Estas recomendaciones de viaje no tienen efecto vinculante y operan como mero aviso o consejo. El Estado no será responsable en modo alguno ni en ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido. La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido. Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí), por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Para los desplazamientos dentro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y estando en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), se debe tener en cuenta que las prestaciones sanitarias no son idénticas en todos los países, existiendo, por ejemplo, situaciones en que es obligatorio el copago. Por ello, se recomienda consultar, antes de viajar, la información que se proporciona en el portal de la Unión Europea sobre las condiciones de uso de la Tarjeta Sanitaria Europea. El Reino de Dinamarca comprende Dinamarca propiamente dicha más las regiones autónomas insulares de islas Feroe y Groenlandia. En estos momentos hay restricciones vigentes para viajar a Dinamarca debidas a la COVID-19. Para viajar a Dinamarca los ciudadanos españoles deberán estar provistos de DNI o pasaporte en vigor. Para entrar en Groenlandia y Feroe es necesario pasaporte en vigor. Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Embajada de España en Dinamarca - Copenhague
Cancillería:
Kristianiagade, 21. - 2100 Copenhague Ø.
Teléfono/s: (+45) 35 42 47 00.
Fax/es: (+45) 35 42 47 26.
Sección Consular:
Kristianiagade, 21. - 2100 Copenhague.
Teléfono/s: (+45) 35 42 22 66.
Fax/es: (+45) 35 42 47 26.
Teléfono de emergencia consular +0045 27 28 11 52
Actualizado 25/02/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
INFORMACIÓN RELACIONADA CON COVID-19:
Normas vigentes en Dinamarca hasta el 5 de abril de 2021 incluido
Desde el pasado 5 de enero 2021, Dinamarca tiene un “nivel 5” de alerta vigente en todo el país (máximo nivel).
Si viaja en avión será obligatoria la presentación de prueba negativa (PCR o Antígeno) realizada como máximo 24 horas antes
Todas las personas mayores de 12 años que ingresen a Dinamarca en avión tienen que presentar una prueba COVID-19 negativa tomada no más de 24 horas antes de abordar el avión. Las aerolíneas son responsables de asegurar que no se admita a bordo a ningún pasajero sin presentar una prueba negativa.
Todas las personas que ingresen a Dinamarca a través de vuelos de conexión en uno o más aeropuertos tienen que portar una prueba negativa realizada como máximo 24 horas antes del embarque del primer avión. La tarjeta de embarque sirve de prueba de la hora de salida. La prueba negativa debe presentarse al embarcar en el último con destino en Dinamarca. La aerolínea responsable del vuelo con destino en Dinamarca se encargará de probar que la prueba que se presenta cumple con el requisito de no superar las 24 horas de antigüedad respeto del primer vuelo.
Alternativamente, el viajero puede realizar una prueba en uno de los aeropuertos de tránsito, recibiendo la respuesta negativa antes del vuelo con destino en Dinamarca y tomada no más de 24 horas antes del último vuelo.
Todos los viajeros que puedan entrar en Dinamarca, mayores de 12 años, incluidos nacionales y residentes, deberán obligatoriamente guardar cuarentena de 10 días y hacerse un test de antígenos a su llegada.
• 10 días de cuarentena al llegar (con la opción de romper prematuramente el aislamiento después de una prueba de PCR negativa tomada no antes del cuarto día después de la entrada).
• Test antígeno obligatorio al llegar/entrar en Dinamarca. Para los viajeros en avión, en el mismo aeropuerto, para otros medios de transporte máximo 24 horas después de la entrada en el país.
El incumplimiento de la norma se sanciona con una multa de 3.500 DKK.
Exenciones:
• Niños menores de 12 años
• Personas que por razones médicas no deben realizar una prueba rápida (prueba de antígenos)
• Personas que solo viajan en tránsito y que permanecen dentro de las áreas de tránsito de los aeropuertos, sin ingresar a Dinamarca
• Personas que han sido previamente infectadas por el COVID-19 y que, por lo tanto, no pueden presentar una prueba negativa. Se debe presentar documentación de una prueba COVID-19 positiva que tenga al menos 14 días y no más de 12 semanas.
• Trabajadores transfronterizos y determinadas personas que residen en las regiones fronterizas.
• Los extranjeros que entren en Dinamarca con el propósito de trabajar, entregar bienes o servicios dentro o fuera de Dinamarca, o con otro propósito justificativo, también estarán exentos del aislamiento obligatorio durante los períodos en los que estén realizando su propósito.
El Ministerio de Extranjería e Integración informa de que, como mínimo hasta el 28 de febrero, se desestimarán todas las solicitudes de permiso de residencia motivadas por estancias de au pairs, estudios, becarios y trabajo voluntario. Asimismo se desestimarán las solicitudes de acompañamiento de familiares de personas pertenecientes a los grupos señalados.
