España en Córdoba lo anterior implica, además, que quienes vayan a presentar una carpeta familiar después del 22 de octubre deberán asegurarse de que todos sus integrantes cuenten con una credencial válida otorgada antes de esa fecha.
Se subraya, así pues, que no será atendido ni tendrá acceso a los servicios LMD de este Consulado General quien carezca de credencial a partir del 22 de octubre 2025. Solo con la credencial se tendrá acceso a una cita (un turno).
Por último, se informa de que el sistema de solicitud de cita previa y obtención de credenciales podría verse modificado en este Consulado General en próximas fechas con objeto de mejorar su funcionamiento y ajustarlo a las garantías exigidas por el ministerio de Justicia de España.