La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí) , por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Actualizado 21/01/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
RECOMENDACIÓN GENERAL:En estos momentos las fronteras de Nueva Zelanda permanecen cerradas a todo viajero que no sea nacional de Nueva Zelanda o titular de un visado de residente. Existen una serie de excepciones a esa prohibición que pueden consultarse en la web www.immigration.govt.nz. Es posible el tránsito aeroportuario si se realiza en menos de 24 horas y sin salir del aeropuerto, y siempre que se tenga confirmada la entrada en el siguiente destino.
INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL BROTE DE COVID-19:
Como medida de protección por la epidemia de COVID-19, el Gobierno de Nueva Zelanda decretó el 19 de marzo de 2020 el cierre de sus fronteras a los no nacionales o titulares de un visado de residencia. Aunque hay una serie de excepciones a dicha prohibición, incluyendo un procedimiento de exención, sólo se han autorizado un 20% de las peticiones recibidas.
Se prevé que el Gobierno mantenga el cierre de fronteras durante un plazo indeterminado, dado que la política adoptada es la eliminación del virus en el país.
Todas aquellas personas autorizadas a entrar en el país han de someterse a su llegada a una cuarentena obligatoria de 14 días en un alojamiento determinado por el Gobierno. Antes de viajar, las personas autorizadas a entrar en el país deberán disponer de un documento que confirme la disponibilidad de plaza en alguna de las instalaciones de cuarentena del gobierno. Sin dicho documento las compañías aéreas no autorizarán el embarque. Para más información puede consultar el siguiente enlace.
A partir de las 23:59 horas del lunes 25 de enero de 2021 el Gobierno de Nueva Zelanda exigirá a todos los viajeros excepcionalmente autorizados a entrar al país un test PCR negativo realizado 72 horas anteriores a la partida.
Solamente quedan exceptuados los pasajeros que lleguen de Australia, la Antártida y la mayoría de las islas del Pacífico, incluyendo Fiyi, Tonga, Samoa, Kiiribati y las Islas Cook Aquellas personas que no posean el certificado correspondiente a partir del 8 de febrero serán multadas con NZD 1.000.
Toda la información sobre la respuesta del gobierno a la pandemia y las instrucciones a la población están agrupadas en la web www.covid19.govt.nz
El Gobierno de Nueva Zelanda ha establecido un sistema de alertas por pandemia COVID19 en cuatro niveles, del 1 más suave –normalidad- al 4 –confinamiento-, y según el nivel en que se encuentre cada región del país en cada momento la movilidad y restricciones variará. Se recuerda la obligatoriedad de seguir las instrucciones de las autoridades del país. Puede verse la situación de alerta en el país en la web antes indicada www.covid19.govt.nz.
- El atentado terrorista en Christchurch del 15 de marzo fue un episodio aislado, pero las autoridades locales mantienen todavía el nivel de alerta en "medio" establecido el 17 de abril de 2019 ( https://dpmc.govt.nz/our-programmes/national-security-and-intelligence/national-security/counter-terrorism). Las autoridades mantienen mayor presencia policial en las calles y en ocasiones hay controles adicionales de seguridad en los aeropuertos. Se recomienda atender en todo momento las indicaciones de las autoridades y se insiste en la importancia de inscribirse en el Registro de viajeros y seguir las indicaciones que la Embajada pueda enviar en caso de emergencia a través, prioritariamente, de la cuenta twitter de esta Embajada.
- En gran parte de Nueva Zelanda el riesgo de terremotos es constante y al tratarse de una eventualidad especialmente imprevisible, se recomienda tomar precauciones al respecto (ver “Desastres naturales”).
