En este apartado se explica con detalle toda la información necesaria para los ciudadanos extranjeros que pretendan visitar España.
Estos visados habilitan a su titular para atravesar la zona internacional de tránsito de un aeropuerto español.
Este visado permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo. También permite el tránsito territorial y aeroportuario.Los procedimientos y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en el Reglamento (CE) nº 810/2009 por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados)