RECOMENDACIÓN GENERAL: Ante el aumento de cancelaciones de vuelos a y desde España relacionadas con el COVID-19, se recomienda a los viajeros españoles que reconsideren sus planes de viaje.
INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL BROTE DE COVID-19:
Actualmente la entrada a Catar tan sólo está permitida a nacionales catarís y a titulares de permisos de residencia.
El gobierno catarí ha anunciado que, a partir del 29.11, ya no será necesario solicitar el permiso de entrada a través del Qatar Portal. El permiso de entrada seguirá siendo obligatorio para entrar al país, pero será generado automáticamente cuando el residente extranjero salga de Catar. La única excepción radica en el caso de ciudadanos que se encontraran fuera de Catar antes del 29.11, en cuyo caso seguirá siendo necesario que soliciten el permiso de entrada a través del Qatar Portal.
Cuarentena:
España no está incluida en la lista verde de países clasificados como de bajo riesgo de COVID-19. Esto implica que Catar no reconoce centros médicos acreditados en España para la realización previa de una prueba de PCR en España. Asimismo, el residente que retorne a Catar desde España deberá realizar una semana de cuarentena hotelera, salvo que esté vacunado según los criterios expuestos más abajo, en las condiciones que se explican a continuación:
Los ciudadanos que viajen desde países considerados como no seguros, deberán someterse a una cuarentena de al menos una semana en alguno de los hoteles específicamente habilitados para tal efecto, asumiendo los gastos (reservas exclusivamente a través del sitio web "Discover Qatar" con carácter previo a su llegada a Catar). Los pasajeros que provengan de determinados países (Reino Unido, Dinamarca, Países Bajos, Sudáfrica y viajeros que crucen la frontera terrestre con Arabia Saudí) deben reservar en hoteles específicos, tal y como se indica en la propia web. Transcurrida la semana, la finalización del período de cuarentena dependerá del resultado de una prueba COVID-19. Si el resultado es positivo, el viajero será transferido al aislamiento, y si es negativo, la persona dará por terminado su proceso de cuarentena. En caso de personas que opten por realizar la cuarentena en instalaciones hoteleras compartidas, tras la semana se cuarentena hotelera, será necesario realizar otra semana de cuarentena domiciliaria. Las excepciones a la cuarentena hotelera, salvo si se viaja desde un país de la lista verde, fueron suprimidas el 14/02.
Para aquellos que tengan previsto ingresar en Catar desde alguno de los países de la lista verde, se podrá realizar una prueba de COVID-19 en uno de los centros acreditados - en caso de que los haya – en las 48 horas previas al viaje, sino será obligatoria la realización de una prueba de COVID-19 a su llegada al aeropuerto de Doha (HIA), así como la firma de un compromiso de auto cuarentena (domiciliaria) durante una semana. En dicho tiempo, el estado del viajero en la aplicación Ehteraz será amarillo (es decir, obligado a pasar cuarentena).
Transcurrida esa semana, el viajero deberá pasar de nuevo la prueba de COVID-19, en alguno de los centros de salud dedicados al respecto. En caso de que el resultado sea positivo, el viajero será aislado, y de dar negativo la cuarentena finalizará al concluir dicha semana y el estado del viajero en la aplicación Ehteraz volverá a verde.
La publicación de la lista de países de bajo riesgo está disponible (y se actualizará) en el sitio web del Ministerio de Salud Pública y está previsto que se revise cada dos semanas.
Las personas que hayan sido vacunadas contra la Covid-19 en Catar quedarán excepcionadas de la cuarentena siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que hayan transcurridos 14 días desde la segunda dosis y que se presente una PCR negativa.
- La exención de la cuarentena tan sólo será válida si el retorno a Catar se produce dentro de los seistres meses a contar desde los 14 días de la segunda dosis.
- Que la vacuna haya sido recibida en Catar.
- Los menores de 16 años podrán realizar cuarentena domiciliaria, en lugar de cuarentena hotelera, en caso de que los progenitores estén vacunados.
Las personas que hayan sido vacunadas contra la COVID-19 en el extranjero quedarán excepcionadas de la cuarente siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- La vacuna utilizada debe estar aprobada por el Ministerio de Salud Pública del Estado de Qatar. Actualmente se reconocen las siguientes: Pfizer Biontech, Moderna, AstraZeneca y Johnson & Johnson.
- La persona debe haber completado las dosis especificadas, siendo una dosis única en el caso de la vacuna Johnson & Johnson o dos dosis para el resto de las vacunas citadas.
- Debe haber transcurrido catorce días desde la fecha de recepción de la única dosis de la vacuna Johnson & Johnson o la segunda dosis para el resto de las vacunas citadas.
- La persona vacunada deberá poseer un certificado o cartilla oficial de vacunación que incluya la siguiente información:
El nombre de la persona tal como aparece en sus documentos oficiales.
La fecha de recepción de las dosis, según el tipo de vacuna.La fecha de recepción de las dosis, según el tipo de vacuna.
El nombre de la vacuna.
