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Servicios consulares

Alta de residente y de no residente

El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Las personas de nacionalidad española que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.

Como no residente: Las personas de nacionalidad española que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Esta inscripción no es obligatoria, aunque es muy recomendable.

El alta como no residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.

Alta de residente

Documentos a presentar

  • Formulario de solicitud de inscripción como residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por la persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores, en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En caso de disponer de un DNI o de un Pasaporte, se deberá obligatoriamente consignar uno de ambos números. Si la persona solicitante no poseyera ninguno, podrá dejar en blanco las casillas correspondientes.

  • Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electoralesSe abre en ventana nueva, rellenado y firmado por la persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En este formulario se indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de personas de nacionalidad española que nunca han residido en España

  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia:

    1. Documento acreditativo de su estatus migratorio en los Estados Unidos: tarjeta de residente permanente (Green Card), permiso de trabajo / visado de trabajo, de estudios, documento de entrada en los Estados Unidos, etc., original y copia.
    2. Documento acreditativo del domicilio en esta demarcación consular: algún documento donde conste el nombre y apellidos del solicitante y su dirección actual, por ejemplo facturas de agua o electricidad, contrato alquiler, etc., original y copia. La prueba de domicilio de un titular será válida para todos los miembros de la unidad familiar que convivan en el mismo domicilio.
    3. En caso de tener la nacionalidad de Estados Unidos, certificado de Naturalización (donde ya conste la fecha de adquisición), original y copia.

  • Con carácter voluntario se podrá aportar una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • Para menores de edad se aportará el certificado literal de nacimiento y, en su defecto, una fotocopia del libro de familia.

Procedimiento

Existen dos procedimientos:

  1. La solicitud se realiza presencialmente sin cita previa en horario de atención al público (de 09’00 a 13’00h, de lunes a viernes, no festivo).

  2. Debe traer presencialmente la solicitud de inscripción, el formulario de elección de municipio a efectos electorales, debidamente rellenados y firmados, y el resto de los documentos a presentar (los originales, una vez cotejados con las copias aportadas, se devuelven en el momento).

    Una vez completada la inscripción, se le entregará el número de Registro de Matrícula Consular. Dicho número es necesario para realizar determinados trámites consulares, como solicitar cita para un pasaporte, por lo que se recomienda conservarlo en un lugar seguro.

  3. La solicitud se envía por correo postal enviando una carta a la siguiente dirección: Consulado General de España en Chicago. Departamento de Nacionales, 180 N. Michigan Ave., suite 1500, Chicago, IL 60601.
  4. Al introducir la documentación en el sobre es muy importante verificar que los dos formularios han sido completados con letra clara en todos sus apartados obligatorios y firmados por el solicitante (si se trata de un menor de edad, firmarán ambos progenitores) y que se han adjuntado a la solicitud todos los documentos necesarios.

    No se deben enviar originales del DNI o pasaporte, ni del resto de la documentación solicitada. Las copias de los documentos a presentar deben estar notariadas.

    En casos justificados, el Consulado podrá convocar al solicitante para que presente la documentación original.

    Una vez recibida la solicitud, el Consulado realizará la inscripción y enviará el número de Registro de Matrícula Consular por correo electrónico, siempre que se facilite ese dato.

    Para recibir el número de Registro de Matrícula Consular por correo postal, será necesario adjuntar a la solicitud de alta un sobre franqueado con el nombre, apellidos y la dirección del solicitante.

    En caso que requiera una asistencia relacionada con este trámite, envíe por favor un correo electrónico indicando en el asunto del mensaje su solicitud e identificándose con nombre y apellidos a: cog.chicago.nac@maec.es

    El número de Registro de Matrícula Consular es necesario para realizar determinados trámites consulares, como solicitar cita para un pasaporte, por lo que se recomienda conservarlo en un lugar seguro.

    Normativa básica

    • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

    Alta de no residente

    Documentación a presentar

    • Formulario de inscripción como no residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.
    • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
    • Con carácter voluntario se podrá aporta una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).

    Procedimiento

    El procedimiento a seguir es el mismo que para la inscripción como residente.

    Normativa básica

    • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

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