La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí), por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Para los desplazamientos dentro de la Unión Europea y del espacio Económico Europeo1, y estando en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), se debe tener en cuenta que las prestaciones sanitarias no son idénticas en todos los países, existiendo, por ejemplo, situaciones en que es obligatorio el copago. Por ello, se recomienda consultar, antes de viajar, la información que se proporciona en el portal de la Unión Europea sobre las condiciones de uso de la Tarjeta Sanitaria Europea
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Embajada de Italia en España
Lagasca, 98. 28006 Madrid
Teléfono: 91 210 69 10
Fax: 91 575 77 76
Actualizado 06/04/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
NUEVAS MEDIDAS DE CONTROL SANITARIO PARA ENTRADA EN ITALIA Y DESPLAZAMIENTOS POR EL PAIS El Decreto Ley del 14 de enero 2021 informa que el Consejo de Ministros italiano prorroga el estado de Emergencia hasta el 30 de abril de 2021 para hacer frente a la epidemia de Covid-19.
Desde el 7 de aril hasta el 30 de abril se imponen en todas las regiones del país las restricciones propias de las llamadas zonas naranja y roja.
Consulte las Recomendaciones de viaje de los Consulados Generales de España en Italia:
Entrada en Italia: AVISO IMPORTANTE
Por Orden del Ministerio de Sanidad del 2 de abril, se prorroga la Orden de 30 de marzo, por lo que hasta el 30 de abril todo viajero que llegue a Italia desde un país de la Unión Europea deberá, además de viajar provisto de una prueba molecular o antigénica negativa hecha con hisopo, guardar 5 DIAS DE CUARENTENA en su domicilio o alojamiento de destino, comunicar su llegada a la Azienda Sanitaria Locale correspondiente y realizar una segunda prueba de antígenos o molecular con resultado negativo al término de los 5 días de cuarentena.
Con carácter general, se exigirá a las personas que entren en Italia procedentes de los países del anejo C (entre los que se encuentra España), la presentación de un test molecular o de antígenos con hisopo efectuado en las 48 horas anteriores a la entrada en Italia (art. 7.2 y art.8.6). La cuarentena de 14 días sólo se exigirá a quien no cumpla con la presentación de dichas pruebas.
INFORMACIÓN SOBRE CORONAVIRUS (COVID-19)
Desplazamientos internos: Se prohíbe el desplazamiento entre regiones (incluidas las provincias autónomas de Bolzano y Trento), salvo por razones comprobadas de trabajo, necesidad y salud hasta el 30 de abril. La movilidad queda delimitada al término municipal en las regiones en zona roja (por razones laborales, de salud y emergencia, además de para la realización de algunas gestiones tasadas por el decreto - compra de alimentos, práctica deportiva no grupal, asistencia a servicios religiosos...-) y naranja (libertad de movimientos.
Se establece una serie de restricciones comunes para todo el país: limitación en todo el territorio italiano de los movimientos de personas entre las 22.00h y las 05.00h, cierre de los restaurantes a las 18.00 h y suspensión de la apertura de museos y sitios turísticos.
Existen criterios diferenciados para adoptar medidas más restrictivas en las regiones, atendiendo al riesgo sanitario en cada una de ellas. Esta clasificación de las regiones en zonas blancas, amarillas, naranjas y rojas está sujeta a revisión periódica. No obstante, a partir de marzo, se establecen zonas de color rojo o naranja oscuro (con más restricciones que el naranja) en ámbitos más pequeños que las regiones. Estas zonas restringidas pueden abarcar provincias enteras o sólo municipios. Desde el 7 de abril y hasta el final del mes, las regiones sólo podrán estar clasificadas en fase naranja o roja. En todo caso, la clasificación en colores de riesgo de los territorios sigue sujeta a continua revisión, por lo que es preciso consultar los enlaces indicados más abajo antes de viajar.
- En las regiones de la zona blanca, las restricciones son más laxas que en la zona amarilla, pero sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla y la distancia social.
- En las regiones de la zona amarilla se aplican exclusivamente las limitaciones decretadas a nivel nacional: suspensión de las actividades de restauración a las 18.00 h. Se puede circular de 5h a 22h sin tener que motivar las razones del desplazamiento. Queda prohibido circular desde las 22h a las 5h de la mañana, salvo razones comprobadas de trabajo, necesidad y salud.
