Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Elecciones a las Cortes Generales de 10 de noviembre de 2019

27 de septiembre de 2019

Detalle de los votos recibidos en el Consulado General de España en Córdoba

Se abre en ventana nueva

El próximo 10 de Noviembre se celebrarán elecciones a las Cortes Generales, según convocatoria publicada el 24 de septiembre de 2019 en el Boletín Oficial del Estado.
 
Podrán votar a través de este Consulado General:
 
A) Los españoles residentes en el extranjero inscritos con anterioridad al 1 de julio de 2019 en el censo de este Consulado General.
 
En el periodo comprendido entre el 30 de septiembre y el 7 de octubre, ambos inclusive, quienes se hallen en dicha situación, podrán consultar en este Consulado General las correspondientes listas electorales y, en su caso, formular las oportunas reclamaciones. A estos efectos, esta Oficina permanecerá abierta de 9 a 13 hs. de lunes a viernes y el fin de semana del 5 y 6 de octubre de 10 a 13 hs.
 
Se recuerda que, para poder ejercer el derecho al voto, se deberá solicitar antes del 19 de octubre el envío de la documentación electoral, remitiendo para ello por internet, correo postal o fax, formulario oficial firmado a la Delegación provincial correspondiente http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm.
 
El mencionado formulario se puede obtener en el siguiente enlace
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Documents/EleccionesGeneralesNoviembre2019/impresos%20solicitud%20vxc%20CERA.ECG2019_2.DESCARGA%20%2810nov19%29-1.CASTELLANO.PDF
o en este Consulado General.

En este proceso, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la LOREG (añadida por la Ley Orgánica 2/2016), en su apartado 2.m), los electores que hubieran solicitado el voto para las elecciones a Cortes Generales de 28 de abril de 2019, siempre que su solicitud fuera aceptada y continúen inscritos en el CERA vigente para estas elecciones, no deberán solicitarlo de nuevo, dado que la OCE les enviará de oficio la documentación.

Recibida la documentación electoral en el domicilio se podrá ejercer el derecho al voto por dos vías:

 
1. Por correo: se deberá remitir la documentación electoral a esta Oficina Consular no más tarde del 5 de noviembre mediante correo certificado.
 
2. En urna: se deberá depositar el voto en este Consulado General durante los días 
-6 y 7 de noviembre en el horario de 9 a 18 hs.
-8 de noviembre de 9 a 13 hs.
-9 de noviembre de 10 a 18 hs.
-10 de noviembre de 10 a 13 hs.
 
B) Los electores españoles residentes en España que temporalmente se hallen en esta demarcación consular (ERTA).
 
Hasta el 19 de octubre inclusive deberán solicitar la documentación electoral de manera presencial en este Consulado General mediante impreso oficial que esta Oficina remitirá a la Delegación provincial correspondiente.  A estos efectos este Consulado atenderá de lunes a viernes en el horario de 9 a 13 hs. y también el sábado 19 de octubre de 10 a 14 hs.
 
Recibida la documentación electoral en el domicilio, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España por correo certificado no más tarde del 6 de noviembre. En ningún caso podrá depositar el voto en urna en este Consulado General.