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Actualización del procedimiento al 15/10/2025
Debido a la ampliación en la recepción de expedientes familiares, la atención podría verse demorada
1. ¿QUÉ SON LOS EXPEDIENTES FAMILIARES?
• A partir del 23/10/2025, TODOS los integrantes del grupo familiar deben forzosamente contar con su respectiva credencial con Código CSV. Asegurese de obtenerla antes de la fecha mencionada, puesto que no se otorgarán credenciales con posterioridad. La presencia en el grupo familiar de integrantes sin credencial dará lugar a la cancelación de la cita.
POR LO QUE SE REFIERE AL TURNO, BASTA CON QUE UN SOLO INTEGRANTE DE LA FAMILIA LO SOLICITE PARA TODO SU GRUPO.
A) Solo padre o madre (nietos de originariamente españoles) con sus hijos (Supuesto 1.A y 3) y también los hijos de estos por Supuesto 3 mayores de edad. B) Solo hermanos (nietos de originariamente españoles) que ingresan por el Supuesto 1.A y únicamente sus hijos por el Supuesto 3. C) Los Supuestos 3, cuyo padre o madre del Supuesto 1.A que ya presentaron su expediente (y además tienen un comprobante de solicitud de Anexo VII), pueden presentarse junto con sus hijos y nietos que sean Supuesto 3 y mayores de edad.D) Hijos de padre o madre que adquirieron la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica de 2007 (Disposición Adicional 7ª) o por la Ley de Memoria Democrática de 2022 (Disposición Adicional 8ª). Estos hijos (y sus hijos) podrán hacer solicitud por el Supuesto 3.E) Hijos de padre o madre que recuperaron su nacionalidad (art. 26 del CC) o bien optaron (art. 20.1.b del CC), o bien son hijos/as de inscritos como españoles (directos sin haber nacido en España). A estos les corresponde tramitarlo por el Supuesto 1.A, así como a los hijos/as de estos (y a sus hijos) a quienes les corresponde lo previsto en el Supuesto 3.
1. Nieto/a del español/a bajo (Supuesto 1.A): los requisitos son los mismos que constan en nuestra web para este Supuesto 1.A.
2. Hijos/as de los Supuestos 1.A (presentan por Supuesto 3): los requisitos son los mismos que constan en nuestra web para este Supuesto 3.
3. Solicitantes por Supuesto 3: siempre por EDAD, de mayor a menor. En caso de que alguno de estos solicitantes no acuda por cualquier razón, se continuará con el orden de mayor a menor de los hermanos.
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