- En las regiones de la zona naranja se puede circular solo dentro del propio Municipio, de 5h a 22h, sin tener que motivar las razones del desplazamiento. Desde las 22h a las 5h de la mañana están prohibidos los desplazamientos, excepto por motivos de trabajo, necesidad y salud. Se suspende toda actividad de restauración y no se permiten desplazamientos fuera de la región o entre municipios de la misma.
- En las regiones de la zona roja está prohibido cualquier tipo de desplazamiento, incluso dentro del propio Municipio. Se prohíbe viajar de una región a otra y de un Municipio a otro en cualquier horario, salvo razones comprobadas de trabajo, urgente necesidad y salud. Los establecimientos de restauración permanecerán cerrados (excepto comida para llevar), así como el comercio, salvo farmacias y otros que presten servicios esenciales. Cuando pese a las restricciones impuestas sea imprescindible un desplazamiento en alguna de las citadas regiones –por razones de trabajo, salud o urgente necesidad-, se deberá cumplimentar un impreso de autocertificación:
Puede consultar la normativa vigente en:
VIAJAR A LA REGION DE CERDEÑA
Desde el 8 de marzo todo viajero que vaya a Cerdeña, deberá cumplimentar un impreso de registro de control sanitario. Este impreso se debe cumplimentar y remitir telemáticamente a las autoridades de la Región de Cerdeña a través de la página web de la Región: www.regione.sardegna.it , desde la sección “Nuovo Coronarivus”.
Una vez hecho el trámite telemático se deberá imprimir el resguardo correspondiente para, con un documento de identidad en vigor, poder entrar en Cerdeña.
En lugar del trámite telemático, se podrá utilizar la aplicación "Sardegna Sicura" que puede descargarse para Apple y Android.
Asimismo, todo viajero que vaya a Cerdeña, deberá llevar consigo una prueba molecular, de antígenos o serológica con resultado negativo realizada en las 48 horas anteriores a su viaje a Cerdeña., todo viajero que vaya a Cerdeña, deberá llevar consigo una prueba molecular, de antígenos o serológica con resultado negativo realizada en las 48 horas anteriores a su viaje a Cerdeña.
Alternativamente, todo viajero que llegue a Cerdeña sin prueba, debe realizar una prueba rápida en el puerto o aeropuerto de entrada a la isla o comprometerse a realizar una prueba molecular prueba en las 48 horas siguientes a su llegada en un centro de saludo (público o privado).
En caso de no presentar o someterse a una prueba COVID, los viajeros deberán guardar cuarentena de 10 días.
Por otro lado, se realizará toma de temperatura antes de embarcar en el avión o nave en la que se viaja a Cerdeña y se repetirá la toma de temperatura da cada viajero, que no podrá ser superior a los 37,5 º C a su llegada.
En Cerdeña existe toque de queda desde las 23.30 a las 05,00h, se exige llevar mascarilla todo el día en zonas cerradas o abiertas en las que no se pueda mantener una distancia mínima de separación de 1 metro.
VIAJAR A SAN MARINO Todo viajero que vaya a entrar en San Marino procedente de cualquier país que no sea Italia o Ciudad del Vaticano deberá presentar un certificado de prueba PCR (molecular) con resultado negativo al coronavirus, hecha en las 48 horas anteriores a la entrada en San Marino, o un certificado de haber sido vacunado contra el SARS-CoV-2. Las certificaciones deben ser enviadas a la Autoridad Sanitaria nacional para verificación a las siguientes direcciones: laboratorio.analisi@iss.sm o laboratorioanalisi@pec.sm
En caso contrario, deberá realizar una prueba de COVID 19 y permanecer en confinamiento hasta recibir su resultado negativo. Así mismo, los viajeros procedentes de España deberán comunicar previamente su viaje al Ministerio de Asuntos Exteriores de San Marino por correo electrónico a la dirección: viaggiareinformati@esteri.sm
En San Marino existe toque de queda desde las 22.00h a las 05.00h y la obligación de llevar mascarilla en los medios de transporte público, locales cerrados abiertos al público o en cualquier situación en la que no se pueda mantener una distancia entre personas de al menos 1 metro.
Pasaporte/DNI:
Se necesita DNI o pasaporte en vigor.
Es aconsejable viajar provisto de ambos documentos y custodiarlos en lugares separados, ya que, en caso de pérdida o robo de alguno de ellos, se dispondrá del otro a efectos de identificación.