Propósito justificativo para entrar en Dinamarca: además de residentes y nacionales daneses, únicamente podrán entrar en Dinamarca los extranjeros o no residentes con un propósito válido.
Recuerde que las autoridades danesas fronterizas únicamente permiten la entrada en el país aquellos viajeros extranjeros no residentes que tengan un propósito válido, como puede ser:
• Tiene un trabajo en Dinamarca
• Debe asistir a una reunión de trabajo importante
• Debe realizar servicios o transportar mercancías dentro o fuera de Dinamarca
• Usted es un marinero, un miembro de la tripulación de un avión, un diplomático
• Es cónyuge, padre o madre de una persona residente en Dinamarca
• Puede ingresar a Dinamarca si es cónyuge, pareja de hecho, hijo o hijastro de una persona enviada por un estado y posee un pasaporte diplomático o documento similar que confirme la relación
• Puede ingresar a Dinamarca con el propósito de tener tiempo de justificado con menores.
• Puede ingresar a Dinamarca si es el cuidador principal de menores que viven en Dinamarca, como una familia de acogida que no forma parte del núcleo familiar
• Es pariente o está en relación con una persona gravemente enferma o muriendo en Dinamarca
• Puede ingresar a Dinamarca si va a participar en el nacimiento inminente de su hijo
• Puede ingresar a Dinamarca si desea continuar el tratamiento en una institución de salud danesa.
• Puede ingresar a Dinamarca si va a asistir a un funeral o entierro de familiares directos.
• Puede ingresar a Dinamarca para participar en procedimientos legales.
Entrada a Dinamarca por vía terrestre o por mar
Las personas no súbditos daneses que ingresan a Dinamarca desde el extranjero por vía terrestre o por mar, y que no residen en Dinamarca o tienen permiso de trabajo en el país, tienen que presentar documentación de un resultado negativo de la prueba COVID-19 que no tenga más de 24 horas, además de hacerse un test COVID-19 en las 24 horas siguientes a su entrada y realizar una cuarentena de 10 días. El periodo de cuarentena puede acortarse mediante de un resultado negativo de una prueba PCR efectuado mínimo 4 días después de la entrada en Dinamarca.
Los residentes no súbditos daneses en las regiones fronterizas -Schleswig-Holstein (Alemania), Blekinge, Escania, Halland y Västra Götaland (Suecia)- que entran en Dinamarca procedentes de dichas regiones y con un propósito válido, están exentos de los requisitos de prueba y cuarentena obligatorios si pueden presentar documentación de un resultado negativo de la prueba COVID-19 que no tenga más de 72 horas.
Las personas no súbditos daneses con residencia fija en las citadas regiones fronterizas podrán entrar en Dinamarca sin propósito válido, presentando una prueba negativa que no tenga más de 24 horas además de cumplir con los demás requisitos.
Recuerde que el uso de mascarilla es obligatorio en prácticamente todos los espacios cerrados de acceso al público y en todo el transporte público (no menores de 12 años y personas con dificultades respiratorias), con sanciones por incumplimiento de hasta 2.500 coronas danesas
INFORMACION OFICIAL DE LAS AUTORIDADES DANESAS
HOTLINE DE LA POLICÍA DANESA: Teléfono: +45 7020 6044 (pulse 2 para inglés)
- Teléfono habilitado para consultas de carácter general sobre COVID-19: +45 70 20 02 33.
Requisitos de entrada en Groenlandia e Islas Feroe desde España
Groenlandia e Islas Feroe forman parte del Reino de Dinamarca y por lo tanto se aplican también los requisitos de entrada en Dinamarca
• Para más información sobre requisitos de entrada en Groenlandia:
Teléfono +00299 80 11 00
• Para más información sobre requisitos de entrada en Islas Feroe: Web: www.corona.fo
Los ciudadanos españoles pueden acceder a Dinamarca tanto con pasaporte como con DNI no caducados. Para acceder a Groenlandia e islas Feroe se requiere obligatoriamente un pasaporte en vigor.
Las autoridades danesas realizan en ocasiones controles aleatorios a la llegada a Dinamarca, incluso por vía aérea, procedente de países comunitarios, por lo que es especialmente recomendable revisar la validez de su pasaporte o DNI.
Es recomendable que los españoles menores de edad que viajan solos lo hagan igualmente con DNI o pasaporte. Además, necesitan obligatoriamente una autorización del padre, madre o tutor legal efectuada mediante comparecencia personal en las comisarías de Policía Nacional, puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarías o Ayuntamientos. Para obtener más información a este respecto, se puede consultar la web de la Policía Nacional.
Visados: NO
VACUNAS: Obligatorias, ninguna. Recomendadas, ninguna.