- Nueva Zelanda mantiene una política muy estricta de control aduanero para proteger su ecosistema. Está absolutamente prohibido el ingreso de frutas, verduras y alimentos frescos, miel, embutidos y productos animales en general. Su incumplimiento es sancionado. Se recomienda leer con atención las normas al respecto y se insta a seguirlas escrupulosamente en todo momento, especialmente en la llegada al país, en el siguiente enlace: https://www.biosecurity.govt.nz/travel-and-recreation/arriving-in-new-zealand/items-to-declare/#details
- La ley de Aduanas (Customs and Excise Act 2018) incluye además la posibilidad de que los servicios de aduana puedan exigir a los viajeros que faciliten las contraseñas de sus ordenadores personales y otros equipos electrónicos, en el caso de que sea necesario para la prevención o persecución de un delito. El negarse a facilitar dicha información puede suponer la imposición de multas de hasta 5.000 dólares neozelandeses. La ley puede consultarse en el siguiente link:
Immigration New Zealand es la institución responsable de la gestión de fronteras, entradas y requisitos para visitar y residir en el país. Se recomienda la lectura de su web www.immigration.govt.nz para mayor información.
Actualmente la frontera está cerrada a los extranjeros salvo para los titulares de visados de residencia y alguna otra categoría. Además se puede pedir una excepción para viajar a Nueva Zelanda por distintas razones, pero la mayoría de las solicitudes son denegadas. Aquellas personas que reciben la autorización para entrar en el país, deberán solicitar antes de viajar uno de los visados especiales que estas autoridades han creado para la actual situación. Tanto la solicitud de la excepción como la solicitud de visado obligan al pago de una tarifa. Para poder entrar en Nueva Zelanda deberán disponer por lo tanto de pasaporte en vigor con una validez superior a los tres meses en la fecha de salida y del correspondiente visado especial.
Debe tener en cuenta que el resto de la información aquí referida sólo será de aplicación una vez se haya abierto la frontera para los viajeros españoles.
Documentación (pasaporte y otros requisitos):
Para visitas turísticas y tránsito, los ciudadanos que viajen con pasaporte español pueden entrar a Nueva Zelanda sin solicitar visado, pero deben: · Tener pasaporte con validez no inferior a un mes en el momento de salir del país, dado que España dispone de Embajada en Nueva Zelanda. Pese a ello, y dado que es necesario hacer transbordo en terceros países para viajar a Nueva Zelanda, se recomienda que se viaje con un pasaporte con una validez superior a tres meses en el momento de salir de Nueva Zelanda;
· Rellenar un formulario de entrada.
· Disponer de una Autorización Electrónica para Viajar (NZeTA). Es necesario disponer de la NZeTA antes de iniciar el viaje. Su tramitación se hará online, con un coste de 12 dólares neozelandeses, o a través de una aplicación telefónica, en cuyo caso el coste es de 9 dólares. Su tramitación suele concluir en un máximo de 72 horas. Si no se dispone de NZeTA no se permitirá embarcar en el barco/crucero o avión con destino a Nueva Zelanda. La NZeTA tendrá una validez de 2 años (ver www.immigartion.govt.nz para más información, donde se avisa de la importancia de realizar el trámite a través de canales autorizados, y preferiblemente la propia Immigration NZ).
· Contar con billete de salida de Nueva Zelanda hacia un país al que tenga permitida la entrada, incluyendo los requisitos para ello (visados en su caso).
· Disponer de dinero suficiente para vivir en Nueva Zelanda el periodo de permanencia (400 dólares neozelandeses por mes si se dispone de alojamiento o 1.000 dólares neozelandeses si no se dispone de alojamiento. Las autoridades en frontera pueden exigir demostrar que se puede acceder a esos fondos una vez en el país)
Reunidos esos requisitos el visitante puede permanecer en el país hasta tres meses. Aviso: si sale del país deberá presentar nuevamente los mismos requisitos para volver a entrar (la NZeTA sigue siendo válida por dos años independientemente del número de entradas). Para visitas turísticas de más de tres meses, es necesario solicitar un visado de visita. Asimismo, es posible extender la permanencia estando en Nueva Zelanda, solicitando dicho visado una vez en el país y dentro de los tres meses de la visita inicial. Para ello, así como para el resto de opciones de visado y residencia en el país, se recomienda consulten la web de Immigration New Zealand. Visados: Como se ha indicado, no se necesita visado previo para visitas turísticas de menos de tres meses ni para tránsitos (la NZeTA no tiene condición legal de visado). Para todo el resto de visitas y estancias, para las que se necesita visado, (por ejemplo visitas por más de tres meses, estudios, trabajo, residencia…) se recomienda visitar la web de Immigration New Zealand, así como contactar con la Embajada de Nueva Zelanda en Madrid: http://www.nzembassy.com/spain Además, la mayoría de las personas que viajen a Nueva Zelanda deberán pagar una tasa turística y de conservación (IVL) que, en el caso de las personas que soliciten la NZeTA, deberán pagarla al mismo tiempo que solicitan ésta. El coste de la IVL es de 35 dólares.
