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Servicios consulares

Registro de Solicitudes y Escritos

Los españoles pueden presentar en el Registro de la Oficina Consular solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de las Administraciones Públicas españolas.

Sólo se aceptarán solicitudes, escritos o comunicaciones relativos a procedimientos administrativos regulados por las leyes españolas y siempre que éstas no establezcan un procedimiento específico distinto para su presentación.

Procedimiento

El registro de solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidos a las Administraciones Públicas se realiza presencialmente por el interesado o por una persona debidamente autorizada. El interesado, o la persona autorizada, deberá acreditar su identidad con DNI o pasaporte en vigor y, en su caso, presentar la autorización.

El registro de solicitudes o documentos es gratuito.

Para la tramitación de este procedimiento, es necesario concertar cita mediante la remisión de correo electrónico

En el día de la cita, deberá personarse con los originales de la documentación a enviar para su escaneo y envío al organismo público correspondiente. En la medida que la documentación debe ser escaneada, es necesario eliminar todo tipo de grapas, clips, “gusanillo”, encuadernado o cualquier otro medio que imposibilite dicha digitalización.

En caso de que se trate de documentos cuyo tamaño, forma o encuadernación imposibilite la digitalización directa a papel Din A4, también será necesario presentar fotocopias en dicho formato de papel. Dicha fotocopia Din A4 deberá mostrar toda la superficie del documento original.

Una vez realizado el escaneo, se entregará al interesado un resguardo de la presentación.

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