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Consejo de Residentes Españoles


Convocatoria Elecciones CRE 2026

CONVOCATORIA ELECCIONES DEL CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES EN EL EXTERIOR 2026 

 

CONVOCATORIA ELECCIONES CRE 2026 

De conformidad con el artículo 4 de la Orden Ministerial AEC/2172/2010, de 13 de julio de 2010, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el exterior, se convocan las elecciones para la constitución del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la circunscripción del Consulado General de España en Caracas, compuesto de un total de quince consejeros.

Las candidaturas para las elecciones deberán presentarse en esta Oficina Consular, en el plazo de dos meses, a contar desde la inserción de este acuerdo de convocatoria en el tablón de anuncios de esta Oficina Consular, es decir, hasta el 13 de marzo de 2026, con los requisitos que establece el artículo 8 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010 antes mencionada.

Son electores para la designación del Consejo de Residentes Españoles todos los españoles y españolas que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero correspondiente a Venezuela en el último día del mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria de elecciones y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la celebración de las mismas.

Terminado el plazo de presentación de listas, se procederá, en el plazo de siete días hábiles, a designar una Comisión Electoral integrada por los representantes de las listas presentadas y por un máximo de cinco miembros propuestos por las asociaciones o centros españoles de la circunscripción que cuenten con más de 50 socios y tengan al menos un año de existencia legal.

Las Elecciones se celebrarán en la fecha que fije la Comisión Electoral (constituida según el artículo 11 de la citada Orden Ministerial), entre los días 28 de abril y 13 de mayo de 2026, todo ello de acuerdo con los plazos establecidos en la citada Orden Ministerial de 13 de julio de 2010.

En Caracas, a 15 de enero de 2026.

Ramon Molina Lladó

Cónsul General



El Consejo de Residentes Españoles es un órgano de carácter consultivo y asesor, adscrito al Consulado General de España en Caracas.
 

Competencias​​​ 

El Consejo de Residentes Españoles desarrolla su actividad respecto de las siguientes materias:

  • Derechos civiles y laborales que correspondan a los españoles en la circunscripción consular, de conformidad con el derecho internacional.

  • Inserción de los alumnos españoles en el sistema educativo del país, actividades que al amparo de la ley local o de los tratados puedan establecerse para asegurar el mantenimiento de los vínculos culturales con España y, en general, las actividades propias de la acción educativa de España en el exterior.

  • Participación de los residentes españoles en la vida política de España, de acuerdo con la legislación española, la del país de residencia y el derecho internacional.

  • Acción social y cultural a favor de los españoles.

Respetando en toda su integridad las funciones y atribuciones del Cónsul General, las disposiciones del derecho interno francés y el derecho internacional convencional o consuetudinario, el Consejo de Residentes Españoles, respecto de las materias enumeradas anteriormente, tiene las siguientes funciones:

  • Ser cauce de comunicación entre las comunidades de españoles en el exterior y el Consulado General.

  • Debatir y proponer al Consulado General las medidas relacionadas con su función consular que contribuyan a mejorarla en el ámbito de su circunscripción.

  • Asesorar e informar al Consulado General en los asuntos que afecten a la comunidad española.

  • Difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones públicas en aquellos temas que afecten a los españoles residentes en la circunscripción.

  • Cooperar con el Consulado General o con otras instituciones españolas o locales para dar mayor carácter institucional a aquellas actividades que se desarrollen en beneficio de los españoles.

  • Colaborar con el Consulado General en los procesos electorales del Consejo de Residentes Españoles.

  • Participar, en la forma que reglamentariamente se establezca, en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones establecidas a favor de los españoles en el exterior.

Composición 

El Consejo de Residentes Españoles está integrado por quince consejeros elegidos por los ciudadanos españoles que integran el Censo Electoral de Residentes Ausentes por sufragio universal, libre, directo y secreto. El mandato de los consejeros tiene una duración de cuatro años.
 

Las últimas elecciones se celebraron en mayo de 2021 y el actual Consejo se encuentra integrado por los siguientes consejeros:

Presidente: Da. Isabel Jara Noda

Secretario: Da. Ana María Navarro Rodríguez

Consejeros

    • D. Manuel Rodríguez Alvarez
    • D. Edgar Benaim Carciente
    • D. Lorenzo Rolo Afonso 
    • D. Miguel Bobes García
    • D. Oscar Vila Martínez
    • D. Christian González Nogueira
    • D. Javier Pérez Parejo 
    • D. José Alejandro González ​
    • D. Javier Medina Padrón
    • D. José Manuel Francisco Hernández
    • D. Juan Antonio García García
    • D. Juan José Riestra de Luca
    • D. Juan Carlos Caplonch Calderón

Contacto  ​​​

Normativa y más información​ 

La normativa reguladora del Consejo de Residentes Españoles se encuentra recogida en las siguientes disposiciones:

Además, si desea más información, puede consultar el portal de la Ciudadanía Española en el ExteriorSe abre en ventana nueva. ​






Convocatoria Elecciones CRE 2026

CONVOCATORIA ELECCIONES DEL CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES EN EL EXTERIOR 2026 

 

CONVOCATORIA ELECCIONES CRE 2026 

De conformidad con el artículo 4 de la Orden Ministerial AEC/2172/2010, de 13 de julio de 2010, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el exterior, se convocan las elecciones para la constitución del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la circunscripción del Consulado General de España en Caracas, compuesto de un total de quince consejeros.

Las candidaturas para las elecciones deberán presentarse en esta Oficina Consular, en el plazo de dos meses, a contar desde la inserción de este acuerdo de convocatoria en el tablón de anuncios de esta Oficina Consular, es decir, hasta el 13 de marzo de 2026, con los requisitos que establece el artículo 8 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010 antes mencionada.

Son electores para la designación del Consejo de Residentes Españoles todos los españoles y españolas que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero correspondiente a Venezuela en el último día del mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria de elecciones y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la celebración de las mismas.

Terminado el plazo de presentación de listas, se procederá, en el plazo de siete días hábiles, a designar una Comisión Electoral integrada por los representantes de las listas presentadas y por un máximo de cinco miembros propuestos por las asociaciones o centros españoles de la circunscripción que cuenten con más de 50 socios y tengan al menos un año de existencia legal.

Las Elecciones se celebrarán en la fecha que fije la Comisión Electoral (constituida según el artículo 11 de la citada Orden Ministerial), entre los días 28 de abril y 13 de mayo de 2026, todo ello de acuerdo con los plazos establecidos en la citada Orden Ministerial de 13 de julio de 2010.

En Caracas, a 15 de enero de 2026.

Ramon Molina Lladó

Cónsul General