Consecuencias: En caso de no disponer de NZeTA en el momento de ir a embarcar en un avión o barco destino a Nueva Zelanda, no se permitirá el embarque. En caso de que se sobrepase el tiempo de estancia autorizada las autoridades neozelandesas podrán proceder a la deportación de la persona. En caso de que la situación personal cambie y sea necesario extender la estancia más allá del tiempo autorizado, se recomienda contactar con los servicios neozelandeses competentes al menos un mes antes de la fecha de terminación de la estancia autorizada. Si una persona ha sido deportada, el gobierno neozelandés le enviará la factura del coste de deportación, y esa persona no podrá pedir otra visa en los cinco años siguientes a su deportación.
Terrorismo:
Nueva Zelanda se encuentra en estado de alerta medio, por lo que no puede descartarse el riesgo de un atentado.
Desastres naturales:
La actividad sísmica en la zona hace que también haya riesgo de tsunami y de erupciones volcánicas.
Recordamos algunas instrucciones básicas que la Embajada aconseja seguir en situaciones de este tipo:
- Tener preparado un Plan de Emergencia, así como un Kit de emergencia.
- Seguir las orientaciones que brinde en el momento de la emergencia el personal de Protección Civil (Civil Defence) de Nueva Zelanda.
- Avisar a sus familiares en España y a la Embajada en Wellington de su situación tan pronto como sea posible.
Seguridad ciudadana y criminalidad:
La seguridad ciudadana en Nueva Zelanda es alta por todo el país y no hay zonas a evitar ni precauciones especiales a señalar.
Pese a ello, en las zonas más turísticas pueden ocurrir incidentes, siendo los más habituales el robo de objetos de valor del interior de vehículos y caravanas. Se recomienda no dejar objetos de valor como cámaras, relojes, joyas o teléfonos móviles desatendidos en la playa o en vehículos. Se recomienda llevar fotocopias de los documentos de viaje y tarjetas de crédito para poder hacer el reclamo correspondiente en caso de emergencia.
Seguro de viaje:
La asistencia médica para extranjeros no es gratuita.
Por ello, y también por la distancia con España, que hace que el tipo y número de emergencias sea potencialmente mayor y más grave, se recomienda siempre contratar un seguro de viaje con la cobertura lo más amplia posible, que incluya tanto la atención médica como los gastos de repatriación y otras incidencias que puedan suceder.
Teniendo en cuenta que muchos seguros cubren solo una parte reducida de los daños y riesgos y dada la proliferación de deportes de riesgo y aventura en Nueva Zelanda (bungee jumping, rafting, deportes de montaña ...) es muy recomendable contratar seguros que cubran eventuales accidentes que puedan producirse por su práctica.
Las pruebas de detección de COVID19 así como el tratamiento de la enfermedad están cubiertas por la sanidad neozelandesa por tratarse de una emergencia de salud pública.No están incluidos sin embargo las pruebas de detección de COVID19 cuando sean como requisito para viajar o entrar en un tercer país.
Riesgos sanitarios:
Debido a la delgadez de la capa de ozono, existe un grave riesgo de quemaduras y de cáncer de piel por exposiciones al sol. Se recomienda el uso de buenas cremas protectores, sombreros y gafas de sol.
El agua del grifo es potable en todo el país. Es necesario filtrar o hervir el agua antes de tomarla cuando viene de un lago o un rio.
Calidad de la atención médica:
Las condiciones sanitarias en el país son muy buenas, si bien los servicios sanitarios tienen una manera de funcionar muy distinta a la española.
