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Pasaportes

Pasaportes

 
Solicitud de pasaportes (1ª expedición o renovación)
 
Para solicitar la expedición o renovación del pasaporte, es requisito previo estar inscrito en el RMC (como residente o no residente).
 
El interesado deberá concertar cita (pinchar enlace)Se abre en ventana nueva y esperar un mensaje con la confirmación de la misma. Tras recibir la confirmación de la cita, el interesado deberá comparecer personalmente en el Consulado en la fecha establecida. Si se trata de menores de edad, deberán ir acompañados por ambos progenitores o por uno de ellos, con autorización legal del otro para solicitar el pasaporte o prueba de tener la patria potestad no compartida sobre el menor.
 
Se recomienda  comprobar periódicamente la caducidad del pasaporte, y  teniendo en cuenta que el nuevo proceso de expedición de pasaportes digitalizados -centralizado en Madrid - puede durar varias semanas, es aconsejable pedir su renovación con la suficiente antelación, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de su caducidad y en cualquier caso  con un mínimo 3 semanas antes de su caducidad o de la fecha prevista del viaje.
Para expedir un pasaporte a un menor, es necesario el consentimiento y firma de ambos progenitores. En caso de ausencia de uno de ellos, este deberá presentarse en la comisaría de policía que le corresponda en España y rellenar el impreso de consentimiento para expedir un pasaporte a un hijo menor. En el supuesto de que el progenitor ausente se encuentre en el extranjero, realizaría este trámite en el Consulado General correspondiente.
 
El pasaporte se retirará en el Consulado, personalmente o mediante persona debidamente autorizada (la autorización deberá haberse realizado en el mismo Consulado o ante fedatario local).
 
Asimismo deberá traer consigo: 
  • pasaporte pendiente de renovar y DNI en vigor si lo posee. En caso de pérdida o robo, deberá aportar la correspondiente denuncia efectuada ante la policía local. Si se trata del primer pasaporte, certificación literal de nacimiento reciente con la mención de que expide para la obtención del primer pasaporte.
  • libro de familia, cuando se trate de menores.
  • 1 fotografía reciente en color, tamaño carnet, sobre fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, sin gafas de cristales oscuros o cualquier prenda que impida la identificación de la persona.
  • la tasa establecida se abona en metálico al cursar la solicitud es de 330 DHS (tasas).
  • a los solicitantes mayores de 12 años se les tomará las huellas antropométricas.
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     Para conocer el estado de su solicitud de pasaporte, pinche en el enlace a continuación:
     
     
Información importante sobre conservación de la nacionalidad española
 
En virtud de lo que establecen los apartados 1 y 3 del artículo 24 del Código civil, se recuerda a aquellos residentes en esta demarcación consular que ostenten otra nacionalidad que la española que deberán solicitar la conservación de su nacionalidad española en los tres años siguientes a su mayoría de edad o emancipación.
 
El trámite de conservación se realiza ante el Encargado del Registro Civil de su domicilio evitando así la pérdida de la nacionalidad española.
 
 
 
Viajes de menores de edad al extranjero

El viaje de y con menores de edad está sometido a restricciones específicas. La policía de fronteras tiene el mandato específico de prestar una especial atención a los menores, viajen acompañados o no.
  
Se recomienda, con carácter general, si el menor viaja solo, acompañado por un único progenitor o por terceras personas: 
  • Llevar consigo la autorización de viaje del menorSe abre en ventana nueva, en su caso, de los padres, del progenitor ausente o de quien ejerza legalmente la patria potestad. 
  • Portar los documentos de viaje ordinarios (pasaporte o Documento Nacional de Identidad, en su caso).
  • Llevar consigo la documentación que pruebe la filiación y patria potestad según el caso y el país de destino.

 

El progenitor o quien ejerza la patria potestad deberá rellenar el formulario "Autorizacion de viaje de menorSe abre en ventana nueva",  personarse en las oficinas del Consulado General de España en Agadir con un documento de identidad (DNI o pasaporte español) y el resto de documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte español del menor, libro de familia, etc.).

Si se encuentra en España, puede formalizar la autorización en una Comisaría de Policía o en un Puesto de la Guardia Civil: Autorización PolicíaSe abre en ventana nueva. Autorización Guardia Civil.Se abre en ventana nueva