SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCION. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje.
CORONAVIRUS COVID-19
Desde el 01/04/2022 no se solicita PCR negativo para el ingreso a Uruguay de personas con esquema de vacunación completo o que hayan cursado la enfermedad entre los 10 y los 90 días previos al ingreso al país.
De acuerdo al decreto del Poder Ejecutivo N°268/2022 de 26 de agosto (https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2022/decretos/08/cons_min_651.pdf) las personas que ingresan a Uruguay YA NO DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE INGRESO.
Siguen vigentes el resto de requisitos de ingreso y las medidas sanitarias preventivas, hisopados y aislamiento en los casos que corresponda.
Para ingresar al país ¿es obligatorio estar vacunado contra la COVID-19?
No es obligatorio estar vacunado.
Las personas con documento uruguayo no tienen como requisito la vacunación para COVID-19.
Tampoco deben presentar certificado de vacunación los extranjeros que hayan cursado la enfermedad entre 10 y 90 días previos al ingreso al país.
Las personas no comprendidas en los párrafos anteriores, mayores de 6 años, para ingresar a Uruguay, deberán acreditar el resultado negativo de test por técnica de biología molecular PCR-RT o de test de detección de antígenos realizado no más de 72 horas previo al viaje.
¿Qué se considera persona inmunizada?
- Personas que acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis según corresponda el tipo de vacuna suministrada aprobadas por su país de origen.
- Personas que hayan cursado la enfermedad dentro de los últimos 90 días. Deben acreditar mediante test por técnica de biología molecular PCR-RT o test de detección de antígenos, realizado desde 10 (diez) y hasta un máximo de 90 (noventa) días previos al embarque o arribo al país (información actualizada según modificaciones establecidas en el Decreto N° 32/022).
Hisopado
Desde el 01 de abril de 2022 no se solicita a personas inmunizadas resultado negativo de técnica de biología molecular PCR-RT o test de antígenos para ingresar a Uruguay. Decreto 103/022
¿Quiénes deben hisoparse?
Solo las personas mayores de 6 años sin vacunación completa y que no hayan cursado la enfermedad entre 10 y 90 días antes del viaje. Debe realizarse como máximo 72 horas previas al viaje, en un laboratorio habilitado en el país de origen o tránsito.
¿Debo contar con cobertura de Salud al momento de ingresar?
Sí. Para ingresar a Uruguay la persona debe contar con un servicio de salud en el país o con seguro de viaje que cubra su estadía.
Ingreso excepcional para uruguayos y extranjeros residentes con COVID-19
A través del Decreto N° 7/22, del 11/1/2022, se habilitó el ingreso excepcional de ciudadanos uruguayos y extranjeros residentes en el país que cursen COVID-19 en el extranjero y quieran volver a Uruguay.
A partir del nuevo decreto, estas personas pueden retornar con la condición de hacerlo a través de medios de transporte particulares y no colectivos, en los que se garantice su permanencia aislada o, en su defecto, en conjunto con su núcleo familiar o convivientes durante el viaje.
Una vez que ingresen al país, deberán cumplir con el aislamiento social preventivo en sus domicilios y seguir las medidas sanitarias vigentes.
Certificado Covid de la Unión Europea:
Uruguay se ha integrado en el sistema de certificado digital de COVID de la Unión Europea. Los ciudadanos uruguayos podrán demostrar que están vacunados a través del código QR que otorga la aplicación Coronavirus UY y el Ministerio de Salud Pública. Por su lado, Uruguay aceptará el certificado digital de Covid de la Unión Europea.
Marco normativo vigente:
Decreto Nº 195/2020
Decreto Nº 195/2020
Decreto N° 7/022
https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2022/decretos/01/cons_min_589.pdf
Ordenanza Nª 214/022
Ordenanza N° 214/022 Ingreso al país con resultado negativo de test de detección de virus SARS-CoV-2 mediante PCR o test de antígeno | Ministerio de Salud Pública (www.gub.uy)
Decreto Nº 103/2022
https://www.impo.com.uy/bases/decretos/103-2022
Decreto N°268/2022 https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2022/decretos/08/cons_min_651.pdf