Principales hospitales:
Sanidad exterior de España:
La moneda local es el dólar neozelandés y no se aceptan otras monedas. Existen bancos y cajeros en todas las ciudades y se aceptan las tarjetas de crédito habituales.
Se requiere que montos de efectivo superiores a NZ$10.000 de cualquier divisa sean declarados al ingreso o salida de Nueva Zelanda.
Prefijo país. +64
Prefijo principales ciudades:
Wellington: 04
Auckland: 09
Christchurch y Dunedin: 03
Si se llama desde fuera de Nueva Zelanda o se hace desde un móvil utilizando la fórmula +64, se quita el 0 del prefijo de la ciudad y de los móviles.
Teléfonos autoridades y urgencias:
Emergencias 111 (Policía, bomberos, ambulancia).
Situaciones post emergencia 105. Se trata de un nuevo diferente para informar de situaciones en el que ya no hay emergencia. Las pautas indicadas por estas autoridades para su uso son : si está ocurriendo, llama al 111, si ya ha ocurrido, llama al 105 (denunciar un robo, vandalismo, objetos perdidos). Tienen servicio en español. Para más información:
Life Flight ambulancia aérea +64-4-387-9591
Principales líneas aéreas;
Air New Zealand:
De Nueva Zelanda: 0800 737 000.
De otro país: +64 (0)9 357 3000
Jetstar:
De Nueva Zelanda: 0800 800 995 o +64 (0)9 975 9426
De otro país: +613 9645 5999
Teléfonos Embajada y Consulados:
Embajada y Cancillería
Dirección física:
Level 11 – 50 Manners St
Te Aro
Wellington 6011
Nueva Zelanda
Dirección postal
Embassy of Spain
PO Box 24150
Manners St.
Wellington 6142.
Teléfono: desde el exterior +64 4 802 5665;
desde Nueva Zelanda: 04 802 5665.
Fax: desde el exterior +64 4 801 7701;
desde Nueva Zelanda: 04 801 7701.
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 09:30 a 13:30.
Teléfono móvil de emergencia consular: +64 21 836 725
Página Web:
Desde el siguiente enlace se puede acceder a Google Maps y ver la ubicación de la Embajada en el mapa de Wellington:
Para llegar a la Embajada desde el aeropuerto: Tomar el Airport Flyer, autobús de color naranja, número 91.La parada se encuentra saliendo del aeropuerto, a la derecha y el billete cuesta 12 NZD. Sale cada 20 minutos. Tarda unos 15/20 minutos hasta la esquina de las calles Manners y Willis. Allí está la parada, sobre la misma acera donde se encuentra la Embajada, a 70 metros
Para llegar a la Embajada desde la estación de trenes: Salir de la estación a la derecha, tomar la calle Featherston hacia la izquierda, y caminar hasta su cruce con Lambton Quay. Continuar por ésta una manzana, doblar a la derecha por Willis. Llegar hasta el cruce con Manners y girar a la izquierda. La Embajada se encuentra en la esquina siguiente. También puede llegar con los autobuses 1, 3, 14, 24 y 91 hasta la parada Manners/Cuba, y la Embajada se encuentra a 100 metros en esa misma calle Manners, o con los autobuses 7 o 25 hasta la parada Victoria Street at Dixon Street, la Embajada se encuentra 100m de allí en la esquina de Victoria y Manners.
Consulados Honorarios:
En la isla Norte:
- Consulado honorario de España en Auckland
Sra. Dª. Amelia Pais Rodríguez
106C Gladstone Rd, Parnell, Auckland 1052.
Teléfono: (+64) (0) 21-446-959.
- Consulado honorario de España en Hastings (región de Hawke's Bay)
Mr. John Upton
Teléfono: (+64) 68703313
En la isla Sur:
- Consulado honorario de España en Christchurch (para toda la isla Sur)Consulado honorario de España en Christchurch (para toda la isla Sur)
Sr. D. Javier García
7 Rolleston Avenue, Christchurch 8013
Teléfono: (+64) 33792252
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