La posesión del pasaporte es preceptiva cuando se llega a Italia en vuelos procedentes de países de origen no comunitarios.
Si se viaja con menores, es aconsejable que los responsables de los mismos guarden su documentación y proporcionen a los menores fotocopias de la documentación.
Visado:
No es necesario.
Vacunas
Obligatorias:
Ninguna.
Recomendadas:
Ninguna.
Para más información, puede consultarse la siguiente página web.
Italia es un destino turístico de primer orden. Muchas de sus ciudades (Roma, Venecia, Florencia, etc.) son realmente museos al aire libre por lo que en cualquier época del año reciben grupos muy numerosos de turistas.
En estas situaciones de aglomeración o en las zonas muy concurridas (por ejemplo, en monumentos o fuentes muy famosas, cuando se viaja en horas punta en tranvía o bus, o en las estaciones) conviene estar muy atento a cualquier distracción, para evitarnos el riesgo de ser víctima de un posible robo por carteristas, o de extraviar nuestra documentación o pertenencias. En tales casos hay que prestar una especial atención y evitar, por ejemplo, llevar la mochila en la espalda. En Roma, habrá que tener especial cuidado en los alrededores de la estación Termini y en las líneas de autobuses 64 y 40 a y desde la Plaza de San Pedro.
En caso de robo o extravío procede presentar la oportuna denuncia ante las autoridades de policía italianas (polizia di stato o carabinieri) procurándoles una descripción lo más detallada posible del objeto/s que nos ha sido sustraído o que hemos perdido.
En caso de pérdida de la documentación, hay que recordar que con toda seguridad existirá una copia del DNI o Pasaporte en la recepción del Hotel, ya que la habrán hecho al formalizar el registro al llegar al establecimiento y que el Consulado General puede proporcionar un salvoconducto para el regreso al España.
Se recomienda a los automovilistas que estacionen sus vehículos en aparcamientos vigilados, dado que, con relativa frecuencia, los Consulados Generales de España en Italia tienen conocimiento de casos de robos de/en automóviles y autocaravanas de los que son víctimas ciudadanos españoles.
A la hora de pagar con tarjetas de crédito se aconseja que siempre estén a la vista para evitar que sean duplicadas.
Zonas de riesgo (deben ser evitadas):
Ninguna.
Zonas de riesgo medio (visitas con ciertas precauciones):
La ciudad de Nápoles y sus alrededores presentan un elevado grado de inseguridad. Con frecuencia, los turistas y viajeros son víctimas de robos. En consecuencia, conviene extremar la precaución respecto de los efectos personales y, en su caso, automóvil.
Habrá que tener especial cuidado en los alrededores de la estación central de ferrocarriles, del puerto de la ciudad de donde salen los barcos hacia Ischia y Capri y del Museo Arqueológico. En estos lugares hay una alta concentración de carteristas.
El resto del país.
INFORMACIÓN SOBRE CORONAVIRUS (COVID-19)
COMUNICACIONES ENTRE ESPAÑA E ITALIA
Las comunicaciones aéreas y marítimas entre España e Italia se han restablecido, aunque la frecuencia de vuelos aún no ha recuperado el nivel anterior a la crisis sanitaria y el estado de alarma. Se recomienda consultar con las empresas transportistas (aerolínea, naviera…) antes de iniciar cualquier viaje.
SITUACIÓN EN ITALIA
INGRESO DESDE EL EXTRANJERO.
Desde el 3 de junio se permite el ingreso en Italia, sin necesidad de cuarentena de 14 días, a las personas procedentes de Estados miembros de la Unión Europea, así como otros países del Acuerdo Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza), Reino Unido, Andorra, Principado de Mónica, San Marino y Ciudad del Vaticano.
Desde el 2 de julio no tendrán que justificar la razón de viajar a Italia los ciudadanos de terceros Estados residentes en Argelia, Australia, Canadá, Georgia, Japón, Montenegro, Marruecos, Nueva Zelanda, Ruanda, Serbia, República de Corea, Tailandia, Túnez y Uruguay. Sin embargo sí deberán guardar un periodo de aislamiento de 14 días y control sanitario.