Número de serie de la vacuna.
El logo o sello oficial de la autoridad que aplica la vacuna.
- La persona debe presentar el resultado negativo de una prueba PCR realizada en el plazo de 72 horas antes de la llegada a Catar. La prueba puede ser realizada en los puestos fronterizos de Catar o en uno de los centros autorizados por el Ministerio de Salud Pública en el exterior.
- El estado de salud en la aplicación Ehteraz permanecerá en color verde a todos aplicar la precaución verde para todas las personas que se les aplicar los criterios mencionados anteriormente, y también estarán exentos de cuarentena de hotel y de domicilio al ingresar en el Estado de Catar.
- En el caso de que no haya transcurrido 14 días tras completar la dosis de las vacunas, los ciudadanos y residentes que regresen a Qatar deberán de realizar la cuarentena domiciliaria por un período de (7) días o hasta completar el período restante de los (14) días que tienen que transcurrir tras completar la dosis de la vacunación.
En caso de que la persona deba realizar cuarentena domiciliaria, se han establecido diez reglas a seguir:
1.Las condiciones de la vivienda deberán ser adecuadas (disponibilidad de habitación propia y baño vinculado).
2.Deberá firmarse un compromiso de obligado cumplimiento de las normas de la cuarentena doméstica (incluidos todos los miembros de la familia y los trabajadores del hogar que conviven en la misma casa).
3.Se deberá visionar un video a bordo del vuelo con carácter previo a la llegada y revisar el folleto sobre la cuarentena doméstica.
4.Deberán adoptarse las pertinentes medidas preventivas en el hogar.
5.Deberán acudir un centro de atención primaria de salud al 6º día de la llegada a Doha para la toma de una muestra.
6.Deberán responderse las llamadas telefónicas del equipo de salud pública durante la cuarentena.
7.Deberán aceptarse las visitas del equipo de salud pública cada 2 o 3 días.
8.Deberá informar al equipo de salud pública en caso de presentar algún síntoma.
9.Deberá descargarse la aplicación Ehteraz.
10.No se recibirán visitas mientras dure la cuarentena.
Las restricciones sanitarias vigentes relativas a la Covid-19 pueden ser consultadas en el siguiente enlace:
Finalmente, se aconseja consultar la página web de la Organización Mundial de la Salud (OMS) antes de desplazarse al país y extremar las medidas de higiene. Asimismo, se recomienda consultar la web que dicho Ministerio de Salud Pública, en colaboración con Hamad Medical Corporation y Primary Health Care Corporation, ha creado a este respecto:
En caso de necesitar una PCR negativa antes de viajar desde Catar a un tercer país que exija dicha prueba, los residentes pueden dirigirse sin cita previa a su centro médico asignado en horario de 7-14h o 16-23h. Será necesario el pago de una tasa de 50 QAR.
El tránsito a través del aeropuerto de Doha es posible siempre y cuando no se abandone la zona internacional del aeropuerto y se tenga garantizada la entrada en el destino final del viaje. Se recomienda contactar a la aerolínea antes de la realización del viaje sobre las condiciones del tránsito internacional.
Para cualquier información relativa al Covid-19, existe la siguiente línea de teléfono para información: 16000.
Ruptura de relaciones diplomáticas con varios Estados de la región:
En enero de 2021 se anunció la normalización de relaciones diplomáticas entre los países del Consejo de Cooperación del Golfo. Arabia Saudí y Catar han informado de la reapertura del puesto fronterizo de Abu Samra. El cruce de la frontera terrestre para entrar a Catar estará sometido a las normas sanitarias estipuladas en el siguiente enlace:
ESTÁ PROHIBIDA la importación y el consumo del cerdo y sus derivados, así como la importación de bebidas alcohólicas (aunque sea adquirido en el "duty free" de aeropuertos o aviones) y material pornográfico.
Las autoridades cataríes son muy estrictas cuando las compañías aéreas les informan de que algún pasajero contraviene la normativa DE PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOS AVIONES, imponiendo en su caso multas y sanciones e incluso detención del pasajero a su llegada a Doha.
SE RECOMIENDA a todos los residentes y a los viajeros que visitan Catar y estén siguiendo un tratamiento farmacológico específico, lleven consigo las RECETAS MÉDICAS correspondientes, muy especialmente para tratamientos de larga duración u/o que contengan sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Ver el apartado otros para más información.
Catar sigue siendo uno de los países más estables y seguros de la región. No obstante, debido a la inestabilidad regional no pueden descartarse, como en ningún país del mundo, ataques terroristas aleatorios, manifestaciones, protestas, disturbios o actos de violencia.
También se aconseja ser especialmente RESPETUOSO con las muy conservadoras costumbres y TRADICIONES LOCALES, en especial, las muestras públicas de afecto, incluso entre familiares. El Estado de Catar no reconoce a las parejas de hecho y considera el adulterio como un delito.
Por otro lado, SE RECUERDA que la prostitución, el tráfico, tenencia y consumo de drogas son delitos castigados con severas penas de privación de libertad.