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Servicios consulares

Certificado de capacidad matrimonial

Algunos países exigen la presentación de un certificado de capacidad matrimonial para poder contraer matrimonio ante las autoridades locales.

Igualmente, este certificado se suele expedir para tramitar un expediente matrimonial para la celebración del matrimonio consular o para una inscripción en España como pareja de hecho.

Los españoles inscritos como residentes en esta Oficina Consular pueden solicitar un certificado de capacidad matrimonial. Para la expedición del certificado de capacidad matrimonial se debe tramitar un expediente previo.

Requisitos

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar la solicitud.

Sólo podrán formalizar dicho trámite, aquellos ciudadanos españoles que figuren inscritos en el Registro de Matrícula Consular. Para ello, deberá remitir por vía postal la siguiente documentación:

  1. Copia del DNI o, en su defecto, copia del pasaporte.
  2. Certificado literal de nacimiento de ambos contrayentes expedido en los últimos 6 meses por el Registro Civil correspondiente al lugar de nacimiento. No será necesario aportar este certificado si el nacimiento está inscrito en esta Oficina Consular.
  3. Certificado que acredite la residencia durante los dos últimos años para cada uno de los contrayentes. Este Consulado sólo expedirá el certificado de residencia de los contrayentes españoles cuando estén dados de alta en el Registro de Matrícula Consular. Si llevaran residiendo en Países Bajos más de dos años, pero no se encuentren inscritos como residente en este Consulado General, esos dos años se acreditarán mediante certificado internacional de residencia expedido por ayuntamiento neerlandés ("Basis Registratie Persona").
  4. Datos de dos testigos con fotocopia de su pasaporte. Los testigos pueden ser nacionales de cualquier país. Los testigos deberán acudir personalmente el día de su cita en el Consulado con su pasaporte original, no siendo necesaria su presencia el día de su boda en España.
  5. Si el solicitante es divorciado, presentará además la sentencia de divorcio firme y un certificado literal del matrimonio anterior.
  6. Si el solicitante es viudo, presentará además el certificado de matrimonio anterior y el certificado de defunción del cónyuge.

Procedimiento

El certificado de capacidad matrimonial exige la comparecencia personal del interesado ante la Oficina Consular de su domicilio.

Extranjeros

Los extranjeros que necesiten un certificado de capacidad matrimonial deben acudir a las autoridades del país de su nacionalidad.

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