Del 9 al 14 de julio se prohíbe la entrada en Italia a las personas que en los 14 días previos hayan permanecido o transitado por: Armenia, Bahrein, Bangladesh, Brasil, Bosnia-Hezergovina, Chile, Kuwait, Macedonia del Norte, Moldavia, Omán, Panamá, Perú y República Dominicana. Los vuelos directos e indirectos con estos países están prohibidos temporalmente. La única excepción a esta norma será para los nacionales de países UE, zona Schengen, Reino Unido, Andorra, Mónaco, San Marino y Vaticano, así como sus familiares en sentido estricto que sean residentes en Italia desde antes del 9 de julio de 2020, que sí podrán ingresar en territorio italiano pero deberán guardar cuarentena de 14 días. Esta medida podría ser prolongada según la evolución de la pandemia
En caso de que en los últimos 14 días anteriores al ingreso en Italia el interesado haya estado en algún país diferente de los enumerados, deberá someterse a un periodo de aislamiento de 14 días y control sanitario.
DESPLAZAMIENTOS DENTRO DEL TERRITORIO ITALIANO
Se puede viajar de una región a otra sin necesidad de autodeclaración. No obstante, podría haber limitaciones en áreas específicas si el riesgo epidemiológico lo aconsejara.
Podrán viajar en coche más de dos personas si pertenecen al mismo núcleo familiar. De no ser así sólo pueden viajar tres personas con mascarilla una conduciendo y la otras dos en los asientos de atrás. Puede haber normativas específicas en el ámbito regional.
El transporte público entre las principales ciudades está retomando poco a poco pero se recomienda confirmar con el transportista antes de cualquier viaje.
Se advierte de que las personas con temperatura de 37,5ºC o más, con fiebre sobrevenida durante el viaje, deben quedarse en su alojamiento. En los aeropuertos y estaciones podrá exigirse el control de la temperatura antes de ingresar en el medio de transporte o a la llegada al punto de destino.
OTRAS RESTRICCIONES DURANTE LA DESESCALADA EN ITALIA
Las personas que deban realizar la cuarentena por haber resultado positivas al virus tienen prohibido salir del propio domicilio hasta la completa curación o ingreso en una estructura sanitaria. La cuarentena preventiva se aplica por prescripción médica, entre otros, a quienes hayan tenido contacto estrecho con personas contagiadas.
Se recuerda que deberá respetarse en los lugares cerrados el protocolo adecuado (uso de mascarilla, lavado de manos y/o uso de guantes según los casos), en los espacios abiertos si no se puede respetar la distancia de seguridad se usará también la mascarilla.
Ante cualquier eventualidad deberán seguirse las indicaciones de las autoridades locales. El número verde activado por las autoridades italianas es el 1500, y también existen números activados a nivel regional que se encuentran en este enlace:
Para mayor información se recomienda también remitirse a las siguientes páginas web:
- Protección Civil Italia:
- Organización Mundial de la Salud:
- Embajada de España en Italia, listado de Consulados y sus respectivos teléfonos de emergencia:
En materia de divisas, rige la normativa de la Unión Europea.
Prefijo país: +39
Teléfonos y páginas web de interés:
Emergencias: 112
Policía: 113
Emergencia Sanitaria: 118
Asistencia en carretera (ACI): 803.116
Embajada de España en Italiambajada de España en Italia
Largo della Fontanella di Borghese, 19. Roma
Teléfono: (+39) 06 6840401
Fax: (+39) 06 6872256
Consulado General de España en Milán Via F. Turati, n. 29 - 4ºp Teléfono: (+39) 0236757720 Teléfono de emergencia consular: (+39) 335265959 Fax: (+39) 02 36757734 Correo Electrónico: cog.milan@maec.es Página web
Consulado General de España en Nápoles
Palazzo Leonetti, Via dei Mille 40, 4º piso
Teléfonos (+39) 081 411157/ (+39) 081 414115
Teléfono de emergencia consular (+39) 335201242
Fax: (+39) 081 401643
Consulado General de España en Roma
Via Campo Marzio, 34
Teléfonos: (+39) 06 6871401/ (+39) 066873822 (10)/ (+39) 0668300587
Téléfono de emergencia consular: (+39) 335 333438
Fax (+39) 06 6871198
En la sección Embajada/Demarcaciones de la página web de la Embajada de España ante la República de Italia y la República de San Marino, se pueden encontrar los datos de contacto de los diversos consulados honorarios dependientes de cada uno de los Consulados Generales.
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