Para más información, consulte la siguiente página web del Ministerio de Sanidad de España https://www.mscbs.gob.es/
Se recuerda que, en estos momentos, ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles acciones terroristas.
Dinamarca es, por norma general, un país tranquilo y seguro. Sin embargo, se producen robos y hurtos especialmente en las grandes ciudades y lugares turísticos. Se ha producido un importante incremento del número de hurtos en las zonas turísticas de Copenhague, especialmente por grupos de carteristas, tanto en la calle y transportes públicos, como en tiendas, restaurantes, cafeterías y bares. Se recomienda adoptar medidas de precaución para evitarlos Se debe ser cuidadoso a la hora de realizar un pago con tarjeta e introducir el número PIN). Se recomienda no llevar consigo DNI y Pasaporte al mismo tiempo, dejando uno de ellos en lugar seguro.
En caso de emergencia (sanitaria, incendios y salvamento o seguridad ciudadana) puede contactar con el 112. En los supuestos que no sean de emergencia pero se requiera la asistencia de la policía danesa, debe llamar al 114.
En caso de robo, debe efectuarse inmediatamente la oportuna denuncia ante la Policía danesa.
Si la documentación (DNI o Pasaporte) hubiera sido sustraída, debe consultarse con la compañía aérea de regreso a España la posibilidad de viajar con una copia de la denuncia de hurto o robo hecha ante la Policía. En caso contrario, debe solicitarse necesariamente un salvoconducto en la Embajada de España en Copenhague (Sección Consular), Kristianiagade 21, DK-2100 Copenhague Ø, Tel.: (+45 35 42 47 00) aportando copia de la denuncia ante la Policía danesa y del billete de avión, así como dos fotografías tamaño carnet y, si fuera posible, una fotocopia de su DNI o pasaporte.
Debe tenerse en cuenta que un salvoconducto sólo es válido para regresar a España, no para viajar a un tercer país (aunque éste sea miembro de la Unión Europea). De ahí la importancia de revisar la documentación cuando se tenga previsto viajar a otros países (caso de cruceros o de viajes organizados). La Embajada de España en Copenhague no puede expedir pasaportes a ciudadanos en tránsito más salvo en circunstancias de emergencia absolutamente excepcionales que se valoran en cada caso.
Zonas de riesgo alto (deben ser evitadas): Ninguna, aunque es conveniente extremar las precauciones en lugares concurridos y turísticos.
Zonas de riesgo medio: Es recomendable evitar transitar de noche por zonas de escasa iluminación de barrios como Norrebro y Nordvest en Copenhague.
Zonas sin problemas: Resto del país.
Al igual que otros países europeos, Dinamarca no está libre de amenazas terroristas o actos de violencia terrorista indiscriminada.
En relación con la epidemia de Coronavirus, ver el apartado de NOTAS IMPORTANTES.
Las condiciones sanitarias del país son buenas.
La atención médica en Dinamarca es de calidad y comparable a la atención médica de los países de Europa Occidental. Los hospitales están bien equipados, y los médicos y dentistas hablan inglés. En ocasiones, y dependiendo de las circunstancias, algunos hospitales incluso proporcionan un traductor al español si se considera necesario.
Para recibir tratamiento médico en el Servicio Nacional de Salud danés, los ciudadanos comunitarios que no residan permanentemente en Dinamarca (turistas) deben presentar siempre la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), conocida en Dinamarca como “tarjeta azul” (blå kort). En caso de no contar con dicha tarjeta, sólo podrá accederse a los servicios de urgencias de los hospitales, y si el centro médico considerase que la emergencia es resultado de una enfermedad previa, la persona que se encuentra como turista en el país puede verse obligada a pagar por los servicios recibidos.
Para mayor información se puede consultar el siguiente www.msssi.gob.es
La mayoría de los medicamentos está disponible en el mercado local, pero para la adquisición de la mayoría se requiere imprescindiblemente una receta de un médico danés. Los precios son generalmente más elevados que en España. Las personas que viajen a Dinamarca como turistas y que requieran de una medicación específica deben traer consigo las dosis necesarias en su envase original y con una copia de la receta médica española. No se pueden enviar medicinas por correo siendo confiscadas en dicho caso por las autoridades danesas.
Servicio de urgencias en hospitales públicos:
Para situaciones de extrema emergencia (“emergencias de vida o muerte”) de toda naturaleza (incluidos accidentes y emergencias sanitarias) está disponible 24 horas al día el teléfono 112.
Para emergencias médicas (no graves) existe un número de teléfono, el 1813, para necesidad de atención médica.
