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Elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020

9 de junio de 2020
 INFORMACIÓN IMPORTANTE: AMPLIACION DE PLAZOS
 
La Junta Electoral Central, por Acuerdo de fecha 3 de junio de 2020, ha acordado medidas para ampliar algunos plazos del proceso electoral de las elecciones al Parlamento del País Vasco y las elecciones al Parlamento de Galicia, que tendrán lugar el próximo 12 de julio de 2020:
 
1. Respecto al plazo de solicitud de la documentación electoral, la Junta Electoral Central ha ampliado hasta el martes 16 de junio la fecha límite para enviar la solicitud de voto CERA a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (con anterioridad, este plazo terminaba el 13 de junio).
 
2. Se ha ampliado al martes 16 de junio la fecha límite para solicitar el voto ERTA para los españoles residentes temporales en el extranjero que prevean no encontrarse en España el día de la votación. Puede presentar la solicitud en este Consulado General hasta el martes 16 de junio, en horario de 10 a 13 horas. A estos efectos, este Consulado abrirá el sábado 13 de junio de 10 a 13 horas.
  
3. En relación con las modalidades de votación, la Junta Electoral Central ha ampliado hasta el sábado 11 de julio la fecha límite para enviar, por correo certificado a la Oficina Consular, el sobre con la documentación electoral. Por otro lado, se ha ampliado el plazo de voto en urna, que incluirá los días 11 y 12 de julio, además de los días 8 a 10 de julio.
 
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El próximo 12 de julio de 2020 se celebrarán elecciones al Parlamento de Galicia y al Parlamento del País Vasco según convocatorias publicadas el 19 de mayo de 2020.
Podrán votar a través de este Consulado General:
A) Los españoles residentes en el extranjero, inscritos en el censo de este Consulado General por algún municipio del País Vasco o Galicia. El censo vigente es el cerrado a 1 de marzo  de 2020. En el periodo comprendido entre el 25 de mayo y el 01 de junio, ambos inclusive, quienes se hallen en dicha situación podrán consultar en este Consulado General las correspondientes listas electorales y, en su caso, formular las oportunas reclamaciones. Exclusivamente a estos efectos, este Consulado permanecerá abierto de 10 a 13 horas desde el lunes 25 de mayo hasta el lunes 1 de junio, incluidos el sábado 30 y el domingo 31 de mayo. También pueden realizar consultas, previa identificación de los interesados, contactando por email a este Consulado General en la dirección cog.bahiablanca@maec.es. Asimismo, dicha consulta podrá realizarse por vía telemática en la dirección https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones, en el caso de personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE.
Para ejercer el derecho al voto, los electores deberán solicitar el envío de la documentación electoral, no más tarde del 16 de junio, a la Delegación provincial correspondiente de la Oficina del Censo Electoral por la que figuran censados.  Para ello, deben remitir por internet, correo postal o fax el formulario oficial firmado a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. Se recuerda que las solicitudes de voto realizadas para los procesos electorales suspendidos no son válidas para esta convocatoria.
 
Puede obtener el formulario para solicitar la documentación electoral de forma presencial en este Consulado General o en los siguientes enlaces:
 
Puede obtener datos de contacto de las diferentes Delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el siguiente enlace:
Recibida la documentación electoral en el domicilio, se podrá ejercer el derecho al voto por dos vías:
 1. Por correo certificado: se deberá remitir la documentación electoral a esta Oficina Consular, no más tarde del día 11 de julio, mediante correo certificado.
 2. Depósito en urna: en este Consulado General durante los días 8 a 12 de julio, ambos incluidos. Los horarios de votación serán comunicados próximamente.
 
B) Los electores españoles residentes en el País Vasco o Galicia e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero (ERTA) y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación.
Deberán solicitar la documentación electoral de manera presencial en este Consulado General, hasta el 16 de junio inclusive, en horario de 10 a 13 horas, mediante impreso oficial que esta Oficina remitirá a la Delegación Provincial correspondiente. A estos efectos este Consulado abrirá el sábado 13 de junio de 10 a 13 horas.
El impreso oficial para solicitar la documentación electoral puede obtenerse de forma presencial en este Consulado General o en el siguiente enlace:
 
Aquéllos que todavía no estén inscritos como “no residentes” en este Consulado General deberán tramitar previamente dicha inscripción en el Registro de Matrícula.
Recibida la documentación electoral a domicilio, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España por correo certificado no más tarde del 08 de julio. En ningún caso podrá depositar el voto en urna en este Consulado General.
 
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Los electores residentes en esta demarcación consular que temporalmente se encuentren en España durante este proceso electoral podrán solicitar, hasta el 10 de julio inclusive, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA). Para ello, deberán dirigirse a una Oficina de Correos en España, donde se les informará del procedimiento a seguir.  
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 Si desea obtener información adicional puede consultar también los siguientes enlaces:
www.maec.es
www.ine.es
www.xunta.gal
www.euskadi.eus