La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí ) , por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Consulados Honorarios de la República de Singapur en España
En Barcelona:
Cónsul Honorario: D. Josep Manuel Basañez
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