Un listado con los datos de contacto del médico generalista más cercano se puede encontrar en www.sundhed.dk
Teléfono de emergencia consular +004527781152
En Dinamarca sólo hay determinadas farmacias abiertas las 24 horas del día. Entre las que se encuentran las siguientes:
STENO APOTEK
Teléfono: 33 14 82 66
Vesterbrogade 6C
1620 Copenhague
APOTEKET ØRNEN
Teléfono: 66 12 29 70
Vestergade 80
5000 Odense C
AARHUS LØVE APOTEK
Teléfono: 86 12 00 22
Store Torv 5
8000 Aarhus C.
BUDOLFI APOTEK
Teléfono: 9812 0677
Algade 60
9100 Aalborg
Para mayor información sobre los servicios médicos en Dinamarca y la Seguridad Social danesa se puede consultar el siguiente portal oficial:
The Danish eHealth Portal
Dampfærgevej 22
DK-2100 Copenhagen
Tel.: +35 29 81 00
Correo electrónico: info@sundhed.dk
Se pueden exportar billetes y monedas danesas en curso legal hasta una cuantía de 75.00 DKK (10.080 €) sin previo aviso al Banco Nacional. A partir de esta cifra hay que informar al Banco Nacional a efectos estadísticos. Por lo que se refiere a transferencias bancarias, esta cifra se eleva a 100.000 DKK (13.440€).
Los extranjeros no residentes en Dinamarca pueden al salir del país llevar consigo una cantidad de hasta 75.000 DKK (10.080 €) por persona o una cantidad superior a ésta si prueba haberla importado en coronas danesas o divisas a su entrada en Dinamarca (Decreto del Ministerio de Industria danés, núm. 194, de 20 de mayo de 1985, sobre divisas).os extranjeros no residentes en Dinamarca pueden al salir del país llevar consigo una cantidad de hasta 75.000 DKK (10.080 €) por persona o una cantidad superior a ésta si prueba haberla importado en coronas danesas o divisas a su entrada en Dinamarca (Decreto del Ministerio de Industria danés, núm. 194, de 20 de mayo de 1985, sobre divisas).
TELÉFONOS DE INTERÉS (prefijo Dinamarca: 45):
Teléfono de Emergencia Consular: (+45) 27 28 11 52
Marque el 112 en caso de emergencia: ambulancia, policía, bomberos
La Región de Hovedstaden (Cophenhague) ha creado un nuevo sistema de asistencia telefónica 24 horas al día, que ofrece información sobre el tiempo de espera en los centros de emergencias, asesoramiento sobre la gravedad de la situación, etc. Puede llamar, desde un teléfono danés, al 1813.
Servicio de urgencias. Hospitales públicos: En la región de la capital Copenhague (Región de Hovedstaden), Teléfono (+45) 3869 3869.
Médicos privados en Copenhague, que proporcionan asistencia privada las 24 horas del día en su hogar, su lugar de trabajo o su hotel. Teléfono (+45) 38.11.40.00.
ENLACES DE INTERÉS:
Portal de la Unión Europea en la que se incluye información sobre los requisitos y condiciones para residir, trabajar y estudiar en otro país comunitario www.workindenmark.dk . Información en inglés sobre residencia, trabajo, transportes, vivienda, impuestos, estudios, becas, etc.
Portal Europeo de la movilidad profesional con información en inglés sobre requisitos y condiciones para trabajar en Dinamarca. www.eures.europa.eu
Portal para buscar empleo en Europa y Dinamarca, con información en inglés: www.stepstone.dk
Dirección de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la embajada de España, donde podrán orientar a los ciudadanos españoles interesados en residir y trabajar en Dinamarca:
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social:
Gothersgade 175, 2º th. - 1123, Copenhague K.
Teléfono/s: (+45) 33 93 12 90.
Fax/es: (+45) 33 93 21 55.
TELEFONOS Y DIRECCIONES DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA Y SUS CONSEJERIAS
Embajada de España
Cancillería:
Kristianiagade, 21. - 2100 Copenhague Ø.
Teléfono/s: (+45) 35 42 47 00.
Fax/es: (+45) 35 42 47 26.
Sección Consular:
Kristianiagade, 21. - 2100 Copenhague.
Teléfono/s: (+45) 35 42 22 66.
Fax/es: (+45) 35 42 47 26.
Sección Cultural:
Kristianiagade, 21.- 2100 Copenhague
Teléfono/s: (+45) 35 42 22 66
Fax/es: (+45) 35 42 47 26
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social:
Gothersgade 175, 2º th. - 1123, Copenhague K.
Teléfono/s: (+45) 33 93 12 90.
Fax/es: (+45) 33 93 21 55.
Oficina Económica y Comercial:
Vesterbrogade, 10.- 1620 Copenhague V.
Teléfono/s: (+45) 33 31 22 10.
Fax/es: (+45) 33 21 33 90.
Oficina Española de Turismo:
Bredgade 56, 2ª-1101 Copenhague K.
Teléfono/s: (+45) 33 18 66 30
Fax/es: (+45) 33 15 83 65.
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