Teniendo en cuenta la demora en la resolución de los trámites causada por la ingente cantidad de solicitudes de nacionalidad española, durante los últimos años ha habido ocasiones en las que los menores de edad, al momento de la cita para la solicitud de su nacionalidad española por opción del artículo 20 del Código Civil, presentaron la documentación encontrándose todavía pendiente de inscripción la nacionalidad de alguno de sus progenitores en virtud de la Ley de la Memoria Democrática (LMD).
En muchos de estos casos, por lo tanto, no se daba el hecho jurídico que pudiese justificar su solicitud, -esto es, el estar o haber estado sujetos a la patria potestad de un español.
Así, en el caso de esas personas a las que se les recibió el mencionado expediente por ser menores de edad en el momento en que se estaba tramitando la solicitud de nacionalidad de sus progenitores por LMD y, por lo tanto, no se daba el hecho jurídico que justificase su solicitud, -deberán ahora solicitar de nuevo una cita en el correo: cog.bahiablanca.rgc@maec.es, una vez que el progenitor esté inscrito en el Registro Civil español y cuente con la correspondiente certificación literal de nacimiento.
Para evitar un perjuicio a los menores interesados en estos casos, el procedimiento para esta nueva cita se hará con carácter preferencial y abreviado.
Se podrá, asimismo, hacer coincidir esta nueva cita -y presentar la documentación correspondiente- el mismo día que la solicitud del primer pasaporte español del progenitor que haya obtenido la nacionalidad española.
IMPORTANTE: Esto no afecta a los casos de menores de edad nacidos fuera de España que solicitaron su cita electrónica por LMD en este Consulado antes del 23 de octubre de 2025 y recibieron un justificante de que su solicitud entró en plazo, y vayan a presentar, o hayan presentado, su solicitud de opción a la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática por ser nietos/as de abuelos/as, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española (anexo I).
Cada solicitud se valorará caso por caso.
En caso de duda, recuerde puede dirigirse a: cog.bahiablanca.rgc@maec.es.
El Consulado agradece, de antemano, la comprensión y colaboración de los interesados.