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Información servicios consulares

Permiso de conducción

El titular de un permiso de conducir expedido en España puede solicitar la renovación a través de la Oficina Consular de su lugar de residencia.

También puede solicitar la expedición de un duplicado en caso de sustracción, pérdida o deterioro del original, o cuando se hayan modificado sus datos personales.

Cuando el titular resida en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, estará obligado a solicitar el canje del permiso de conducir español a las autoridades competentes del país de residencia.

En estos casos, no será posible tramitar la renovación ni el duplicado a través de la Oficina Consular, a excepción de los funcionarios españoles destinados en el exterior.

El certificado de legalidad o de autenticidad es expedido por la Jefatura de Tráfico española que emitió el permiso. Dicho certificado podrá solicitarse por correo postal o a través de un autorizado, que presencialmente podrá realizar la petición en nombre del titular cumpliendo los requisitos que figuran en la web: www.dgt.es

Se debe tener en cuenta que el certificado de legalidad o autenticidad deberá estar legalizado con el Apostillado de La Haya (que se tramita en España) para que sea válido ante las Autoridades Argentinas.

CONDUCIR EN ESPAÑA:

Por un plazo de 90 días desde el ingreso a España, se puede conducir con la Licencia de conducir, en este caso, argentina o con la licencia de conducir internacional. En caso de que la estancia fuese mayor, deberá consultar en la web: www.dgt.es sobre procedimientos de canje. De precisar la baja consular, ingrese a esta misma página, apartado "Inscripción Consular", "Baja del Registro de Matrícula".

Renovación del permiso de conducción

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

La presentación de la solicitud de prórroga se realiza mediante cita previa, la que se obtiene en la página web de gestión de citas de este Consulado General: www.cgeonline.com.ar

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud, mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar la renovación).
  • Permiso de conducir a renovar (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • Permiso de residencia o DNI argentino con domicilio en la demarcación de Buenos Aires. Consulte en esta misma página, pestaña Consulado, la demarcación consular que pertenece a esta Oficina consular.

  • Dos fotografías en color, recientes, sobre fondo blanco, tomadas de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara.
  • Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico local, debiendo especificar que el solicitante es apto para la conducción. El informe llevará adherida una fotografía del solicitante, que será idéntica a la que se adjunte al impreso de solicitud (talón-foto). El médico deberá poner su firma por encima de la fotografía. La Oficina Consular legitimará la firma del médico.

  • Prueba del pago de la tasa de renovación. El importe exacto de la tasa es: Para conocer el coste de la renovación de los permisos de conducción ingrese a: www.dgt.es

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse varios meses.

Una vez recibido el permiso de conducción se notificará por correo electrónico al solicitante de su recepción y se coordinará la fecha de entrega.


Duplicado del permiso de conducción en caso de sustracción o pérdida o de modificación de datos

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar el duplicado).
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • En caso de robo o extravío, se completará la declaración de pérdida o sustracción de documentos españolesSe abre en ventana nueva, que se podrá completar en la Oficina Consular. Esta declaración no sustituye a la denuncia. La denuncia ante la policía local no es obligatoria, pero sí es muy conveniente, para evitar responsabilidades derivadas del uso fraudulento del documento por parte de terceras personas.
  • En caso de deterioro, original y copia del permiso a sustituir. La copia será compulsada por la Oficina Consular
  • Prueba del pago de la tasa por duplicado. El importe exacto de la tasa es: Para obtener información de las tasas vigentes para permisos de conducción, consulte la página web de la Dirección General de Tráfico española: www.dgt.es

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse de dos a tres meses.


Canje del permiso de conducir

Cuando el titular de un permiso de conducir expedido en España se encuentre residiendo en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, no se podrá tramitar la renovación ni la expedición de duplicados a través de la Oficina Consular.

El interesado deberá solicitar el canje de su permiso de conducir español por un permiso expedido por las autoridades competentes del país en el que reside.

Para CANJE de una licencia de conducir extranjera en ESPAÑA, consulte los requisitos en la web: www.dgt.es

De precisar la baja consular, ingrese a esta misma página, apartado "Inscripción Consular", "Baja del Registro de Matrícula" para iniciar su solicitud.


Para obtener más información se puede consultar la página web de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva.

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